Aviso a mafiosos
Los Gobiernos de Espa?a e Italia han hecho lo ¨²nico que estaba en sus manos para resolver el contencioso de los mafiosos italianos refugiados en suelo espa?ol: crear un espacio judicial y policial com¨²n que supere los condicionantes del proceso cl¨¢sico de extradici¨®n y otorgue validez a las resoluciones judiciales y policiales en ambos pa¨ªses. Excluida la v¨ªa r¨¢pida de actuar en el ¨¢mbito de ejecuci¨®n de las resoluciones judiciales referidas a mafiosos, por el riesgo evidente de interferir en la independencia de los jueces, s¨®lo quedaba la opci¨®n a medio plazo de las reformas de los ordenamientos jur¨ªdicos. Resultaba escandaloso y de dif¨ªcil jutificaci¨®n desde los postulados b¨¢sicos de dos Estados democr¨¢ticos, con sistemas jur¨ªdicos homologables, que varios cientos de delincuentes juzgados y condenados en rebeld¨ªa en uno de ellos pudieran encontrar refugio en el otro.De momento, las cosas siguen como est¨¢n. Pero los numerosos mafiosos refugiados en Espa?a, la mayor¨ªa de ellos ocultos bajo una doble identidad, quedan avisados. El respiro que se les da no deber¨ªa durar m¨¢s tiempo que el necesario para que los Parlamentos de Espa?a e Italia ratifiquen el acuerdo firmado el jueves por los ministros de Justicia de ambos pa¨ªses y acometan las reformas legislativas derivadas del mismo.
El problema creado deriva de la doctrina del Tribunal Constitucional opuesta a conceder la extradici¨®n a Italia de nacionales de ese pa¨ªs juzgados y condenados en rebeld¨ªa mientras se hallaban en Espa?a, si no se les asegura un nuevo juicio o la revisi¨®n del anterior. Y ello porque en Espa?a no es posible la celebraci¨®n de juicios en ausencia del acusado, archiv¨¢ndose las actuaciones mientras no sea conducido ante el tribunal. La Audiencia Nacional, ¨®rgano competente en Espa?a en materia de extradici¨®n, intent¨® obviar ese obst¨¢culo desde la consideraci¨®n de que tales juicios en ausencia no vulneran el derecho de defensa del justiciable y cuentan con el aval de las m¨¢ximas instancias jur¨ªdicas de la Uni¨®n Europea. El Constitucional espa?ol ha hecho valer su posici¨®n contraria como supremo garante de los derechos y garant¨ªas constitucionales.
El paso dado por Espa?a e Italia no es incoherente, sino todo lo contrario, con el proceso de armonizaci¨®n legal, judicial y policial iniciado en el seno de la Uni¨®n Europea. Un proceso lento, dadas las diferentes legislaciones y las distintas evoluciones hist¨®ricas de los Estados miembros, pero congruente con el com¨²n credo democr¨¢tico y el compromiso institucional en defensa de los derechos y libertades fundamentales de las personas. Los Estados de la UE han ido creando a lo largo de estos a?os un espacio cada vez m¨¢s homog¨¦neo en la persecuci¨®n y enjuiciamiento de graves delitos relacionados con el terrorismo y el crimen organizado. Como suced¨ªa hace alg¨²n tiempo con los terroristas de ETA acogidos por algunos pa¨ªses de la UE, resulta aberrante y profundamente contradictorio con los principios democr¨¢ticos que rigen esa comunidad de pa¨ªses que Espa?a ampare a delincuentes juzgados y condenados en Italia conforme a procedimientos plenamente contrastados y homologados en el ¨¢mbito europeo.
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