Los jueces ven inconstitucional la Ley del Comercio de 1994
Si entre 1994 y 1998 los comercios hubieran abierto sus puertas todos los d¨ªas (festivos incluidos), no hubieran vulnerado la ley. Un reciente auto del Tribunal Superior de Justicia afirma que la Ley del Comercio de 1994, que prohib¨ªa abrir fuera de las 18 jornadas festivas se?aladas por la ley (los primeros domingos de cada mes y algunas jornadas extraordinarias), violaba la Constituci¨®n. Por ello, el Superior eleva la cuesti¨®n al Tribunal Constitucional.
Este auto tiene su origen en una multa de 2,7 millones interpuesta por la Consejer¨ªa de Econom¨ªa a Canal Editores (tiendas Crisol) por abrir un domingo. Econom¨ªa consideraba que la infracci¨®n, en virtud de la Ley 4/94, era 'muy grave'. Pero la empresa recurri¨®. Y ahora, la secci¨®n novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo cree que la citada ley era inconstitucional.
Los jueces recuerdan que el Constitucional establece 'con absoluta claridad' que la 'submateria de horarios comerciales pertenece [exclusivamente] al comercio interior'. 'Pues bien', se?alan, 'la Comunidad [en 1995] carec¨ªa de competencias en comercio interior'. El Superior recuerda que la Comunidad modific¨® en 1998 la ley para quedarse con esta 'competencia', por lo que, a partir de esa fecha, los establecimientos que abriesen los festivos no autorizados s¨ª vulneraban la ley.
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