La Audiencia concede un permiso de cuatro d¨ªas a un recluso que se ha fugado tres veces
La Audiencia de Madrid (¨®rgano superior jer¨¢quico de los tres juzgados de vigilancia de Madrid) ha decidido conceder un permiso de cuatro d¨ªas a un interno de la c¨¢rcel de Navalcarnero sobre quien pesan tres fugas durante permisos anteriores. Los jueces de la Audiencia, en el auto en que otorgan este permiso y que es extrapolable al resto de los 6.000 reclusos que albergan las prisiones madrile?as, se comprometen a dar permisos y a adelantar la libertad condicional a los internos que hayan disfrutado de alguno anterior y se hayan portado bien en sus permisos.
Riesgo
El tribunal deja en manos de los presos madrile?os la posibilidad de acceder a los permisos ordinarios que prev¨¦ la ley y se compromete a no negar ninguno de los solicitados por los internos si el comportamiento de ¨¦stos en la calle ha sido el adecuado. Al recluso Miguel ?ngel F. H., interno de la prisi¨®n de Navalcarnero y sobre quien pesan tres fugas de la c¨¢rcel durante permisos, el tribunal le ha dado ahora el permiso en contra del criterio de la prisi¨®n y del Juzgado de Vigilancia n¨²mero 2. En el auto, ponencia del magistrado Arturo Beltr¨¢n, los jueces de la Secci¨®n Quinta advierten al preso de que "depende en buena medida" de ¨¦l -"de usted", subrayan- el que este permiso "pueda ser el primero de otros muchos".
Sostienen los magistrados que ante la petici¨®n de un permiso por parte de un interno "no se debe transmitir el mensaje de la desconfianza", sino que es preciso enviar el mensaje contrario: "Este permiso", indican en el auto al interno, "puede ser el primero de otros muchos; la progresi¨®n de grado, la libertad [condicional] despu¨¦s, quiz¨¢ pronto (no la libertad del fugado oculto y buscado, sino la libertad aut¨¦ntica del que nada teme)".
Los jueces se basan en que que "la evoluci¨®n" carcelaria de Miguel ?ngel F. H. "parece ir a mejor". Ya ha aceptado, se?alan, "integrarse en el programa de metadona de su prisi¨®n, despu¨¦s de haber sido expulsado dos veces de otros programas antidroga".
El tribunal destaca que el gran inconveniente para dar un permiso a Miguel ?ngel -y que probablemente ha sido la causa esgrimida por la prisi¨®n en que cumple condena y la juez de vigilancia para deneg¨¢rselo- "son sus tres quebrantamientos de condena anteriores".
Ante este inconveniente, los jueces de la Audiencia oponen que se trata de fugas ocurridas hace ya muchos a?os: la primera, en 1985, cuando el preso ten¨ªa 23 a?os; la segunda, cuatro a?os despu¨¦s, cuando contaba 27, y la tercera en 1993, hace siete a?os. El interno fue detenido y desde entonces no ha vuelto a salir de su penitenciar¨ªa y se le han denegado todos los permisos que ha solicitado. "Ahora tiene 38 a?os y es de pensar", aseguran los jueces, "que ha aprendido que los quebrantamientos s¨®lo sirven para endurecer las condiciones de cumplimiento de las penas".
El tribunal afirma que dar un permiso de cuatro d¨ªas a un interno con tres fugas en su historial implica "un riesgo", pero "un riesgo que la ley afronta al considerar los permisos como parte del r¨¦gimen penitenciario". El tribunal ha optado por darle un permiso de s¨®lo cuatro d¨ªas, pero con la condici¨®n de que "el penado sea recogido a la salida de la prisi¨®n por un familiar" y de que el recluso garantice que durante su estancia en libertad proseguir¨¢ "con el programa de sustituci¨®n de la hero¨ªna por metadona".
En otro auto dictado por este mismo tribunal, y que ha permitido al interno Domingo B. G. salir de permiso durante cinco d¨ªas, la Audiencia indica que su labor judicial "es contribuir en la medida de sus posibilidades a la reinserci¨®n de los presos". Si el preso "da pautas de respetar la ley y no delinquir" durante los permisos, el tribunal "mantendr¨¢ su l¨ªnea de sucesivos permisos", no dudar¨¢ en progresarle de grado "y se esforzar¨¢ en que el interno alcance la libertad en las mejores condiciones posibles, y ello no por razones humanitarias o pietistas, sino como compromiso de ejercer sin vacilaciones sus funciones jurisdiccionales".
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