Los pescadores de El Palmar recurren ante el Constitucional
La Comunidad de Pescadores de El Palmar ha presentado un recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia del Tribunal Supremo por la que se obliga a dicha entidad a admitir a cinco mujeres a las que se les deneg¨® la entrada en 1997. Seg¨²n aquella sentencia las mujeres no fueron admitidas 'exclusivamente por el hecho de ser mujeres, aunque se haya tratado de configurar como una cuesti¨®n de formalidades basadas en normas de derecho hereditario'.
En el recurso se argumenta que la sentencia del Tribunal Supremo supone una clara vulneraci¨®n del derecho de asociaci¨®n. Seg¨²n el letrado que representa a la Comunidad, Francisco Dav¨®, 'a ninguna asociaci¨®n de car¨¢cter privado se le puede obligar a admitir a nadie'. Dav¨® reiter¨® que las cinco mujeres que demandaron a la Comunidad 'no fueron admitidas por no cumplir los requisitos exigidos por la entidad y no por su condici¨®n de mujeres'. El abogado adem¨¢s cree, y as¨ª lo expone en el recurso ante el Tribunal Consitucional, que el Tribunal Supremo 'incurri¨® en una incongruencia al contestar con argumentos de tipo laboral un recurso en el que se explicaba que la Comunidad era una entidad claramente asociativa y privada'. Por otra parte, Dav¨® considera que la sentencia viola el derecho de igualdad 'al imponer a la Comunidad cinco asociadas sin tener en cuenta los requisitos de entrada exigidos a cualquier otra persona que solicite su ingreso'.
Ingreso
En el recurso se expone que es incorrecto afirmar, tal y como lo hizo la sentencia del Tribunal Supremo, que el ingreso de las mujeres fue rechazado por motivos de sexo. La Comunidad apoya dicha afirmaci¨®n en que el d¨ªa 2 de julio del a?o pasado, 'se admiti¨® a un total de 29 personas del sexo femenino y a 11 del sexo masculino', eso s¨ª, previo cumplimiento de los requisitos de ingreso. Seg¨²n el recurso, resulta 'aberrante' que 'se pretenda basar la supuesta existencia de discriminaci¨®n por raz¨®n de sexo en normas y costumbres que datan de hace casi siglo y medio, con evidente y palmario desprecio, u olvido' de las actuaciones recientes de la Comunidad como la del 2 de julio de 2000.
Las cinco mujeres iniciaron el pleito en julio de 1997 despu¨¦s que fueran rechazadas por la Comunidad. Las mujeres acudieron entonces al juzgado y en octubre de 1998 un tribunal resolvi¨® que ten¨ªan derecho a formar parte de la Comunidad. La sentencia fue recurrida ante la Audiencia de Valencia, que el 24 de abril de 1999 ratific¨® el derecho de las mujeres a pescar. Tras esta ¨²ltima resoluci¨®n las mujeres pod¨ªan pescar en L'Albufera aunque quedaba pendiente su ingreso en la entidad. La ¨²ltima asamblea de pescadores acept¨® el ingreso de mujeres aunque no de las cinco recurrentes argumentando que no contaban con los avales necesarios. El pasado febrero el Tribunal Supremo oblig¨® de nuevo a la Comunidad a admitir a las mujeres.
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