Un informe aboga por aclarar las incompatibilidades de los diputados
Un informe de los servicios jur¨ªdicos del Parlamento andaluz aboga por la reforma de la Ley Electoral de Andaluc¨ªa para resolver de manera definitiva el r¨¦gimen de incompatibilidades que afecta a los diputados auton¨®micos, despu¨¦s de que se haya planteado el debate acerca de su presencia en determinados ¨®rganos de las cajas de ahorros andaluzas.
En el informe, que ser¨¢ remitido a la Comisi¨®n del Estatuto de los Diputados, se se?ala que el r¨¦gimen que determina el status del diputado permanece 'hoy igual que en sus inicios', mientras que el intento de 'adecuar el sistema de incompatibilidades a la nueva situaci¨®n ha tenido un car¨¢cter provisional en espera de una modificaci¨®n de la legislaci¨®n vigente'.
Se a?ade que muchas comunidades han resuelto los problemas surgidos en relaci¨®n con el sistema de incompatibilidades mediante la 'oportuna modificaci¨®n de sus respectivas leyes electorales'. 'Aunque este tema de las incompatibilidades requiere la adopci¨®n de decisiones pol¨ªticas no siempre f¨¢ciles de concernir directamente a quienes han de adoptarlas, ello no puede ser un impedimento insalvable para proceder a su necesaria modificaci¨®n mediante la oportuna reforma legislativa', indican los servicios jur¨ªdicos de la C¨¢mara.
Mandato estatutario
En el informe, que consta de 25 p¨¢ginas, los servicios jur¨ªdicos del Parlamento consideran que es 'necesario proceder a una reforma de la Ley Electoral de Andaluc¨ªa en lo que se refiere al r¨¦gimen de incompatibilidades de los diputados andaluces a fin de dar cumplimiento al mandato estatutario' y solventar los problemas que existen.
En el informe se recogen algunas consideraciones en torno a las posibles modificaciones del actual r¨¦gimen de incompatibilidades de los parlamentarios andaluces, tanto con el sector p¨²blico como con el privado.
Al hablar de las incompatibilidades con el sector p¨²blico, se hace menci¨®n a la 'dificultad que supone identificar como de fundaci¨®n p¨²blica o privada a algunas cajas como consecuencia de la desaparici¨®n de las personas privadas como entidad fundadora', un elemento diferenciador que, seg¨²n los Servicios Jur¨ªdicos, 'ha devenido en obsoleto por cuanto del mismo no se deduce una mayor o menor vinculaci¨®n con el poder p¨²blico, sino que vendr¨¢ dada por la mayor o menor capacidad de dicho poder a ejercer una influencia dominantes en la adopci¨®n de decisiones por parte de la entidad'.
Como conclusiones, en el informe se indica que las incompatibilidades que puedan establecerse en relaci¨®n al sector p¨²blico deben aplicarse 'a todos los diputados cualquiera que sea su r¨¦gimen econ¨®mico, al tratarse de causas que afectan a los valores constitucionales de separaci¨®n de poderes y autonom¨ªa de las c¨¢maras'.
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