Despido por lo religioso
El despido de la profesora de religi¨®n cat¨®lica en un colegio p¨²blico de Almer¨ªa por haberse casado por lo civil con un divorciado constituye un retazo de la Espa?a oscura, que tan bien describi¨® Antonio Machado, incrustado en la sociedad espa?ola de nuestros d¨ªas. Que algo as¨ª pueda suceder en la Espa?a actual, con una Constituci¨®n democr¨¢tica que protege los derechos fundamentales de la persona, no s¨®lo invita a la reflexi¨®n. Obliga a que los poderes p¨²blicos, las fuerzas pol¨ªticas y los sindicatos tomen cartas en el asunto para que tama?a muestra de intolerancia y arbitrariedad no pueda llevarse a cabo impunemente.
?C¨®mo ha podido cometerse tama?a intromisi¨®n en la intimidad y en la libertad personal de esta profesora de religi¨®n con las graves consecuencias de su despido? La Iglesia cat¨®lica ha conseguido del Estado, como desarrollo interpretativo de los acuerdos de 1979 con la Santa Sede, un r¨¦gimen laboral especial para los profesores de religi¨®n en los centros p¨²blicos que parece amparar abusos como un despido por cuestiones relacionadas con la vida privada. Llama la atenci¨®n que este r¨¦gimen, que endosa al Estado la carga financiera de la ense?anza de la religi¨®n y que atribuye a la Administraci¨®n p¨²blica la condici¨®n de empleador de quienes la imparten, permita en la pr¨¢ctica que el control de la situaci¨®n laboral de estos ense?antes quede en manos de los obispos.
El despido de la profesora de religi¨®n de Almer¨ªa (abandono inmediato de las clases con promesa de readmisi¨®n cuando normalice su situaci¨®n matrimonial) no es obra de la Administraci¨®n educativa, que paga sus salarios, sino del delegado episcopal de Ense?anza de la di¨®cesis almeriense. Al atropello que supone despedir a una trabajadora por algo que ata?e a su vida personal se a?ade en este caso una evidente extralimitaci¨®n en sus funciones por parte de la Iglesia. El ¨²ltimo convenio econ¨®mico-laboral de los profesores de religi¨®n en la ense?anza p¨²blica (firmado entre el Gobierno del PP y el ep¨¬scopado espa?ol en 1999) atribuye a la Iglesia la propuesta y el examen de idoneidad de estos ense?antes, pero mantiene a todos los efectos el car¨¢cter laboral de su contrataci¨®n a cargo del Estado, de acuerdo con diversas sentencias del Supremo. La Iglesia cat¨®lica no puede pretender la ayuda estatal, econ¨®mica e institucional, para la ense?anza de su doctrina y actuar despu¨¦s al margen de las leyes del Estado en sus relaciones con los trabajadores que la imparten. La Constituci¨®n y el Estatuto de los Trabajadores amparan a la profesora de Almer¨ªa.
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