La intimidad de los condenados
'Que pueda conocerse lo que es p¨²blico -la sentencia judicial-, o que se conozca lo que legalmente puede conocerse, no es un atentado contra la intimidad del condenado', argumenta la ley Bono contra los maltratadores de mujeres. Buena parte de su exposici¨®n de motivos se destina, precisamente, a desacreditar la tesis de quienes sostienen que publicar las sentencias por malos tratos ser¨ªa ilegal, contraproducente y contrario a la rehabilitaci¨®n de esos delincuentes.
'Garantizar la publicidad de la justicia y el conocimiento de los fallos de las sentencias firmes no persigue a?adir m¨¢s pena a aqu¨¦llas que el juez imponga, sino conseguir que la acci¨®n de la justicia contribuya, como debe, a crear un clima social de rechazo al delito que se combate', dice el proyecto de ley.
Partiendo del principio de que en el ordenamiento jur¨ªdico espa?ol 'no es concebible la justicia secreta' [porque la recta aplicaci¨®n de la ley exige obligatoriamente su publicidad], la ley Bono considera irreprochable la publicaci¨®n de los fallos. 'El Tribunal Constitucional tiene reiteradamente proclamada la prevalencia del derecho a la informaci¨®n [sobre los derechos al honor y a la intimidad], siempre que la noticia que se publica sea veraz y est¨¦ referida a asuntos de relevancia p¨²blica o de inter¨¦s general', a?ade el proyecto antes de desafiar a quienes todav¨ªa sostengan que la violencia dom¨¦stica es 'un vicio privado'.
El Gobierno de Castilla-La Mancha aprovecha la exposici¨®n de motivos para presumir de que en esa regi¨®n hay menos casos de malos tratos a mujeres que la media nacional, antes de enumerar la cantidad de iniciativas en marcha para lograr ese objetivo.
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