Convergencia e hipotecas
La legislaci¨®n comunitaria permite a las entidades de cr¨¦dito de la UE abrir sucursales y ofrecer servicios en cualquier otro pa¨ªs del ¨¢rea. Sin embargo, la realidad es que la banca al por menor, incluso en el ¨¢rea de la UEM, sigue siendo un negocio muy local. En Espa?a, s¨®lo el 1,4% de los dep¨®sitos y el 0,7% de los cr¨¦ditos de las instituciones financieras y monetarias corresponden a residentes de otros pa¨ªses de la UEM. El uso de una divisa com¨²n y de Internet, que posibilita la expansi¨®n exterior sin la construcci¨®n de una red f¨ªsica, deber¨ªan ayudar a que el negocio de las entidades financieras de la UEM fuera cada vez menos local y m¨¢s 'europeo'.
Sin embargo, los clientes suelen ser reticentes a utilizar servicios de entidades no residentes. Sobre todo cuando se trata de productos como los cr¨¦ditos. Las diferencias entre las caracter¨ªsticas de los servicios bancarios habitualmente comercializados en los distintos pa¨ªses y la incertidumbre que suscita la informaci¨®n que facilita una entidad no residente con la que el cliente no est¨¢ familiarizado desaniman el empleo de servicios transfronterizos.
Primeros pasos hacia un mercado hipotecario m¨¢s homogeneo en la Uni¨®n Europea -
Para evitar estos problemas, la Comisi¨®n Europea ha acordado con diversas asociaciones de entidades financieras y de consumidores un c¨®digo de conducta voluntario sobre informaci¨®n de cr¨¦ditos vivienda con el objetivo de que todos los clientes de la UE dispongan de una informaci¨®n homog¨¦nea. Las entidades que se acojan a ¨¦l deber¨¢n facilitar al cliente, antes de la formalizaci¨®n del cr¨¦dito, dos bloques de informaci¨®n. En el primero constar¨¢n los diferentes tipos de cr¨¦ditos vivienda ofrecidos y sus caracter¨ªsticas. En el segundo se aportar¨¢ informaci¨®n personalizada sobre el producto que interese al cliente. En este bloque se indicar¨¢ una descripci¨®n del producto, los tipos de inter¨¦s nominal y efectivo, el importe del cr¨¦dito y su moneda, la duraci¨®n, el n¨²mero y frecuencia de los pagos, el importe de las cuotas, los costes ordinarios adicionales (seguro contra incendios, por ejemplo), los costes extraordinarios (gastos judiciales, tasaci¨®n de la vivienda...), las condiciones de amortizaci¨®n anticipada, los sistemas internos de denuncia, un cuadro de amortizaci¨®n ilustrativo y la obligaci¨®n o no de tener cuenta bancaria o de domiciliar la n¨®mina con el prestamista.
La Comisi¨®n desea que las entidades que se adhieran al c¨®digo lo hagan antes del 30 de septiembre de 2002. Adem¨¢s crear¨¢ un registro p¨²blico central en el que se podr¨¢n consultar las entidades que lo han adoptado.
Es un paso importante para promover la integraci¨®n del mercado bancario, puesto que el cr¨¦dito vivienda representa el 31% del total del cr¨¦dito al sector privado residente en la UEM. La circulaci¨®n f¨ªsica del euro en 2002 y el avance en la aprobaci¨®n de las medidas contenidas en el Plan de Acci¨®n de Servicios Financieros deber¨ªan contribuir a reducir la fragmentaci¨®n de los sistemas financieros europeos y a aumentar su eficiencia.
Carmen Hernansanz es responsable de Banca, Sistema Financiero y Nueva Econom¨ªa del Servicio de Estudios del BBVA.
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