Condenada la sanidad gallega por la muerte de una mujer por falta de medios
Los m¨¦dicos diagnosticaron tarde una peritonitis a una embarazada
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha condenado al Servicio Galego de Sa¨²de (Sergas) a indemnizar con 21 millones a la familia de una mujer que muri¨® en el hospital Materno Infantil de A Coru?a por no hab¨¦rsele diagnosticado a tiempo una peritonitis. El fallo admite el argumento de la defensa de que no hubo negligencia, sino falta de medios, pero afirma que los pacientes "no tienen por qu¨¦ soportar la falta de medios de la administraci¨®n sanitaria".
J. B. M. ten¨ªa 28 a?os en noviembre de 1992 cuando ingres¨®, embarazada y aquejada de v¨®mitos y fuertes dolores de est¨®mago, en el hospital Materno Infantil de A Coru?a. Los m¨¦dicos, tras examinarla, le recetaron anti¨¢cidos y la enviaron a su domicilio, pero como los dolores no remit¨ªan, la paciente volvi¨® al centro hospitalario dos d¨ªas despu¨¦s.En esta ocasi¨®n, los servicios de ginecolog¨ªa comprobaron que el embarazo se desarrollaba normalmente, pero decidieron ingresarla y solicitar una revisi¨®n a los especialistas de aparato digestivo. Durante cuatro d¨ªas y pese a los calmantes, los s¨ªntomas epig¨¢stricos de J. B. M. se mantuvieron e incluso se incrementaron, mientras los an¨¢lisis ginecol¨®gicos segu¨ªan sin mostrar anormalidad alguna, aunque una ecograf¨ªa revel¨® alteraciones intestinales.
Un d¨ªa despu¨¦s, los ginec¨®logos apreciaron una contractura en el ¨²tero y decidieron practicarle una ces¨¢rea. En la operaci¨®n, los m¨¦dicos descubrieron una perforaci¨®n intestinal y una peritonitis y decidieron internarla en la UCI. Sin embargo, una infecci¨®n generalizada provoc¨® su fallecimiento y el del feto 20 d¨ªas despu¨¦s.
Dos a?os m¨¢s tarde, el esposo y la hija de la mujer se decidieron a presentar denuncia, solicitando una indemnizaci¨®n de 75 millones de pesetas. Ahora, el Tribunal Superior ha dictaminado que los servicios m¨¦dicos atendieron correctamente a J. B. M. en su primera visita, pero despu¨¦s no pusieron todos los medios a su alcance para preservar la salud de la paciente. En concreto, los magistrados dan por probada la falta de atenci¨®n del servicio de aparato digestivo, que no lleg¨® a examinarla desde su ingreso, pese a la solicitud realizada por el servicio de ginecolog¨ªa. Por ello, condenan a la administraci¨®n sanitaria al pago de 21 millones de pesetas m¨¢s los intereses devengados desde 1994, a?o en que se realiz¨® la reclamaci¨®n.
La sentencia rechaza el argumento de los letrados del Sergas, que admit¨ªan la tardanza en el diagn¨®stico como causa de la muerte, pero la atribu¨ªan a la falta de medios y no a la negligencia. Aun admitiendo ese razonamiento, el tribunal establece que el administrado no tiene por qu¨¦ ser v¨ªctima de esas carencias. Igualmente, se desestim¨® una reclamaci¨®n de la Consejer¨ªa de Sanidad hacia el Sergas, basada en que este servicio es un organismo aut¨®nomo. El tribunal considera que las complejidades de la organizaci¨®n administrativa sanitaria no pueden incidir negativamente en la atenci¨®n a los pacientes.
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