La sentencia
La sentencia de la Audiencia Nacional del 7 de noviembre de 2000, notificada a las partes con inexplicable retraso de dos meses y medio, declara contraria a Derecho y anula una resoluci¨®n administrativa del 19 de septiembre de 1996 del Ministerio de Administraciones P¨²blicas, cuyo titular -entonces Rajoy- orden¨® dejar sin efecto el acuerdo Gobierno-sindicatos del 26 de septiembre de 1994 sobre actualizaci¨®n de las retribuciones de todos los funcionarios (civiles y militares) durante los a?os 1995, 1996 y 1997. La actualizaci¨®n, por decisi¨®n unilateral del nuevo Gobierno, fue del 0%, cuando correspond¨ªa el 2,6%. La Audiencia Nacional no ha anulado ninguna ley, como se est¨¢ diciendo maliciosamente desde altas esferas, ni ha invadido competencias del poder legislativo.
El objeto del pleito (retribuciones) es materia de 'personal' y es irrecurrible en casaci¨®n ordinaria ante el Tribunal Supremo porque as¨ª lo impone la Ley de la Jurisdicci¨®n Contenciosa-Administrativa. Y es cuesti¨®n de 'personal', con independencia de la cuant¨ªa, y con independencia de que afecte a uno, cien, mil o dos millones de funcionarios.
La Audiencia Nacional, si la Abogac¨ªa del Estado presenta el recurso ordinario de casaci¨®n en el plazo de 10 d¨ªas, con idea de que el Tribunal Superior la 'case' o anule, decidir¨¢ tenerlo por 'no preparado'. La Abogac¨ªa del Estado, en representaci¨®n del Ministerio de Administraciones P¨²blicas o Gobierno, podr¨¢ formular 'recurso de queja' al Tribunal Superior, y ¨¦ste -con la ley en la mano- tendr¨¢ que rechazarlo.
Cabe, s¨ª, recurso de 'casaci¨®n en inter¨¦s de la ley' que, si se presenta en el plazo de tres meses, deber¨¢ ser tenido por preparado por la Audiencia Nacional y resuelto por el Tribunal Superior si, en su momento, la Abogac¨ªa del Estado lo mantiene y fundamenta. Recurso que podr¨¢ ser desestimado o estimado. En ambos casos, la sentencia de la Audiencia Nacional quedar¨ªa intocable y habr¨ªa de cumplirse. En el caso m¨¢s favorable, el Gobierno s¨®lo conseguir¨ªa que el Tribunal Superior declarase que la sentencia es 'err¨®nea y gravemente da?osa' para los intereses generales, y que no debe seguirse su doctrina. Pero el Gobierno, repetimos, tendr¨¢ que cumplirla y pagar a todos los funcionarios (civiles, militares, de la Seguridad Social, de Justicia, de las Fuerzas de Seguridad y de las dem¨¢s Administraciones P¨²blicas) una cantidad que puede oscilar entre las 200.000 pesetas (grupo E) y las 700.000 pesetas (grupo A).
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