Los emigrantes con m¨¢s de cinco a?os en la Uni¨®n Europea podr¨¢n trabajar en cualquier pa¨ªs de los Quince
Los emigrantes que pasen cinco a?os en situaci¨®n regular y legal en cualquier pa¨ªs de la UE tendr¨¢n derecho a disfrutar del 'estatuto de residente de larga duraci¨®n' y, a partir de ese momento, podr¨¢n desplazarse a cualquier pa¨ªs de la Uni¨®n con derecho a trabajar, estudiar y residir en ese segundo pa¨ªs europeo. As¨ª lo establece una directiva elaborada por el comisario Ant¨®nio Vitorino, encargado de Justicia e Interior, que hoy estudiar¨¢ el Ejecutivo comunitario.
El 'estatuto de larga duraci¨®n' se conceder¨¢ por un periodo de diez a?os, durante los cuales el emigrante, junto con sus familiares directos, tendr¨¢ igual trato que los ciudadanos del pa¨ªs en el que resida en el terreno de la vida pol¨ªtica y social (como asalariados o como independientes), la educaci¨®n, la protecci¨®n social o el acceso a los bienes y servicios.
Con este principio general previsto en la directiva, el Ejecutivo comunitario considera que ser¨¢ m¨¢s f¨¢cil cubrir las necesidades de mano de obra en cualquier pa¨ªs de la UE, y especialmente la de t¨¦cnicos y especialistas. Hoy, m¨¢s de 800.000 puestos de trabajo especializado est¨¢n sin cubrir en la Uni¨®n.
Transcurridos los diez a?os con el estatuto de residente de larga duraci¨®n, quienes soliciten una pr¨®rroga del mismo la obtendr¨¢n de forma autom¨¢tica y gratuita (o pagando la tarifa prevista para los documentos nacionales de identidad). En ning¨²n caso, advierte la directiva europea, se podr¨¢ aprovechar ese paso para reexaminar las condiciones de residencia del emigrante o sus familiares, quienes s¨®lo estar¨¢n obligados a aportar sus nombres, direcci¨®n y fotograf¨ªas recientes.
Cuando un emigrante de larga duraci¨®n decida trabajar en un segundo pa¨ªs de la UE, podr¨¢ solicitar el estatuto de residente en este segundo pa¨ªs cuando haya transcurrido en ¨¦l al menos cinco a?os. Durante los primeros a?os de estancia, el emigrante que sea expulsado por problemas de orden p¨²blico ser¨¢ trasladado al primer pa¨ªs en el que consigui¨® el estatuto de residencia de larga duraci¨®n.
En la actualidad, los emigrantes de pa¨ªses de la UE, y especialmente los m¨¢s afectados por la emigraci¨®n (Alemania, Italia, Francia, Espa?a o B¨¦lgica), consiguen el permiso de residencia, con escasas diferencias, cuando llevan cinco a?os en el pa¨ªs. Pero con ese permiso s¨®lo est¨¢n autorizados a pasar un periodo m¨¢ximo de tres meses en otro pa¨ªs de la UE.
La nueva norma europea, que ahora ser¨¢ debatida por el Consejo de Ministros de la UE y por el Parlamento Europeo, no se aplicar¨¢ en Dinamarca, donde est¨¢ vigente una cl¨¢usula que excluye al pa¨ªs de estas normas. Asimismo, Reino Unido e Irlanda deber¨¢n decidir si la aplican.
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