S¨ª, con reservas
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) no se opone a las reformas legales propuestas por el Gobierno para combatir la violencia terrorista, pero plantea reparos jur¨ªdicos a algunas de ellas, especialmente al tratamiento penal de los menores. Verificar el "control de legalidad" de las normas que ata?en a derechos y garant¨ªas es una de las funciones del Consejo, y es bueno que la ejerza para evitar el riesgo de eventuales conflictos de constitucionalidad.Nadie puede cuestionar la legitimidad del Estado de derecho para adecuar su respuesta punitiva a las nuevas formas de actuaci¨®n terrorista. Pero esa respuesta, para que sea legalmente eficaz, debe ajustarse estrictamente al hecho delictivo y ser proporcional. Desde estos criterios jur¨ªdicos b¨¢sicos, el Poder Judicial apoya las reformas del C¨®digo Penal que tipifican mejor determinadas conductas relacionadas con la llamada lucha callejera o kale borroka a fin de evitar que sus protagonistas utilicen los actuales resquicios de la ley para quedar impunes; las que refuerzan la protecci¨®n penal de los cargos municipales o crean un tipo penal espec¨ªfico contra quienes humillan o menosprecian a las v¨ªctimas del terrorismo o a sus familiares. Este cap¨ªtulo incluye la ampliaci¨®n del tiempo de inhabilitaci¨®n para acceder a cargos p¨²blicos de los condenados por delitos terroristas.
Los reparos del CGPJ se centran en la nueva formulaci¨®n que el Gobierno pretende dar al delito de apolog¨ªa del terrorismo para facilitar su aplicaci¨®n legal y, sobre todo, en el tratamiento penal de los menores de 18 a?os implicados en las acciones de lucha callejera. Esta ¨²ltima reforma supone modificar sustancialmente la nueva Ley de Responsabilidad Penal del Menor antes de que entre en vigor, el 13 de enero de 2001. Es comprensible que el CGPJ exponga sus reservas a una reforma que sustrae todo un bloque de delitos del r¨¦gimen penal y procesal espec¨ªficamente concebido para j¨®venes y adolescentes. Aun as¨ª, el Consejo admite que la Audiencia Nacional juzgue a los menores de 16 a 18 a?os implicados en ese tipo de delitos y que se doblen las medidas m¨¢ximas de internamiento -de cinco a 10 a?os-, pero rechaza que se ampl¨ªen estas medidas a los menores de 14 y 15 a?os.
En cuanto a la apolog¨ªa del terrorismo, el Gobierno no hace sino rescatar la tipificaci¨®n contemplada en el anterior C¨®digo Penal, que consideraba delictiva la mera manifestaci¨®n p¨²blica de elogio o de exaltaci¨®n de actos terroristas, al margen de que incitara o no al crimen, como exige el actual. Pero el Tribunal Constitucional ya se?al¨® la dificultad de armonizar esta tipificaci¨®n de la apolog¨ªa del terrorismo con el derecho constitucional a la libertad de expresi¨®n. El CGPJ advierte al Gobierno sobre los problemas que plantea este delito -como todos los t¨¦cnicamente denominados de riesgo abstracto- en su aplicaci¨®n legal. Ser¨ªa frustrante que se creara un delito que luego los jueces no puedan perseguir. Las medidas legales propuestas por el Gobierno, perfeccionadas jur¨ªdicamente como propone el Consejo, pueden ayudar a poner fin a la sensaci¨®n de impunidad que favorece la reproducci¨®n generacional del terrorismo en la escuela de la violencia callejera. Pero de poco servir¨¢n si no existe una actuaci¨®n policial y penal con voluntad de hacerlas cumplir.
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