La fiscal rechaza la prescripci¨®n penal del incendio de la sierra de Rinc¨®n
El ministerio fiscal recurri¨® el pasado 30 de marzo un auto del Juzgado de lo Penal de Guadalajara que declaraba prescrita la posible responsabilidad penal de nueve personas -incluidos los jefes de extinci¨®n de incendios de Madrid y Castilla-La Mancha- que intervinieron en el incendio forestal que se declar¨® en la sierra del Rinc¨®n en 1992, cadena monta?osa entre ambas comunidades. En este siniestro murieron asfixiados cinco trabajadores de la Agencia de Medio Ambiente que acudieron a sofocar las llamas. Pero el juez consider¨® en su auto que, o bien no se respetaron las garant¨ªas procesales de los nueve acusados o bien se les tom¨® declaraci¨®n como imputados cuando los presuntos delitos ya hab¨ªan prescrito. Adem¨¢s, a pesar de que los delitos prescriben a los tres a?os, seg¨²n el C¨®digo Penal, a algunos acusados se les tom¨® declaraci¨®n en 1997, cuando ya hab¨ªan trascurrido cinco a?os del siniestro.Pero la fiscal jefe de Guadalajara, Mar¨ªa Angeles Garc¨ªa, no comparte estos argumentos. En su escrito explica que en el incendio se produjeron cinco muertes y un grave da?o para el ecosistema, lo que constituye un "grave descuido de los t¨¦cnicos cuya misi¨®n era la protecci¨®n del medio ambiente, la defender el monte, y que ten¨ªan a su cargo la vida y seguridad de los trabajadores". A?ade que "es irrelevante que los perjudicados [los familiares de los fallecidos] se aparten de la acci¨®n penal por hartazgo, cansancio o desconfianza de la justicia". La fiscal¨ªa califica en su recurso de "inconcebible" que el juez d¨¦ por prescrita la causa, entre otros motivos, porque los familiares se hayan retirado del proceso, ya que las compa?¨ªas aseguradoras pagaron las indemnizaciones, lo que demuestra que, "acaso, no tengan tan clara la no responsabilidad penal de sus asegurados".
Audiencia
La fiscal rechaza igualmente el argumento de que las responsabilidades penales hayan prescrito porque "esta prescripci¨®n no ha sido acordada de oficio ni por el instructor, ni por la Audiencia, ni por el fiscal, ni por las defensas, sin que quepa pensar que nadie hasta el inicio del juicio oral se haya percatado de su existencia". De hecho, seg¨²n la acusaci¨®n p¨²blica, a excepci¨®n de uno de los acusados, "a nadie se le hab¨ªa ocurrido alegar, ni tan siquiera apuntar, que el hecho estaba prescrito". La fiscal recuerda que la doctrina jurisprudencial se?ala expl¨ªcitamente que para que una causa no prescriba basta con que en "el proceso aparezcan ya los datos por los que se implica a una persona en una actuaci¨®n" y a?ade que es suficiente "la declaraci¨®n de un imputado negando su participaci¨®n en unos hechos" para que el proceso no se interrumpa. Y esta doctrina, dice la acusaci¨®n p¨²blica, "no puede ni debe ser desconocida por los ¨®rganos jurisdiccionales inferiores en grado, entre otras razones, porque quebrar¨ªa el principio de igualdad ante la ley penal si esta doctrina sentada para toda Espa?a tuviera excepciones en nuestra provincia [Guadalajara]".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.