Los conductores perder¨¢n el carn¨¦ si cometen dos infracciones muy graves en dos a?os
La ponencia elimina la retirada del permiso por acumulaci¨®n de faltas menos graves
La retirada del carn¨¦ de conducir s¨®lo se aplicar¨¢ a los conductores que cometan dos infracciones muy graves en el plazo de dos a?os, y no por la acumulaci¨®n de infracciones menos graves, seg¨²n el informe que ha elevado a la Comisi¨®n de Justicia e Interior la ponencia encargada de relatar el proyecto de reforma de la Ley de Tr¨¢fico. La ponencia corrige as¨ª una propuesta del Ministerio del Interior que aplicaba la sanci¨®n m¨¢xima (retirada definitiva del carn¨¦) a los conductores que cometiesen en ese plazo tres infracciones graves, como exceder los l¨ªmites de velocidad en tan s¨®lo 5 kil¨®metros por hora.
De prosperar esta iniciativa que tramita la Comisi¨®n de Justicia e Interior del Congreso de los Diputados, la mayor¨ªa de los profesionales del volante en tareas de reparto o distribuci¨®n ser¨ªan severamente penalizados, frente a los particulares que reincidiesen en cometer infracciones muy graves. El nuevo planteamiento ve m¨¢s adecuado considerar los supuestos de reincidencia, y como tal aplicar la revocaci¨®n del permiso a los conductores m¨¢s peligrosos, como los que superen en dos ocasiones los niveles m¨¢ximos de alcoholemia o acumulen dos infracciones muy graves por exceso de velocidad superando los 180 kil¨®metros por hora en autopista.
Tanto en el reglamento de conductores como en el proyecto original de la reforma de la Ley de Tr¨¢fico, el Ministerio del Interior colocaba al mismo nivel las condiciones y conocimientos del conductor con los infractores reincidentes. A un conductor se le pod¨ªa revocar el carn¨¦ tanto por la presunta desaparici¨®n de sus aptitudes al volante como por cometer reiteradamente infracciones (acumulaci¨®n de tres sanciones graves; dos muy graves o la suma de dos graves y una muy grave).
'Las aptitudes ps¨ªquico t¨¦cnicas de un conductor no tienen nada que ver con la voluntad de saltarse las normas', dice Mario Arnaldo, presidente del despacho Automovilistas Europeos Asociados. Arnaldo ya recurri¨® al Supremo el Reglamento de Conductores porque recoge los mismos supuestos. Ahora, tras una lectura atenta del proyecto que hab¨ªan consensuado los grupos parlamentarios en el que observ¨® la misma confusi¨®n, remiti¨® un informe a la ponente del proyecto de ley, Ana Torme Pardo, del PP, en el que le advert¨ªa del riesgo de mantener la confusi¨®n entre prevenci¨®n y sanci¨®n. 'La nueva redacci¨®n del proyecto es t¨¦cnicamente m¨¢s adecuada y se podr¨¢ aplicar de forma m¨¢s selectiva y eficaz contra los infractores peligrosos', dice Arnaldo, satisfecho de que se haya aceptado su sugerencia.
Tarjetas para minusv¨¢lidos
De esta manera, la revocaci¨®n definitiva del carn¨¦ s¨®lo se producir¨¢ por acumulaci¨®n de faltas muy graves y podr¨¢ ser sustituida por la realizaci¨®n de un curso de reciclaje y sensibilizaci¨®n en una autoescuela o cualquier centro autorizado. Se consideran infracciones muy graves: conducir bajo los efectos del alcohol, no someterse a las pruebas de alcoholemia o estupefacientes tras verse implicado en un accidente, circular temerariamente, exceder en un 50% la ocupaci¨®n de las plazas autorizadas de un veh¨ªculo, sobrepasar en m¨¢s del 50% la velocidad m¨¢xima autorizada (siempre que supere al menos en 30 kil¨®metros el l¨ªmite m¨¢ximo), circular en sentido contrario, participar en competiciones no autorizadas y el exceso en m¨¢s de un 50% en los tiempos de conducci¨®n en veh¨ªculos de transporte.
Los ciclistas podr¨¢n circular por los arcenes de autov¨ªas y autopistas, aunque se impone la obligaci¨®n de dotar a las bicicletas de elementos reflectantes.
Por otra parte, la nueva ley requiere a los ayuntamientos a que expidan tarjetas de aparcamiento especial para los minusv¨¢lidos seg¨²n el modelo recomendado por el Consejo de Europa, de modo que tengan validez en todo el territorio nacional.
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