La nueva ley de extranjer¨ªa eleva a cinco a?os el plazo para lograr la residencia permanente
![Patricia Ortega Dolz](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2Fa33dfeb6-4026-4031-a4a6-7d2d5d5e7732.png?auth=3021d96c3c521439c6dab41a89dbc6ab0069d6810cb6ad96f2259133dd6ae86e&width=100&height=100&smart=true)
La insistencia del Gobierno en reformar cuanto antes la Ley de Extranjer¨ªa, aprobada por mayor¨ªa en el Congreso de los Diputados el pasado mes de diciembre, se materializ¨® ayer cuando el Ministerio del Interior entreg¨® a los partidos pol¨ªticos el borrador con las modificaciones concretas que pretende introducir. La denegaci¨®n de visado ya no tendr¨¢ que ser ni expresa ni motivada, salvo en caso de reagrupamiento familiar o para trabajo por cuenta ajena; la concesi¨®n del permiso permanente de residencia se condiciona a la acreditaci¨®n de cinco a?os de permanencia en Espa?a, frente a los dos a?os que contempla la ley actual; ser¨¢ causa de expulsi¨®n el hecho de encontrarse en Espa?a sin autorizaci¨®n; se suprime la asistencia letrada en frontera... De los 63 art¨ªculos que tiene la ley, el Gobierno propone modificaciones en 56. Una situaci¨®n similar a la del final de la pasada legislatura.
El Gobierno pretende, pr¨¢cticamente, y tal como ya hab¨ªa dejado ver en la anterior legislatura, darle la vuelta a la ley. Y adem¨¢s pone una fecha: el 30 de junio el Consejo de Ministros aprobar¨¢ la remisi¨®n a las Cortes del proyecto de ley. El texto propone la expulsi¨®n inmediata, contra la que cabr¨ªa la presentaci¨®n de alegaciones en el plazo de las 48 horas siguientes, de quienes no tengan o tengan caducada m¨¢s de tres meses la pr¨®rroga de estancia o no dispongan de autorizaci¨®n de residencia y no hayan solicitado en el plazo reglamentario la renovaci¨®n de sus documentos. Si se decretase la expulsi¨®n por un procedimiento no de urgencia, se materializar¨ªa en un periodo no superior a 72 horas.Si la expulsi¨®n no pudiera ejecutarse en este plazo, podr¨¢ solicitarse el internamiento en un centro por no m¨¢s de 40 d¨ªas.
La reforma tambi¨¦n recoge que la Administraci¨®n podr¨¢ conceder el permiso temporal de residencia a los extranjeros que en su momento hubieran obtenido tal permiso y no lo hubieran podido renovar, as¨ª como el permiso de residencia permanente a aquellos que acrediten una estancia en territoriao espa?ol durante un periodo m¨ªnimo de cinco a?os, mientras que la actual ley sit¨²a ese periodo en dos a?os.
La media europea en los a?os necesarios para que un extranjero obtenga la residencia permanente se encuentra entre cinco y diez a?os. Cinco a?os es lo establecido en Alemania y en Italia y 10 en Francia, aunque con matices.
"Vamos a marcar muy claramente en el reglamento las condiciones en las cuales han tenido que estar de forma initerrumpida los extranjeros que quieran ser residentes", afirm¨® ayer en Tele 5 el delegado del Gobierno para la inmigraci¨®n, Enrique Fern¨¢ndez Miranda, y a?adi¨®: "Eso supone poner orden y dotar al Estado de los instrumentos necesarios para controlar la inmigraci¨®n".
Orden y control. ?sas son las premisas de las que parte este anunciado borrador, que insiste en imponer una mayor vigilancia en las fronteras para erradicar las mafias y aumentar las sanciones de aquellos que trafican con personas. En este mismo sentido, el apartado relativo al r¨¦gimen jur¨ªdico de los extranjeros propone como objetivo "establecer un r¨¦gimen de situaciones y permisos que incentiven a los extranjeros a entrar y residir en nuestro pa¨ªs dentro del marco de la regularidad, frente a la entrada y estancia irregular".
Adem¨¢s, entre los requisistos para la entrada, junto al pasaporte y la acreditaci¨®n de medios de vida suficientes para el tiempo que se pretenda permanecer en territorio espa?ol, el extranjero deber¨¢ presentar "documentos que justifiquen el objeto y condiciones de estancia".
Tambi¨¦n en lo relativo la estancia se limitan las pr¨®rrogas del periodo inicial m¨¢ximo de 90 d¨ªas, de forma que en ning¨²n caso ser¨¢ superior el aplazamiento a tres meses en un periodo de seis. Para la residencia de car¨¢cter temporal se incorpora un permiso cuando concurran razones humanitarias.
En lo que se refiere a los derechos sociales, el borrador garantiza el derecho a la educaci¨®n para los menores de 18 a?os -aunque limita a los extranjeros en situaci¨®n de regularidad el acceso a las ense?anzas superiores-, asi como el derecho a la sanidad p¨²blica, al trabajo y a la seguridad social, tal y como est¨¢ estabecido en la normativa vigente. Los inmigrantes en situaci¨®n regular podr¨¢n disfrutar de los mismos derechos que los espa?oles, aunque no en igualdad de condiciones.
En relaci¨®n a la asistencia letrada, queda suprimida en las fronteras, mientras que la actual ley preve¨ªa esta asistencia con el fin de orientar a los inmigrantes en caso de deneg¨¢rseles la entrada.
Fern¨¢ndez Miranda hizo una significativa distinci¨®n entre los derechos fundamentales "que existen sea cual sea la situaci¨®n de cada una de las personas" y los derechos "que podemos llamar de tipo social, a los que tienen derecho s¨®lo los inmigrantes residentes".
Para los extranjeros residentes, y con objeto de facilitar su integraci¨®n social, se regulan los derechos a la intimidad familiar y al reagrupamiento -el inmigrante podr¨¢ traer a su c¨®nyuge, hijos y padres si dependen de ¨¦l econ¨®mica-mente-. Esto supone una limitaci¨®n en el derecho de reagrupamiento con respecto a la actual ley, ya que se excluyen los supuestos de cualquier otro familiar sobre el que se justifique la entrada por razones humanitarias. Adem¨¢s se les conceden los derechos a la tutela judicial efectiva, a la asistencia jur¨ªdica gratu¨ªta y al recurso contra los actos administrativos.
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