Seguridad, inmigraci¨®n y autoridad
En los ¨²ltimos meses, el aumento de la 'peque?a' delincuencia en la ciudad de Barcelona ha puesto de relieve algunos de los problemas a los que se enfrenta la sociedad urbana del siglo XXI. Para buena parte de ellos, sin embargo, la soluci¨®n exist¨ªa ya, y se ha retrocedido en el tiempo. Otros, sin embargo, como la profesionalizaci¨®n de algunas formas de delinquir, muestran la necesidad de adaptar las normas y la actuaci¨®n de los poderes p¨²blicos para facilitar la convivencia en una sociedad con un peso creciente de la inmigraci¨®n.
El Informe Socias, encargado por el Ayuntamiento de Barcelona en el a?o 1984, estudi¨® la seguridad desde el punto de vista preventivo, represivo y de rehabilitaci¨®n del delincuente. Adem¨¢s, a?ad¨ªa la coordinaci¨®n de los cuerpos policiales y la participaci¨®n de los agentes sociales y c¨ªvicos en la informaci¨®n, el conocimiento y el tratamiento de la delincuencia y seguridad de la ciudad. El modelo fue v¨¢lido, ya que redujo el ¨ªndice de victimizaci¨®n de la ciudad del 25% al 13%, aunque desde 1998 ha aumentado ligeramente por encima del 14%.
Hoy hay condiciones que se han modificado y temas que deber¨¢n a?adirse al esquema anterior. En 1984, el sustrato de la delincuencia era la droga, la crisis econ¨®mica y el paro. Hoy en d¨ªa, felizmente ha arraigado un modelo de sociedad democr¨¢tica no jerarquizada, pero ello ha comportado para la ciudadan¨ªa una falta de puntos de referencia de autoridad, al no haberse creado alternativas. Este vac¨ªo obliga, para garantizar la convivencia, a crear y generalizar nuevos mecanismos que atiendan y diriman los conflictos entre ciudadanos, y que se conviertan en los nuevos referentes. Entre ellos, y en el marco de una sociedad democr¨¢tica, cobran especial relevancia los ¨®rganos de mediaci¨®n, de arbitraje y de justicia de paz, procedimientos accesibles, econ¨®micos y r¨¢pidos.
Uno de los aspectos que m¨¢s claramente refleja la falta de referentes es precisamente la inmigraci¨®n. Nos encontramos con un tipo de inmigraci¨®n masiva, con ra¨ªces culturales distintas a las nuestras, y a la que se deben reconocer derechos y deberes de acuerdo con nuestra Constituci¨®n y nuestras leyes. Pero que debe integrarse en el juego de mayor¨ªas y minor¨ªas y el respeto a los derechos humanos, constitucionales y legales para participar en un proyecto de futuro com¨²n. Ello implica, incluso, sacrificar algunos de sus propios condicionantes religiosos, culturales o sociales, como lo hizo la inmigraci¨®n que vino a Catalu?a desde otras comunidades aut¨®nomas, o como siempre ha ocurrido con los flujos migratorios .
Sin embargo, otros aspectos del Informe Soc¨ªas son a¨²n plenamente v¨¢lidos. En los a?os ochenta la crisis econ¨®mica fue un elemento determinante para el aumento de la marginaci¨®n y, por tanto, de la delincuencia. Los inmigrantes reci¨¦n llegados, por definici¨®n, se encuentran en una situaci¨®n de grave crisis econ¨®mica, por lo que, conjuntamente con los sectores menos beneficiados de la sociedad, deben ser especialmente protegidos del riesgo de caer en la marginalidad. Siempre que haya d¨¦ficit de vivienda, de trabajo, de atenci¨®n social, de educaci¨®n, de formaci¨®n y de falta de participaci¨®n en los ¨®rganos pertinentes, se dan las condiciones para caer en la marginaci¨®n y posiblemente en la comisi¨®n de actos delictivos. Las pol¨ªticas deben dirigirse en este sentido para que ello no suceda, y si as¨ª ocurre, actuar represivamente para proteger al colectivo, inmigrante o no, que no es delincuente.
Aplic¨¢ndose todas estas medidas de orden preventivo y las dem¨¢s que sean necesarias, deben mejorarse determinados aspectos en la actuaci¨®n represiva para que ¨¦sta sea eficaz y proteja a toda la ciudadan¨ªa en general. El conjunto de normas legales penales no es adecuado para luchar contra la peque?a delincuencia masiva en la calle, que genera una gran inseguridad ciudadana.Eliminadas del c¨®digo penal la multirreincidencia y en parte la reincidencia -hoy tiene la misma consideraci¨®n legal la comisi¨®n de dos que de cien actos delictivos menores-, la delincuencia se ha profesionalizado en estos delitos, aprovechando la falta de respuesta judicial. Por ello, y dentro de las posibilidades que permita la Constituci¨®n, deben reintroducirse nuevamente estas figuras, y sobre todo la que apunta Gonzalo Quintero en el sentido de que la conducta de estos delincuentes debe ser tratada como 'una conducta global'.
Judicialmente debe haber un nexo de causalidad entre la comisi¨®n del delito y la respuesta judicial. Los temas de delincuencia menor deben ser juzgados r¨¢pidamente mediante juicios inmediatos y r¨¢pidos. La instauraci¨®n de los juicios r¨¢pidos en la ciudad de Barcelona en 1991 fue la herramienta m¨¢s importante para conseguir el fuerte descenso de la inseguridad y reducci¨®n de la delincuencia entre 1992 y 1996, incluso en la crisis econ¨®mica m¨¢s intensa de los ¨²ltimos treinta a?os. Problemas de organizaci¨®n de la justicia, que deben superarse r¨¢pidamente, han reducido esta modalidad de procedimiento judicial, con los efectos negativos que venimos padeciendo.
Por ¨²ltimo, una consideraci¨®n referida a la Administraci¨®n local. Los alcaldes, como m¨ªnimo los de grandes ciudades, deben tener la consideraci¨®n de autoridades gubernativas, con competencias sobre la v¨ªa p¨²blica para poder sancionar, tanto econ¨®micamente (la forma menos eficaz) como con medidas alternativas (trabajos en beneficio de la comunidad), cuando se produzcan actos inc¨ªvicos, de alteraci¨®n del orden p¨²blico, etc. El c¨®digo sancionador administrativo que se prometi¨® en la ¨²ltima reforma del C¨®digo Penal, que despenaliz¨® determinadas conductas, a¨²n est¨¢ por hacer, y por ello muchos actos inc¨ªvicos quedan sin respuesta con el consiguiente deterioro para la convivencia ciudadana.
Guerau Ruiz Pena es abogado y ex concejal del Ayuntamiento de Barcelona
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