Una f¨®rmula poco utilizada
La f¨®rmula del arbitraje obligatorio, poco utilizada en Espa?a, existe desde 1977. Un real decreto de ese a?o estableci¨® la posibilidad de que el Gobierno obligue a una empresa a reanudar su actividad si el conflicto que atraviesa es muy grave y las partes no llegan a un acuerdo. Tambi¨¦n lo autoriza a designar un ¨¢rbitro independiente que resuelva la confrontaci¨®n.
No obstante, en abril de 1981 el Tribunal Constitucional anul¨® parte de este decreto al impedir al Gobierno pronunciarse sobre el reestablecimiento de la actividad laboral. El tribunal, a partir de un recurso presentado por el PSOE contra esta ley en 1980, consider¨® que esa facultad del Ejecutivo vulneraba el derecho de los trabajadores a la huelga y lo declar¨® inconstitucional. En cambio, el ¨¢rbitro s¨ª que puede adoptar esa decisi¨®n.
Desde entonces, las competencias del Gobierno se reducen a nombrar un ¨¢rbitro, en caso de que las partes no sean capaces de consensuar uno, para que emita un laudo (decisi¨®n) de obligado cumplimiento para los dos bandos en conflicto. El ¨¢rbitro ha de ser una persona experta en la materia (por ejemplo, un catedr¨¢tico) e independiente.
En caso contrario, los tribunales pueden invalidar su mediaci¨®n, como ocurri¨® tras una huelga de pilotos de Iberia ocurrida en 1984. El Constitucional anul¨® el papel del ¨¢rbitro, Juan Ignacio Molt¨®, por pertenecer al Gobierno (era director general del Instituto de Mediaci¨®n, Arbitraje y Conciliaci¨®n). Iberia depend¨ªa entonces del Estado, por lo que se consider¨® que esta figura era parcial.
Aunque el arbitraje obligatorio existe desde hace 24 a?os, s¨®lo en cinco ocasiones se ha recurrido a ¨¦l para solucionar un conflicto. El primer caso se produjo en 1981, a ra¨ªz de las disensiones entre patronal y trabajadores de las gasolineras en la negociaci¨®n del convenio colectivo. La amenaza de huelga por parte de los sindicatos no lleg¨® a cumplirse. El segundo caso de arbitraje, en 1984, acab¨® con la suspensi¨®n de la huelga. El mediador oblig¨® a los pilotos de Iberia a suspender el paro, despu¨¦s de 36 d¨ªas, aunque m¨¢s tarde su mediaci¨®n fue declarada nula. Cuatro a?os despu¨¦s, en 1988, un conflicto en el sector de la construcci¨®n en Barcelona motiv¨® un nuevo arbitraje. Los dos ¨²ltimos casos se produjeron en 1992, uno por una huelga de limpieza en Madrid y el otro por un problema en el sector de transportes en el Pa¨ªs Vasco.
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