Inmigraci¨®n y pol¨ªtica
La protecci¨®n de los derechos fundamentales de la persona, sea nacional o extranjera, constituye un objetivo irrenunciable de cualquier ejercicio de la pol¨ªtica. Parece incuestionable que la nueva Ley de Extranjer¨ªa ha privado de una manera no s¨®lo ileg¨ªtima, sino adem¨¢s ineficaz, a juzgar por lo visto en las ¨²ltimas semanas, de una parte sustancial de tales derechos a los inmigrantes ilegales. Este grave error pol¨ªtico trasciende el marco de la diversas opciones ideol¨®gicas y debe, sin duda, ser subsanado por los instrumentos de defensa constitucional disponibles.
Pero el f¨¢cil acuerdo en el plano jur¨ªdico que se puede alcanzar en esta trascendente cuesti¨®n no ha de encubrir el hecho de que en nuestra sociedad estamos lejos de haber alcanzado un consenso social sobre el modo m¨¢s correcto de abordar el problema social de la inmigraci¨®n, es decir, la pol¨ªtica a adoptar respecto a la recepci¨®n, permanencia y naturalizaci¨®n de los inmigrantes. Estamos ante uno de esos temas de pol¨ªtica social en el que a¨²n no parecen haberse decantado en nuestra sociedad modelos o alternativas de actuaci¨®n claros, a tenor de los cuales desarrollar las pol¨ªticas correspondientes. Desde luego, ni la Ley de Extranjer¨ªa de 1985 ni la primera ni la segunda de 2000 parecen haber alcanzado esa claridad de objetivos que, en realidad, a¨²n estamos buscando. De ah¨ª que debi¨¦ramos ser precavidos para no calificar demasiado apresuradamente las diversas propuestas formuladas en funci¨®n de las pretendidas opciones ideol¨®gicas que las sustentar¨ªan.
En las l¨ªneas que siguen no pretendo entrar en un an¨¢lisis macro o microecon¨®mico sobre los efectos beneficiosos o perjudiciales de ciertos niveles de inmigraci¨®n en nuestro pa¨ªs, algo que est¨¢ lejos de mis capacidades. Tampoco tratar¨¦ los derechos individuales a la movilidad geogr¨¢fica. Ni siquiera entrar¨¦ en la cuesti¨®n, a mi juicio central, del desigual desarrollo econ¨®mico-social mundial y la ego¨ªsta negativa de los pa¨ªses desarrollados a provocar un progreso a escala planetaria. Si se me permite, quisiera apuntar simplemente algunas ideas sobre la necesidad de que el fen¨®meno inmigratorio se integre adecuadamente en el imprescindible orden y control sociales, que constituyen el presupuesto de una sociedad democr¨¢tica que quiere garantizar en la mayor medida posible los proyectos vitales de los residentes, con mayor o menor arraigo, en su territorio. Y en este tema, nuestra pol¨ªtica migratoria viene padeciendo desde hace tiempo unas carencias y torpezas que la lastran notablemente.
Una seria pol¨ªtica de inmigraci¨®n es sobre todo un significativo componente de nuestra pol¨ªtica exterior. Es verdaderamente llamativa la ausencia hasta hace, literalmente, cuatro d¨ªas de iniciativas encaminadas a regular los flujos de inmigraci¨®n desde los consulados y embajadas espa?oles en el extranjero. M¨¢s all¨¢ del servicio dom¨¦stico, las puertas para acceder regularmente a los raqu¨ªticos cupos de inmigraci¨®n legal han estado cerradas para la gran mayor¨ªa de los solicitantes. Y no es porque ¨¦stos no lo hayan intentado, sino por la manifiesta falta de voluntad o de capacidad de nuestras autoridades para ejecutarlos; no cabe buscar responsables for¨¢neos de esas insuficiencias. Parece que ahora se quiere ser m¨¢s activos en este terreno, algo que debe ser apoyado sin reservas, aunque se est¨¢n apreciando s¨ªntomas muy preocupantes de discriminaci¨®n entre nacionalidades, aparentemente s¨®lo justificada por prejuicios racistas. Conviene recordar que la mayor¨ªa de los que desean emigrar a Espa?a siguen siendo magreb¨ªes y subsaharianos, mientras que la atenci¨®n oficial se est¨¢ dirigiendo exclusivamente a Iberoam¨¦rica y Europa oriental.
Una muestra especialmente llamativa de esa ineptitud de nuestra pol¨ªtica exterior es que ni siquiera ha sido capaz de desarrollar un sistema eficiente de permisos temporales de trabajo que aseguren una estancia regular en nuestro pa¨ªs de trabajadores extranjeros de temporada -y los magreb¨ªes lo son en buena parte-, los cuales volver¨ªan con gusto a su pa¨ªs cuando las tareas agr¨ªcolas que desempe?an descienden en intensidad si supieran que iban a disponer de la posibilidad de volver legalmente y con m¨ªnimas trabas burocr¨¢ticas la temporada siguiente.
Una pol¨ªtica seria de inmigraci¨®n es tambi¨¦n una pol¨ªtica de relaciones laborales justas. La inmigraci¨®n ilegal se fundamenta en una descarada explotaci¨®n laboral, propia de un pa¨ªs en el que nos costar¨ªa reconocernos, y respecto a cuya expansi¨®n las autoridades laborales, sindicatos y asociaciones empresariales llevan bastante tiempo mirando para otro lado. Y de nuevo aqu¨ª el problema no son los inmigrantes, sino nosotros mismos. Produce un enorme desconcierto observar el guante blanco con el que se trata a empresarios grandes, medianos o peque?os que s¨®lo merecen el calificativo de explotadores, pero cuya aportaci¨®n a la econom¨ªa nacional hace que se les tolere casi cualquier cosa. Es aqu¨ª donde deben aprovecharse a fondo los nuevos preceptos introducidos en la leyes de extranjer¨ªa de 2000, que permiten a los inmigrantes irregulares que denuncien condiciones laborales ilegales acceder a un status regular, para reaccionar inmediatamente sobre quienes las provocan.
Desde luego, toda pol¨ªtica seria de inmigraci¨®n es tambi¨¦n en gran medida pol¨ªtica interior. As¨ª, precisa en primer lugar de un control lo m¨¢s eficaz posible de las fronteras. Ya sabemos que nunca se lograr¨¢ del todo y que habr¨¢ que asumir de alguna manera las consecuencias de nuestra propia ineficacia, pero de eso no ha de derivar la desacreditaci¨®n de los esfuerzos en esa l¨ªnea, siempre que sean respetuosos con la dignidad y derechos fundamentales de las personas. Y al respecto, por qu¨¦ no decirlo, a¨²n hay bastantes cosas por hacer sin complejos.
En este contexto de pol¨ªtica interior, las sucesivas regularizaciones de inmigrantes ilegales a que han dado lugar sin excepci¨®n todas las modernas leyes de extranjer¨ªa constituyen el m¨¢s clamoroso fracaso de toda nuestra pol¨ªtica de inmigraci¨®n. Para dar una idea al lector no avisado, conviene recordar que se ha legalizado a inmigrantes que se hallaban ilegalmente en Espa?a de una manera abierta en los a?os 1985, 1991, 1996, 2000 y, ahora, 2001; pero es que, adem¨¢s, se han utilizado los cupos disponibles de inmigraci¨®n destinados a personas situadas en el extranjero que deseaban emigrar para legalizar a inmigrantes ilegales radicados en Espa?a en los a?os 1993, 1994, 1995, 1997, 1998 y 1999. Ciertamente, nuestra incapacidad para impedir las entradas ilegales nos obliga a encontrar una soluci¨®n humanitaria a los problemas creados por nuestra incompetencia, pero todo se trastoca si las regularizaciones se ven como un derecho adquirido del inmigrante irregular o, todav¨ªa peor, se programan en las propias leyes con mayor o menor explicitud para el futuro. Esa actitud ha venido desbaratando desde 1985 cualquier credibilidad de nuestra pol¨ªtica migratoria, de lo que han tomado buena nota los inmigrantes y, sobre todo, quienes trafican con ellos.
Y esa pol¨ªtica interior tiene asimismo una vertiente de orden p¨²blico que no debe menospreciarse. Mantener el orden p¨²blico en este ¨¢mbito no significa, desde luego, criminalizar al inmigrante ilegal, defecto que no se ha abandonado en ninguna ley de extranjer¨ªa. As¨ª, a¨²n no se ha respondido convincentemente a la pregunta de por qu¨¦ ha de ser la jurisdicci¨®n penal la que deba ocuparse del control judicial de las actuaciones administrativas en materia de extranjer¨ªa; si el problema es las menores garant¨ªas personales de los implicados en la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa o civil, lo que hay que hacer es corregir los defectos de ¨¦stas y no a?adir nuevos perjuicios ligados a la negativa consideraci¨®n social de toda intervenci¨®n penal. Tampoco ha conseguido ninguna de las modernas leyes de extranjer¨ªa limitar suficientemente el excesivo arbitrio del que goza la Administraci¨®n a la hora de tomar decisiones en este campo: se siguen definiendo de manera imprecisa conductas que pueden acarrear la expulsi¨®n, se posibilita una excesiva duraci¨®n de los internamientos previos a la expulsi¨®n y no siempre es todo lo claro que ser¨ªa necesario el efectivo control judicial de todo el proceso.
En cualquier caso, es de justicia reconocer que tanto la Ley 4/2000 como la reci¨¦n aprobada Ley 8/2000 desarrollan una pol¨ªtica de orden p¨²blico mucho m¨¢s respetuosa de los derechos individuales de los inmigrantes que la anterior ley de 1985. Sentado esto, las leyes 4/2000 y 8/2000 merecen una valoraci¨®n pareja en temas de orden p¨²blico, con avances y retrocesos compensados. A favor de la ¨²ltima de las leyes hay que se?alar no s¨®lo su mejor calidad t¨¦cnica, sino asimismo una pol¨ªtica de orden p¨²blico m¨¢s coherente: ha reintroducido la m¨¢s que razonable posibilidad de expulsar a quienes se encuentran en estancia ilegal, incomprensiblemente eliminada en la Ley 4/2000; ha enriquecido de una manera sensata el cat¨¢logo de sanciones que no conllevan internamiento; ha precisado m¨¢s, aunque todav¨ªa de manera insuficiente, ciertas conductas que, indebidamente, se siguen considerando causa de expulsi¨®n, y ha cerrado el paso a la posibilidad de eludir la pena, por el atajo de la expulsi¨®n, de aquellos que cometan delitos de tr¨¢fico de seres humanos, entre otros aciertos.
En el debe de la Ley 8/2000 frente a la 4/2000 han de incluirse, sin embargo, las restricciones en los casos de motivaci¨®n de denegaci¨®n de visados; los obst¨¢culos para obtener o renovar la residencia temporal una vez saldadas las posibles cuentas del inmigrante legal con la justicia, y, de modo singular, la posibilidad de expulsar a todo inmigrante que cuente con una condena dentro o fuera de Espa?a a una pena de prisi¨®n superior a un a?o, incluso si ya ha cumplido la condena.
No estamos, por tanto, en temas de orden y control social, ni muy probablemente en las otras cuestiones sobre inmigraci¨®n no abordadas en estas l¨ªneas, ante alternativas n¨ªtidas que permitan descalificaciones apresuradas de las contrarias. Se precisa un esfuerzo de reflexi¨®n que posibilite llegar a consensos b¨¢sicos hasta hoy no bien perfilados. Para allanar tales v¨ªas, una muestra de sensatez pol¨ªtica ser¨ªa desembarazar el camino de obst¨¢culos ligados a temas en los que la controversia parece fuera de lugar, como es el caso del respeto de los derechos fundamentales de los inmigrantes.
Jos¨¦ Luis D¨ªez Ripoll¨¦s es catedr¨¢tico de Derecho Penal de la Universidad de M¨¢laga.
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