La inspecci¨®n a los clubes se centra en los pagos al exterior y las retenciones
La inspecci¨®n de Hacienda a los clubes de f¨²tbol de Primera Divisi¨®n se centrar¨¢ especialmente en la revisi¨®n de los pagos al exterior, las retenciones practicadas a los jugadores profesionales, el IVA y el impuesto de sociedades, seg¨²n fuentes de varios clubes. En la jornada de ayer terminaron de recibir la citaci¨®n de la inspecci¨®n la totalidad de los clubes, excepto los que no han sido incluidos en el plan, es decir, el Numancia y los tres vascos. El objetivo, entre otros, es comprobar que los clubes aplican adecuadamente la legislaci¨®n sobre derechos de imagen.
Cada uno de los temas de inter¨¦s de la inspecci¨®n, a los que se refiere la citaci¨®n recibida por los clubes, es significativo. Seg¨²n los expertos consultados por este diario, en su conjunto permitir¨¢n a Hacienda tener una idea cabal de la realidad de las entidades, es decir, si existe proporci¨®n entre todas sus partidas: los ingresos declarados, con los gastos reconocidos, especialmente en fichajes, y los impuestos abonados al fisco.As¨ª, en el caso del IVA, el impuesto indirecto que se aplica al conjunto de las compras y ventas de los clubes, se espera poder aproximarse a la realidad de los ingresos en efectivo por las ventas en taquilla, sobre cuya realidad existen serias dudas. Actualmente, existe un sistema de tornos que en teor¨ªa registra autom¨¢ticamente las entradas a los estadios, aunque en ocasiones se han producido denuncias sobre su posible manipulaci¨®n.
El punto referente a los pagos al exterior afecta en especial a las cantidades abonadas a los jugadores fichados en el extranjero o no residentes, un porcentaje elevad¨ªsimo de las plantillas. Es este un punto que ya ha generado mucha pol¨¦mica en relaci¨®n con algunos pagos del Atl¨¦tico de Madrid a la sociedad holandesa Van Doorn. Tanto Hacienda como el administrador judicial del club, Luis Manuel Rub¨ª, sospechan que en operaciones de este tipo pudo inflarse artificialmente el importe del fichaje, permitiendo as¨ª una salida de dinero al exterior superior a la necesaria.
Tambi¨¦n afecta al pago de derechos de marca pose¨ªdos por profesionales de los clubes. Este es el caso, por ejemplo, de los derechos de marca de algunos jugadores del Real Madrid.
Estos contratos, que consideran los nombres de los jugadores marcas comerciales bajo las que se comercializan productos de consumo, permiten justificar pagos a los jugadores en sociedades extranjeras, sin que por lo tanto est¨¦n sometidos a la fiscalidad espa?ola. Seg¨²n los expertos consultados, en este caso el debate con la inspecci¨®n de Hacienda ser¨¢ si realmente existen esos productos con los nombres de los jugadores y se han comercializado.
Derechos de marca
Esta modalidad de contratos floreci¨® especialmente desde que se modific¨® la legislaci¨®n sobre los derechos de imagen, que limit¨® los pagos por este concepto al 15% de los ingresos del jugador procedentes del club.
Sin embargo, explican desde las entidades, las divergencias que puedan surgir con Hacienda por este tema nada tienen que ver con el dinero negro ni con posibles delitos. Es decir, los pagos existen, han sido declarados a Hacienda y s¨®lo podr¨ªa existir una diferencia de interpretaci¨®n sobre la normativa.
En el caso del otro gran club, el Bar?a, que tambi¨¦n adapt¨® su sistema al nuevo esquema legal. El club lleg¨® incluso a formular una consulta a la Agencia Tributaria para conocer su opini¨®n sobre el nuevo modelo utilizado, consistente en que algunas entidades, por ejemplo TV-3, paguen directamente a los jugadores, sin pasar por el club, parte de sus derechos de imagen.
Fuentes de la Liga de F¨²tbol manifestaron ayer su malestar por el hecho de que consultas como esta no se hayan contestado a¨²n y, sin embargo, ya se haya puesto en marcha la inspecci¨®n a los clubes.
Al igual que en el caso anterior, y a diferencia de lo que se sospecha pudo suceder en el Atl¨¦tico de Madrid, estas operaciones han sido declaradas por todos los part¨ªcipes y son conocidas por Hacienda.
En la anterior inspecci¨®n de hace cuatro a?os, centrada casi exclusivamente en los derechos de imagen, la discusi¨®n se centr¨® sobre la correcci¨®n del mecanismo de pago, pero Hacienda no sancion¨® a los clubes. Las actas presentadas en aquel momento por Hacienda est¨¢n recurridas en los tribunales, primero en el Econ¨®mico Administrativo y despu¨¦s en los ordinarios.
A pesar de la inquietud con que reaccionaron la mayor¨ªa de las entidades al recibir la citaci¨®n, varios de los clubes m¨¢s importantes, concretamente los inspeccionados hace cuatro a?os, tambi¨¦n se mostraron satisfechos por el tiempo transcurrido entre una y otra inspecci¨®n.
Este lapso ha permitido que hayan prescrito sin ser comprobados por la inspecci¨®n, todos los ejercicios anteriores a 1996. La nueva inspecci¨®n comienza precisamente en el a?o 1996, primero desde el que no han transcurridos cuatro a?os, periodo l¨ªmite fijado para la prescripci¨®n y abarca hasta junio de 1999, seg¨²n figura en las citaciones recibidas por los clubes de f¨²tbol.
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