El 'defensor del contribuyente' insta a Hacienda a poner fin al "doble rasero" que aplica al ciudadano
Cuando un contribuyente incumple los plazos legales con Hacienda, la Agencia Tributaria es implacable a la hora de exigir responsabilidades. Cuando es ¨¦sta quien se los salta, la normativa no es clara y es poco efectiva. Este "doble rasero" deber¨ªa resolverse en aras de la seguridad jur¨ªdica, la eficacia y el "¨¢nimo" fiscal del contribuyente, seg¨²n se?ala el informe del Consejo para la Defensa del Contribuyente, en el que hace balance de sus tres a?os de funcionamiento. Entre los a?os 1997 y 1999 se han presentado 100 propuestas de mejora sobre otras tantas deficiencias de la Administraci¨®n Tributaria.
El Consejo para la Defensa del Contribuyente se cre¨® en el a?o 1997 con el fin de recoger las quejas de los contribuyentes y buscar soluciones. Su dependencia directa es de la Secretar¨ªa de Estado de Hacienda y la mayor¨ªa de sus miembros son funcionarios p¨²blicos, lo cual marca una diferencia esencial con respecto, por ejemplo, a la figura del Defensor del Pueblo, cuyo nombramiento y control corresponde al Parlamento. En estos tres a?os, el Consejo s¨®lo ha informado p¨²blicamente en una ocasi¨®n -casi en plenas vacaciones de verano- sobre el resultado de sus trabajos en 1997. El contenido cr¨ªtico de sus propuestas ha hecho que desde la Secretar¨ªa de Estado de Hacienda se restringiese la informaci¨®n. Tampoco se ha buscado la ocasi¨®n para que el defensor del contribuyente pudiera acudir al Parlamento para dar cuenta de su gesti¨®n.
Al cierre de la ¨²ltima legislatura, el Consejo, que preside el catedr¨¢tico Javier Lasarte, ha elaborado un informe con 100 propuestas sobre otras tantas deficiencias en el funcionamiento de la Agencia Tributaria, no dado a conocer oficialmente. De ellas, 50 corresponden al a?o 1999, y entre ¨¦stas destacan las siguientes:
- Plazos legales. El Consejo asegura haber recibido reiteradas quejas sobre el incumplimiento por la Administraci¨®n Tributaria de los plazos legales y el "doble rasero" que aplica cuando es el contribuyente quien se los salta. Para los contribuyentes, esto supone la imposibilidad de interponer la correspondiente queja, y para Hacienda puede llevar a la caducidad del procedimiento, se pueden derivar responsabilidades para los funcionarios poco diligentes y le puede llegar a suponer un coste en intereses de demora. "Los plazos est¨¢n para cumplirse", dice el informe, y si no es as¨ª, "debe acarrear una serie de consecuencias". La normativa al respecto "es poco clara" y est¨¢ muy dispersa, lo que conlleva inseguridad jur¨ªdica, a?ade el informe. Adem¨¢s, est¨¢n las consecuencias que "sobre el ¨¢nimo fiscal y la adhesi¨®n al sistema pueden generar regulaciones estrictas sobre el incumplimiento de los plazos por parte de los contribuyentes y otras menos efectivas para id¨¦nticas actitudes por parte de los servicios administrativos".
- Motivaci¨®n de las sanciones. El Consejo ha recibido tambi¨¦n quejas por no estar en algunos casos suficientemente motivadas las sanciones que se imponen por los tribunales econ¨®mico-administrativos dependientes de Hacienda. De esta forma, se lesionan los principios de seguridad jur¨ªdica, la tutela judicial efectiva, la no indefensi¨®n y la garant¨ªa de no arbitrariedad por parte de los poderes p¨²blicos.
- Expedici¨®n de certificados. Cuando un contribuyente necesita un certificado de Hacienda para acreditar que se est¨¢ al corriente del pago de impuestos o justificar un determinado nivel de renta, debe realizar numerosas gestiones y desplazamientos. El Consejo se?ala que se ha aprobado recientemente una norma que agiliza el suministro de datos entre las distintas administraciones, cuando ¨¦stos han de facilitarse de forma peri¨®dica y masiva. Propone que se suscriban convenios para poner en pr¨¢ctica estas directrices.
- Errores de Hacienda. Se han dado casos de contribuyentes a los que Hacienda les hace las declaraciones mediante el programa inform¨¢tico PADRE en las que luego se detectan errores. Hacienda puede llegar a poner sanciones -aunque normalmente se retiran- y exige el pago de intereses de demora. El Consejo entiende que no deben tampoco exigirse intereses de demora y propone que se entregue al contribuyente un justificante de la documentaci¨®n aportada.
- Pensiones por divorcio. El Consejo ha detectado un defecto en las sentencias judiciales por separaci¨®n o divorcio, al no distinguir en algunos casos la parte de la pensi¨®n que se pasa al ex conyuge y la que corresponde al mantenimiento de los hijos comunes. El problema es que s¨®lo la primera se puede desgravar del IRPF y, al se?alarse una cantidad global, el contribuyente no puede justificar ante Hacienda la parte que no tributa. Propone que desde el Poder Judicial se den instrucciones para que las sentencias diferencien bien las dos partidas, y que Hacienda regule mejor el procedimiento.
- Tasas catastrales. Existen numerosas quejas de contribuyentes que necesitan un certificado sobre valores catastrales, cuando solicitan la justicia gratuita ante un pleito. Por ese certificado, Hacienda les cobra una tasa. El Consejo propone que esa informaci¨®n se facilite directamente desde Hacienda a los juzgados y que no se requiera el pago de tasas.
- Embargos. Cuando un contribuyente incumple los plazos legales de pago por una deuda tributaria, se procede al embargo de sus bienes. El Consejo ha recibido numerosas quejas de particulares a quienes los bienes embargados superan con creces la cantidad adeudada. Propone que se tomen medidas para garantizar "la proporcionalidad" y que no se embarguen varios bienes cuando uno pueda ser suficiente.
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