Declarados en rebeld¨ªa durante el a?o 2000 el 47% de los implicados en 66.200 pleitos
El 47% de los 66.200 pleitos civiles registrados el a?o pasado en los juzgados civiles de Madrid se tramit¨® con los demandados en rebeld¨ªa (sin estar ellos personados), seg¨²n datos facilitados por el juez decano de Madrid, Fernando Fern¨¢ndez. Es decir, los jueces les avisaron de que alguien les hab¨ªa demandado, por el motivo que fuese, y ellos, sin embargo, prefirieron no defenderse.
La incomparencia del demandado (la rebeld¨ªa) no paraliza el proceso civil, puesto que el juez sigue tramit¨¢ndolo y lo concluye con la sentencia, pero con la particularidad de que el afectado no ha querido defenderse. Son pleitos civiles, por ejemplo, los desahucios, los impagos de deudas, conflictos sobre herencias, impagos de alquileres, conflictos familiares, atentados contra la intimidad, etc¨¦tera.
?Por qu¨¦ el 47% de los demandados no se defiende en los casos civiles? La econ¨®mica es una de las razones que previsiblemente llevan a los demandados a no comparecer ante el juez y defenderse, seg¨²n fuentes judiciales. 'Si el afectado, encima de que, por ejemplo, debe atender la reclamaci¨®n del pago de una deuda, se ve obligado a pagar a un abogado que lo defienda, su problema crece todav¨ªa m¨¢s', explican. No obstante, estas fuentes creen que la rebeld¨ªa no es la postura l¨®gica, ya que 'no detiene el proceso y el afectado debe enfrentarse m¨¢s tarde a la sentencia sin haberse defendido'.
Precisamente hoy entra en vigor la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, el instrumento que regula todo el proceso civil. La antigua ley -de 1881- obligaba a los usuarios a acudir a un abogado para plantear un pleito. A partir de ahora, no ser¨¢ obligatorio. La nueva normativa incorpora el llamado proceso monitorio, que permite a los ciudadanos presentar demandas directamente -sin necesidad de abogado ni procurador- cuando reclamen deudas inferiores a cinco millones de pesetas y aporten documentos que acrediten ese d¨¦bito. Si el demandado se niega a reconocer su deuda al demandante, se inicia entonces un proceso normal y ambos deben buscar abogado. Pero, si no hay oposici¨®n, el juez debe dictar la oportuna sentencia 20 d¨ªas despu¨¦s. El juez decano ha preparado ya miles de formularios para los usuarios que desde hoy quieran ir a los juzgados para presentar demandas sin acudir a un abogado. El decano de los abogados de Madrid, Luis Mart¨ª Mingarro, ha mostrado reiteradamente su preocupaci¨®n por que se deje en manos de personas legas pleitos judiciales. Opina que los usuarios de la justicia con pocos recursos ser¨¢n los m¨¢s perjudicados.
No todos los abogados creen en la eficacia de la nueva ley. La oficina que registra las demandas civiles de los juzgados de la plaza de Castilla de Madrid, registr¨® el pasado viernes, ¨²ltimo d¨ªa de vigencia de la antigua ley, 2.600 demandas, ocho veces m¨¢s que un d¨ªa normal.
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