Condena reforzada
El Tribunal Supremo ha avalado la imparcialidad de la Audiencia Nacional al juzgar y condenar a los implicados en el secuestro y asesinato, en 1983, de los activistas de ETA Jos¨¦ Antonio Lasa y Jos¨¦ Ignacio Zabala, uno de los episodios m¨¢s estremecedores de la etapa de guerra sucia contra la organizaci¨®n terrorista, que dur¨® hasta 1987. De los recursos presentados, el Supremo s¨®lo ha admitido el de los familiares de las v¨ªctimas, que reclamaban un agravamiento de las penas dictadas debido a que los condenados eran funcionarios p¨²blicos.
Cuantitativamente, la estimaci¨®n de este recurso es poco relevante: un aumento de cuatro a?os en condenas que ya superaban los 70 en los casos del general Enrique Rodr¨ªguez Galindo y el ex gobernador de Guip¨²zcoa Julen Elgorriaga no alteran un cumplimiento efectivo que en ning¨²n caso puede superar los 30 a?os. Pero cualitativamente es importante: reconoce la estrecha relaci¨®n que existi¨® entre los hechos delictivos -secuestro, torturas y asesinato de los activistas de ETA- y la condici¨®n de funcionarios p¨²blicos de los condenados, algunos de ellos investidos de autoridad, de la que se aprovecharon para cometer los cr¨ªmenes. Esa relaci¨®n refuerza si cabe el hecho, ya recogido en la sentencia de la Audiencia Nacional, de que los condenados no actuaron a t¨ªtulo individual, sino en su condici¨®n de integrantes de los aparatos de seguridad del Estado.
La sentencia del Supremo sobre el caso Lasa-Zabala, ¨²ltima en el orden jurisdiccional penal, representa sin duda una victoria del Estado de derecho sobre la impunidad, tanto m¨¢s relevante cuanto que ETA no ha dejado de secuestrar y asesinar a ciudadanos de toda condici¨®n durante los 18 a?os transcurridos desde aquellos hechos.
En este tiempo, la democracia espa?ola ha conseguido establecer la verdad y hacer justicia sobre quienes fueron durante a?os dos desaparecidos suyos. Los desaparecidos de ETA, empezando por Pertur desde hace casi cinco lustros, siguen esperando la verdad y la justicia. La supremac¨ªa legal y moral del Estado democr¨¢tico sobre todo lo que representa y hace ETA aparece, una vez m¨¢s, en las consideraciones de la sentencia del Supremo. Recuerda que la leg¨ªtima defensa de la sociedad frente al terror -ETA asesin¨® a 11 personas en los dos meses transcurridos entre el secuestro de Lasa y Zabala y el de Segundo Marey, el 3 de diciembre de 1983- no puede hacerse violando principios que se afirma defender, y establece que la alegada condici¨®n de terroristas de las v¨ªctimas no disminuye el car¨¢cter criminal de su secuestro y asesinato ni la responsabilidad civil del Estado por el dolor causado a sus familias.
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