La Ley del Menor da un salto al vac¨ªo Jueces y fiscales temen que la falta de medios haga inaplicables las sentencias
Jueces y fiscales temen que la falta de medios haga inaplicables las sentencias
La falta de medios humanos, materiales e inmuebles para aplicar todos los supuestos de la nueva Ley del Menor el pr¨®ximo d¨ªa 13 de enero puede provocar situaciones procesales inesperadas. En la memoria de todos hay casos de delincuentes juveniles como el del parricida de Murcia, conocido como el asesino de la catana, que con una espada japonesa acab¨® con la vida de sus padres y su hermana mientras dorm¨ªan; o las dos adolescentes de C¨¢diz que mataron a una amiga a sangre fr¨ªa. En ambos casos tienen menos de 18 a?os y llevan m¨¢s de seis meses en prisi¨®n preventiva a la espera de juicio. La nueva Ley de Responsabilidad Penal del Menor dice claramente que nadie que cumpla estas condiciones puede seguir en la c¨¢rcel despu¨¦s del d¨ªa 13 de enero, fecha de su entrada en vigor. En 48 horas estar¨¢n en la calle. '?Y d¨®nde los vamos a meter?, ?d¨®nde?', se pregunta el fiscal jefe de Sevilla, Alfredo Flores.
Son s¨®lo dos de los 90 j¨®venes que deben salir de la c¨¢rcel inmediatamente despu¨¦s de esa fecha. La mayor¨ªa pasar¨¢, seg¨²n la nueva Ley del Menor, a los llamados centros educativos, versi¨®n moderna de lo que todo el mundo conoce como reformatorios, para su internamiento en r¨¦gimen cerrado. Pero el n¨²mero exacto saldr¨¢ de sumar a estos los j¨®venes de entre 18 y 21 a?os que ingresaron antes de la mayor¨ªa de edad (cuyos casos hay que revisar por favorecerles la nueva ley), y ¨¦sos podr¨ªan ser unos 700 m¨¢s, seg¨²n una estimaci¨®n del PSOE, a trav¨¦s de su secretario de Libertades P¨²blicas y Desarrollo, Juan Fernando L¨®pez Aguilar. A su vez, a la cifra total hay que restar los que tienen condenas de menos de dos a?os, los que les quedan menos de dos a?os para salir y los que llevan m¨¢s de seis meses en prisi¨®n preventiva. ?stos saldr¨¢n en libertad como los casos citados, y la cifra exacta no se sabr¨¢ hasta que no se revisen uno a uno todos los expedientes.
La nueva ley surgi¨® con una voluntad de intervenir en la delincuencia juvenil de una manera educativa, rechazando expresamente los medios del sistema penal de adultos, para evitar el efecto nocivo que el sistema penal tiene sobre ellos. Las sanciones, formalmente, siguen siendo penales, pero con una voluntad 'sancionadora-educativa' para sacar al menor del c¨ªrculo vicioso de la delincuencia. Para ello, se eleva la edad penal de 16 a 18 a?os, y prev¨¦ numerosas medidas alternativas al internamiento, reservado a los casos m¨¢s graves.
Pero la realidad puede hacer que el juez se vea incapaz de adoptar las medidas necesarias para casos concretos, tanto de internamiento, en cualquiera de los cuatro reg¨ªmenes previstos, como de libertad. El juez va a tomar la medida en el vac¨ªo, es decir, podr¨ªa determinar una reclusi¨®n para un penado y verse en la obligaci¨®n de suspender la condena y, por tanto, dejarlo en libertad por la falta de sitio en los centros.
As¨ª lo reconoce Jos¨¦ Mar¨ªa Fern¨¢ndez, portavoz de Jueces para la Democracia: 'Si el caso exige una medida de internamiento, cerrado o abierto, y no existen los medios reales para que se pueda cumplir, puede ocurrir que el delincuente quede en libertad vigilada; y si adem¨¢s no hay nadie para vigilar, es como si se quedara en nada'. Fern¨¢ndez apunta tambi¨¦n otra posibilidad, que ser¨ªa 'internarlo en un centro de adultos, pero siempre que se acondicionara seg¨²n la nueva ley y garantizando la ausencia de contacto con el r¨¦gimen de los adultos. En cualquiera de los dos casos ser¨ªa una aut¨¦ntica chapuza jur¨ªdica'. Como ¨²ltimo recurso, se le puede trasladar a otra comunidad aut¨®noma, un extremo que se ha dado en casos de atenci¨®n psiqui¨¢trica muy especializada.
Las 'chapuzas' vendr¨¢n provocadas por una falta de medios que las comunidades aut¨®nomas vienen denunciando hace meses y que, a seis d¨ªas de la entrada en vigor de la ley, est¨¢ muy lejos de verse solucionada en regiones como Andaluc¨ªa, Madrid, Galicia, Canarias o la Comunidad Valenciana, las m¨¢s cr¨ªticas con esta situaci¨®n. La conclusi¨®n es que 'la aplicaci¨®n de la Ley del Menor a partir del s¨¢bado que viene va a estar totalmente condicionada por la falta de medios materiales, personal especializado y centros adecuados para los supuestos que plantea'.
Seg¨²n Jueces para la Democracia, en algunas comunidades se plantean reconvertir los m¨®dulos de menores de las c¨¢rceles para abrir en ellos el espacio necesario para aplicar los internamientos. Este supuesto s¨®lo se da para los delitos m¨¢s graves (violaci¨®n, homicidio, robo con violencia). La urgencia har¨¢ que se busquen alternativas para no crear alarma social. Es m¨¢s, se apunta a que, en una situaci¨®n de verdadera emergencia, antes de dejarlos en libertad, jueces y fiscales estar¨ªan dispuestos a revisar expedientes menos graves para hacer sitio en los centros de internamiento, ya que si no quedar¨ªan en libertad con total seguridad, pues el abogado debe recurrir inmediatamente al estar privado su defendido de libertad de forma ilegal.
El supuesto m¨¢s grave es el de internamiento terap¨¦utico, el recomendado para menores con necesidades m¨¦dicas por drogodependencia o cuadros psiqui¨¢tricos graves. En este punto, abogados y fiscales coinciden en la necesidad de aclarar cuanto antes qu¨¦ se va a hacer con ellos, y apuntan posibilidades inquietantes. Para los toxic¨®manos, llevarlos a los centros de atenci¨®n diurna, con lo que la carga diaria vuelve a sus familias, si las tienen. Para los casos psiqui¨¢tricos 'sencillamente no hay nada'. En comunidades como Andaluc¨ªa, Madrid, Canarias o Galicia, las ¨²nicas medidas que se pueden aplicar completamente son la amonestaci¨®n y la retirada del permiso de conducir.
La falta de medios humanos, materiales e inmuebles para aplicar todos los supuestos de la nueva Ley del Menor el pr¨®ximo d¨ªa 13 de enero puede provocar situaciones procesales inesperadas. En la memoria de todos hay casos de delincuentes juveniles como el del parricida de Murcia, conocido como el asesino de la catana, que con una espada japonesa acab¨® con la vida de sus padres y su hermana mientras dorm¨ªan; o las dos adolescentes de C¨¢diz que mataron a una amiga a sangre fr¨ªa. En ambos casos tienen menos de 18 a?os y llevan m¨¢s de seis meses en prisi¨®n preventiva a la espera de juicio. La nueva Ley de Responsabilidad Penal del Menor dice claramente que nadie que cumpla estas condiciones puede seguir en la c¨¢rcel despu¨¦s del d¨ªa 13 de enero, fecha de su entrada en vigor. En 48 horas estar¨¢n en la calle. '?Y d¨®nde los vamos a meter?, ?d¨®nde?', se pregunta el fiscal jefe de Sevilla, Alfredo Flores.
Son s¨®lo dos de los 90 j¨®venes que deben salir de la c¨¢rcel inmediatamente despu¨¦s de esa fecha. La mayor¨ªa pasar¨¢, seg¨²n la nueva Ley del Menor, a los llamados centros educativos, versi¨®n moderna de lo que todo el mundo conoce como reformatorios, para su internamiento en r¨¦gimen cerrado. Pero el n¨²mero exacto saldr¨¢ de sumar a estos los j¨®venes de entre 18 y 21 a?os que ingresaron antes de la mayor¨ªa de edad (cuyos casos hay que revisar por favorecerles la nueva ley), y ¨¦sos podr¨ªan ser unos 700 m¨¢s, seg¨²n una estimaci¨®n del PSOE, a trav¨¦s de su secretario de Libertades P¨²blicas y Desarrollo, Juan Fernando L¨®pez Aguilar. A su vez, a la cifra total hay que restar los que tienen condenas de menos de dos a?os, los que les quedan menos de dos a?os para salir y los que llevan m¨¢s de seis meses en prisi¨®n preventiva. ?stos saldr¨¢n en libertad como los casos citados, y la cifra exacta no se sabr¨¢ hasta que no se revisen uno a uno todos los expedientes.
La nueva ley surgi¨® con una voluntad de intervenir en la delincuencia juvenil de una manera educativa, rechazando expresamente los medios del sistema penal de adultos, para evitar el efecto nocivo que el sistema penal tiene sobre ellos. Las sanciones, formalmente, siguen siendo penales, pero con una voluntad 'sancionadora-educativa' para sacar al menor del c¨ªrculo vicioso de la delincuencia. Para ello, se eleva la edad penal de 16 a 18 a?os, y prev¨¦ numerosas medidas alternativas al internamiento, reservado a los casos m¨¢s graves.
Pero la realidad puede hacer que el juez se vea incapaz de adoptar las medidas necesarias para casos concretos, tanto de internamiento, en cualquiera de los cuatro reg¨ªmenes previstos, como de libertad. El juez va a tomar la medida en el vac¨ªo, es decir, podr¨ªa determinar una reclusi¨®n para un penado y verse en la obligaci¨®n de suspender la condena y, por tanto, dejarlo en libertad por la falta de sitio en los centros.
As¨ª lo reconoce Jos¨¦ Mar¨ªa Fern¨¢ndez, portavoz de Jueces para la Democracia: 'Si el caso exige una medida de internamiento, cerrado o abierto, y no existen los medios reales para que se pueda cumplir, puede ocurrir que el delincuente quede en libertad vigilada; y si adem¨¢s no hay nadie para vigilar, es como si se quedara en nada'. Fern¨¢ndez apunta tambi¨¦n otra posibilidad, que ser¨ªa 'internarlo en un centro de adultos, pero siempre que se acondicionara seg¨²n la nueva ley y garantizando la ausencia de contacto con el r¨¦gimen de los adultos. En cualquiera de los dos casos ser¨ªa una aut¨¦ntica chapuza jur¨ªdica'. Como ¨²ltimo recurso, se le puede trasladar a otra comunidad aut¨®noma, un extremo que se ha dado en casos de atenci¨®n psiqui¨¢trica muy especializada.
Las 'chapuzas' vendr¨¢n provocadas por una falta de medios que las comunidades aut¨®nomas vienen denunciando hace meses y que, a seis d¨ªas de la entrada en vigor de la ley, est¨¢ muy lejos de verse solucionada en regiones como Andaluc¨ªa, Madrid, Galicia, Canarias o la Comunidad Valenciana, las m¨¢s cr¨ªticas con esta situaci¨®n. La conclusi¨®n es que 'la aplicaci¨®n de la Ley del Menor a partir del s¨¢bado que viene va a estar totalmente condicionada por la falta de medios materiales, personal especializado y centros adecuados para los supuestos que plantea'.
Seg¨²n Jueces para la Democracia, en algunas comunidades se plantean reconvertir los m¨®dulos de menores de las c¨¢rceles para abrir en ellos el espacio necesario para aplicar los internamientos. Este supuesto s¨®lo se da para los delitos m¨¢s graves (violaci¨®n, homicidio, robo con violencia). La urgencia har¨¢ que se busquen alternativas para no crear alarma social. Es m¨¢s, se apunta a que, en una situaci¨®n de verdadera emergencia, antes de dejarlos en libertad, jueces y fiscales estar¨ªan dispuestos a revisar expedientes menos graves para hacer sitio en los centros de internamiento, ya que si no quedar¨ªan en libertad con total seguridad, pues el abogado debe recurrir inmediatamente al estar privado su defendido de libertad de forma ilegal.
El supuesto m¨¢s grave es el de internamiento terap¨¦utico, el recomendado para menores con necesidades m¨¦dicas por drogodependencia o cuadros psiqui¨¢tricos graves. En este punto, abogados y fiscales coinciden en la necesidad de aclarar cuanto antes qu¨¦ se va a hacer con ellos, y apuntan posibilidades inquietantes. Para los toxic¨®manos, llevarlos a los centros de atenci¨®n diurna, con lo que la carga diaria vuelve a sus familias, si las tienen. Para los casos psiqui¨¢tricos 'sencillamente no hay nada'. En comunidades como Andaluc¨ªa, Madrid, Canarias o Galicia, las ¨²nicas medidas que se pueden aplicar completamente son la amonestaci¨®n y la retirada del permiso de conducir.
La falta de medios humanos, materiales e inmuebles para aplicar todos los supuestos de la nueva Ley del Menor el pr¨®ximo d¨ªa 13 de enero puede provocar situaciones procesales inesperadas. En la memoria de todos hay casos de delincuentes juveniles como el del parricida de Murcia, conocido como el asesino de la catana, que con una espada japonesa acab¨® con la vida de sus padres y su hermana mientras dorm¨ªan; o las dos adolescentes de C¨¢diz que mataron a una amiga a sangre fr¨ªa. En ambos casos tienen menos de 18 a?os y llevan m¨¢s de seis meses en prisi¨®n preventiva a la espera de juicio. La nueva Ley de Responsabilidad Penal del Menor dice claramente que nadie que cumpla estas condiciones puede seguir en la c¨¢rcel despu¨¦s del d¨ªa 13 de enero, fecha de su entrada en vigor. En 48 horas estar¨¢n en la calle. '?Y d¨®nde los vamos a meter?, ?d¨®nde?', se pregunta el fiscal jefe de Sevilla, Alfredo Flores.
Son s¨®lo dos de los 90 j¨®venes que deben salir de la c¨¢rcel inmediatamente despu¨¦s de esa fecha. La mayor¨ªa pasar¨¢, seg¨²n la nueva Ley del Menor, a los llamados centros educativos, versi¨®n moderna de lo que todo el mundo conoce como reformatorios, para su internamiento en r¨¦gimen cerrado. Pero el n¨²mero exacto saldr¨¢ de sumar a estos los j¨®venes de entre 18 y 21 a?os que ingresaron antes de la mayor¨ªa de edad (cuyos casos hay que revisar por favorecerles la nueva ley), y ¨¦sos podr¨ªan ser unos 700 m¨¢s, seg¨²n una estimaci¨®n del PSOE, a trav¨¦s de su secretario de Libertades P¨²blicas y Desarrollo, Juan Fernando L¨®pez Aguilar. A su vez, a la cifra total hay que restar los que tienen condenas de menos de dos a?os, los que les quedan menos de dos a?os para salir y los que llevan m¨¢s de seis meses en prisi¨®n preventiva. ?stos saldr¨¢n en libertad como los casos citados, y la cifra exacta no se sabr¨¢ hasta que no se revisen uno a uno todos los expedientes.
La nueva ley surgi¨® con una voluntad de intervenir en la delincuencia juvenil de una manera educativa, rechazando expresamente los medios del sistema penal de adultos, para evitar el efecto nocivo que el sistema penal tiene sobre ellos. Las sanciones, formalmente, siguen siendo penales, pero con una voluntad 'sancionadora-educativa' para sacar al menor del c¨ªrculo vicioso de la delincuencia. Para ello, se eleva la edad penal de 16 a 18 a?os, y prev¨¦ numerosas medidas alternativas al internamiento, reservado a los casos m¨¢s graves.
Pero la realidad puede hacer que el juez se vea incapaz de adoptar las medidas necesarias para casos concretos, tanto de internamiento, en cualquiera de los cuatro reg¨ªmenes previstos, como de libertad. El juez va a tomar la medida en el vac¨ªo, es decir, podr¨ªa determinar una reclusi¨®n para un penado y verse en la obligaci¨®n de suspender la condena y, por tanto, dejarlo en libertad por la falta de sitio en los centros.
As¨ª lo reconoce Jos¨¦ Mar¨ªa Fern¨¢ndez, portavoz de Jueces para la Democracia: 'Si el caso exige una medida de internamiento, cerrado o abierto, y no existen los medios reales para que se pueda cumplir, puede ocurrir que el delincuente quede en libertad vigilada; y si adem¨¢s no hay nadie para vigilar, es como si se quedara en nada'. Fern¨¢ndez apunta tambi¨¦n otra posibilidad, que ser¨ªa 'internarlo en un centro de adultos, pero siempre que se acondicionara seg¨²n la nueva ley y garantizando la ausencia de contacto con el r¨¦gimen de los adultos. En cualquiera de los dos casos ser¨ªa una aut¨¦ntica chapuza jur¨ªdica'. Como ¨²ltimo recurso, se le puede trasladar a otra comunidad aut¨®noma, un extremo que se ha dado en casos de atenci¨®n psiqui¨¢trica muy especializada.
Las 'chapuzas' vendr¨¢n provocadas por una falta de medios que las comunidades aut¨®nomas vienen denunciando hace meses y que, a seis d¨ªas de la entrada en vigor de la ley, est¨¢ muy lejos de verse solucionada en regiones como Andaluc¨ªa, Madrid, Galicia, Canarias o la Comunidad Valenciana, las m¨¢s cr¨ªticas con esta situaci¨®n. La conclusi¨®n es que 'la aplicaci¨®n de la Ley del Menor a partir del s¨¢bado que viene va a estar totalmente condicionada por la falta de medios materiales, personal especializado y centros adecuados para los supuestos que plantea'.
Seg¨²n Jueces para la Democracia, en algunas comunidades se plantean reconvertir los m¨®dulos de menores de las c¨¢rceles para abrir en ellos el espacio necesario para aplicar los internamientos. Este supuesto s¨®lo se da para los delitos m¨¢s graves (violaci¨®n, homicidio, robo con violencia). La urgencia har¨¢ que se busquen alternativas para no crear alarma social. Es m¨¢s, se apunta a que, en una situaci¨®n de verdadera emergencia, antes de dejarlos en libertad, jueces y fiscales estar¨ªan dispuestos a revisar expedientes menos graves para hacer sitio en los centros de internamiento, ya que si no quedar¨ªan en libertad con total seguridad, pues el abogado debe recurrir inmediatamente al estar privado su defendido de libertad de forma ilegal.
El supuesto m¨¢s grave es el de internamiento terap¨¦utico, el recomendado para menores con necesidades m¨¦dicas por drogodependencia o cuadros psiqui¨¢tricos graves. En este punto, abogados y fiscales coinciden en la necesidad de aclarar cuanto antes qu¨¦ se va a hacer con ellos, y apuntan posibilidades inquietantes. Para los toxic¨®manos, llevarlos a los centros de atenci¨®n diurna, con lo que la carga diaria vuelve a sus familias, si las tienen. Para los casos psiqui¨¢tricos 'sencillamente no hay nada'. En comunidades como Andaluc¨ªa, Madrid, Canarias o Galicia, las ¨²nicas medidas que se pueden aplicar completamente son la amonestaci¨®n y la retirada del permiso de conducir.La falta de medios humanos, materiales e inmuebles para aplicar todos los supuestos de la nueva Ley del Menor el pr¨®ximo d¨ªa 13 de enero puede provocar situaciones procesales inesperadas. En la memoria de todos hay casos de delincuentes juveniles como el del parricida de Murcia, conocido como el asesino de la catana, que con una espada japonesa acab¨® con la vida de sus padres y su hermana mientras dorm¨ªan; o las dos adolescentes de C¨¢diz que mataron a una amiga a sangre fr¨ªa. En ambos casos tienen menos de 18 a?os y llevan m¨¢s de seis meses en prisi¨®n preventiva a la espera de juicio. La nueva Ley de Responsabilidad Penal del Menor dice claramente que nadie que cumpla estas condiciones puede seguir en la c¨¢rcel despu¨¦s del d¨ªa 13 de enero, fecha de su entrada en vigor. En 48 horas estar¨¢n en la calle. '?Y d¨®nde los vamos a meter?, ?d¨®nde?', se pregunta el fiscal jefe de Sevilla, Alfredo Flores.
Son s¨®lo dos de los 90 j¨®venes que deben salir de la c¨¢rcel inmediatamente despu¨¦s de esa fecha. La mayor¨ªa pasar¨¢, seg¨²n la nueva Ley del Menor, a los llamados centros educativos, versi¨®n moderna de lo que todo el mundo conoce como reformatorios, para su internamiento en r¨¦gimen cerrado. Pero el n¨²mero exacto saldr¨¢ de sumar a estos los j¨®venes de entre 18 y 21 a?os que ingresaron antes de la mayor¨ªa de edad (cuyos casos hay que revisar por favorecerles la nueva ley), y ¨¦sos podr¨ªan ser unos 700 m¨¢s, seg¨²n una estimaci¨®n del PSOE, a trav¨¦s de su secretario de Libertades P¨²blicas y Desarrollo, Juan Fernando L¨®pez Aguilar. A su vez, a la cifra total hay que restar los que tienen condenas de menos de dos a?os, los que les quedan menos de dos a?os para salir y los que llevan m¨¢s de seis meses en prisi¨®n preventiva. ?stos saldr¨¢n en libertad como los casos citados, y la cifra exacta no se sabr¨¢ hasta que no se revisen uno a uno todos los expedientes.
La nueva ley surgi¨® con una voluntad de intervenir en la delincuencia juvenil de una manera educativa, rechazando expresamente los medios del sistema penal de adultos, para evitar el efecto nocivo que el sistema penal tiene sobre ellos. Las sanciones, formalmente, siguen siendo penales, pero con una voluntad 'sancionadora-educativa' para sacar al menor del c¨ªrculo vicioso de la delincuencia. Para ello, se eleva la edad penal de 16 a 18 a?os, y prev¨¦ numerosas medidas alternativas al internamiento, reservado a los casos m¨¢s graves.
Pero la realidad puede hacer que el juez se vea incapaz de adoptar las medidas necesarias para casos concretos, tanto de internamiento, en cualquiera de los cuatro reg¨ªmenes previstos, como de libertad. El juez va a tomar la medida en el vac¨ªo, es decir, podr¨ªa determinar una reclusi¨®n para un penado y verse en la obligaci¨®n de suspender la condena y, por tanto, dejarlo en libertad por la falta de sitio en los centros.
As¨ª lo reconoce Jos¨¦ Mar¨ªa Fern¨¢ndez, portavoz de Jueces para la Democracia: 'Si el caso exige una medida de internamiento, cerrado o abierto, y no existen los medios reales para que se pueda cumplir, puede ocurrir que el delincuente quede en libertad vigilada; y si adem¨¢s no hay nadie para vigilar, es como si se quedara en nada'. Fern¨¢ndez apunta tambi¨¦n otra posibilidad, que ser¨ªa 'internarlo en un centro de adultos, pero siempre que se acondicionara seg¨²n la nueva ley y garantizando la ausencia de contacto con el r¨¦gimen de los adultos. En cualquiera de los dos casos ser¨ªa una aut¨¦ntica chapuza jur¨ªdica'. Como ¨²ltimo recurso, se le puede trasladar a otra comunidad aut¨®noma, un extremo que se ha dado en casos de atenci¨®n psiqui¨¢trica muy especializada.
Las 'chapuzas' vendr¨¢n provocadas por una falta de medios que las comunidades aut¨®nomas vienen denunciando hace meses y que, a seis d¨ªas de la entrada en vigor de la ley, est¨¢ muy lejos de verse solucionada en regiones como Andaluc¨ªa, Madrid, Galicia, Canarias o la Comunidad Valenciana, las m¨¢s cr¨ªticas con esta situaci¨®n. La conclusi¨®n es que 'la aplicaci¨®n de la Ley del Menor a partir del s¨¢bado que viene va a estar totalmente condicionada por la falta de medios materiales, personal especializado y centros adecuados para los supuestos que plantea'.
Seg¨²n Jueces para la Democracia, en algunas comunidades se plantean reconvertir los m¨®dulos de menores de las c¨¢rceles para abrir en ellos el espacio necesario para aplicar los internamientos. Este supuesto s¨®lo se da para los delitos m¨¢s graves (violaci¨®n, homicidio, robo con violencia). La urgencia har¨¢ que se busquen alternativas para no crear alarma social. Es m¨¢s, se apunta a que, en una situaci¨®n de verdadera emergencia, antes de dejarlos en libertad, jueces y fiscales estar¨ªan dispuestos a revisar expedientes menos graves para hacer sitio en los centros de internamiento, ya que si no quedar¨ªan en libertad con total seguridad, pues el abogado debe recurrir inmediatamente al estar privado su defendido de libertad de forma ilegal.
El supuesto m¨¢s grave es el de internamiento terap¨¦utico, el recomendado para menores con necesidades m¨¦dicas por drogodependencia o cuadros psiqui¨¢tricos graves. En este punto, abogados y fiscales coinciden en la necesidad de aclarar cuanto antes qu¨¦ se va a hacer con ellos, y apuntan posibilidades inquietantes. Para los toxic¨®manos, llevarlos a los centros de atenci¨®n diurna, con lo que la carga diaria vuelve a sus familias, si las tienen. Para los casos psiqui¨¢tricos 'sencillamente no hay nada'. En comunidades como Andaluc¨ªa, Madrid, Canarias o Galicia, las ¨²nicas medidas que se pueden aplicar completamente son la amonestaci¨®n y la retirada del permiso de conducir.
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