Los jueces proh¨ªben a la Comunidad recurrir contra particulares por el cobro de impuestos
"Valor jur¨ªdico"
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado tres novedosas sentencias que amenazan una parte de la recaudaci¨®n fiscal del Gobierno madrile?o. Con el voto discrepante de uno de los cinco jueces de la sala, el Tribunal indica que la Comunidad carece de legitimidad para llevar ante los tribunales de justicia los conflictos que mantenga con particulares por tributos cuya gesti¨®n le ha cedido el Estado (impuesto de sucesiones, transmisiones patrimoniales y actos jur¨ªdicos documentados).Los jueces sostienen que, en caso de conflicto, la Comunidad puede apelar al Tribunal Econ¨®mico Administrativo Regional (TEAR, ¨®rgano administrativo de car¨¢cter estatal creado, en las distintas comunidades, para dirimir discrepancias sobre los impuestos cedidos), pero no ir a los jueces de lo contencioso si el fallo del TEAR no le es favorable. La ¨²ltima sentencia en la que se impide al Ejecutivo regional recurrir a los tribunales tiene relaci¨®n con el caso de un contribuyente que valor¨® sus bienes a la hora de enajenarlos por un importe que, seg¨²n la Comunidad, era inferior al real. El Gobierno efectu¨® una valoraci¨®n superior y exigi¨® en impuestos una cantidad m¨¢s alta. El TEAR dio la raz¨®n al particular y ahora el Tribunal Superior ha vetado a la Comunidad la posibilidad de recurrir ese fallo.
El tribunal admite que su fallo puede da?ar las arcas de la Comunidad
Seg¨²n el Tribunal Superior, llevar a un particular a los tribunales tras un fallo desfavorable del TEAR supone marearlo. "El particular contribuyente no puede verse sometido a un recurso contencioso administrativo, como demandado, cuando ya ha obtenido una resoluci¨®n favorable de la Administraci¨®n, porque exista otra Administraci¨®n [la auton¨®mica] que no comparta el criterio de la resoluci¨®n de la primera".La creaci¨®n de los TEAR, recuerdan los magistrados, se hizo para evitar que los ciudadanos tuvieran que "someterse a procesos ante los tribunales de justicia". "De otro modo", a?ade el Tribunal Superior, "carecer¨ªa de sentido la obligatoriedad de acudir a la reclamaci¨®n econ¨®mico-administrativa". Las resoluciones del TEAR "tienen jur¨ªdicamente una relevancia superior a las de cualquier acuerdo administrativo".
Uno de los jueces ha emitido un voto particular discrepante con el de sus compa?eros de sala. Entiende este magistrado que la Comunidad s¨ª esta legitimada para "combatir jur¨ªdicamente unos actos que le pueden producir un indudable perjuicio econ¨®mico cuando de ellos se deriva la imposibilidad de obtener un determimado rendimiento econ¨®mico".
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