Sombras religiosas
Este mes se cumplen 20 a?os desde la aprobaci¨®n de la Ley de Libertad Religiosa. Si el vigor de una democracia se mide m¨¢s por c¨®mo se trata a las minor¨ªas, Espa?a, en materia de libertad religiosa, no ha alcanzado la plenitud que se propusieron los constituyentes de 1978 y que desarroll¨® la ley aprobada hace dos d¨¦cadas. La perplejidad de los defensores de la laicidad del Estado no s¨®lo afecta a nuestro pa¨ªs. El pr¨®ximo domingo est¨¢ prevista la beatificaci¨®n simult¨¢nea de los pont¨ªfices P¨ªo IX y Juan XXIII. El primero conden¨® como "locura y plaga" toda idea favorable a la libertad de opini¨®n -sosten¨ªa que el error no tiene derechos-; mientras que Juan XXIII abri¨® paso a la proclamaci¨®n doctrinal de la libertad religiosa como pieza fundamental de la dignidad humana.
En Espa?a "ninguna confesi¨®n tendr¨¢ car¨¢cter estatal", proclama el art¨ªculo 16.3 de la Constituci¨®n. Pero esta obligada aconfesionalidad y neutralidad religiosas del Estado est¨¢n bajo sospecha, a juzgar por las decenas de miles de millones de pesetas que recibe cada a?o la Iglesia cat¨®lica a cuenta de los Presupuestos del Estado (m¨¢s de 200.000 millones si se incluyen las subvenciones a los colegios cat¨®licos), frente a las cero pesetas destinadas al resto de las confesiones, 900 en la actualidad, marginadas, tambi¨¦n sin contemplaciones, de otras ventajas estatales. Todo ello ocurre, adem¨¢s, cuando ya se ha superado en casi diez a?os el plazo que los convenios Estado-Iglesia cat¨®lica fijaron para que ¨¦sta se autofinanciase mediante las aportaciones de sus fieles a trav¨¦s del impuesto de la renta de las personas f¨ªsicas (IRPF), en el que apenas el 33% de los contribuyentes pide asignar a esta Iglesia el porcentaje que permite la ley.
Es evidente que el hecho religioso ha sufrido transformaciones mucho m¨¢s profundas que las que reflejan las actuales relaciones del Estado con la Iglesia de Roma. La Constituci¨®n obliga al Gobierno a ser neutral en el hecho religioso y a amparar la pluralidad confesional. Los tratados internacionales que regulan las relaciones con la ¨²nica confesi¨®n mundial que mantiene un estado propio -el Estado Vaticano- no pueden sobreponerse sobre principios constitucionales como el de la libertad religiosa de individuos y comunidades.
El Estado nacionalcat¨®lico que impuso la dictadura franquista, con el apoyo de la jerarqu¨ªa cat¨®lica, lleg¨® a su fin con la Constituci¨®n de 1978, y existe consenso sobre el prudente acierto con que los constituyentes resolvieron la cuesti¨®n religiosa, que tanto afect¨® a la convivencia civil de los espa?oles en el pasado. Ahora son muchos los que desean una radical laicidad del Estado, cuando lo cierto es que queda un enorme camino por recorrer para hacer efectiva su obligada aconfesionalidad. Merecer¨ªa la pena que las fuerzas pol¨ªticas, sobre todo las que se proclaman laicas, dedicaran alg¨²n esfuerzo a reflexionar sobre cuesti¨®n tan sensible, 20 a?os despu¨¦s de la Ley Org¨¢nica de Libertad Religiosa.
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