El Gobierno renuncia a que el nuevo Cesid pueda entrar en las casas sin permiso judicial
El Centro Nacional de Intelilgencia deber¨¢ solicitar la autorizaci¨®n judicial con al menos 24 horas de antelaci¨®n
El Gobierno ha dado marcha atr¨¢s en su prop¨®sito de que los agentes del nuevo Centro Nacional de Inteligencia (CNI), sucesor del Cesid, puedan entrar en casas o pinchar tel¨¦fonos y pedir luego el permiso del juez. Las operaciones del servicio secreto que afecten a derechos fundamentales deber¨¢n ser solicitadas al juez con 72 horas de antelaci¨®n, aunque este plazo podr¨¢ reducirse en caso de urgencia a 24 horas. El Gobierno remitir¨¢ hoy los dos proyectos de ley que regulan el CNI al Consejo de Estado y al Consejo General del Poder Judicial para que emitan informe.
Aunque el presidente Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar anunci¨® el pasado d¨ªa 3 que ya hab¨ªa dado el visto bueno al borrador de la ley del Centro Nacional de Inteligencia, ¨¦ste ha sufrido numerosas cambios en la ¨²ltima semana, en la que el ministro de Defensa, Federico Trillo-Figueroa, ha mantenido contactos con los partidos de la oposici¨®n -PSOE, CiU, Coalici¨®n Canaria, PNV e Izquierda Unida- para consensuar el proyecto.
Anoche, el ministro de Defensa y el secretario general de la Presidencia del Gobierno, Francisco Javier Zarzalejos, cerraron un acuerdo sobre las l¨ªneas maestras del proyecto con una delegaci¨®n socialista formada por su portavoz en el Congreso, Jes¨²s Caldera, y por los diputados Alfredo P¨¦rez Rubalcaba y Jordi Marsal.
Por lo pronto, la ley del CNI no ser¨¢ una sino dos. Una ley ordinaria, dedicada a fijar el estatuto, objetivos y funcionamiento del servicio secreto, as¨ª como sus mecanismos de control administrativo y parlamentario, que ser¨¢ remitida hoy al Consejo de Estado para que emita el preceptivo informe previo. Y otra ley org¨¢nica, que regular¨¢ el control judicial de sus actividades, que ser¨¢ enviada con el mismo fin al Consejo General del Poder Judicial.
En el texto definitivo ha desaparecido el punto m¨¢s problem¨¢tico: la posibilidad de que, en casos de urgencia y en investigaciones sobre terrorismo, los agentes secretos puedan entrar en domicilios o interceptar comunicaciones y solicitar luego el permiso del juez. Esta facultad provoc¨® las cr¨ªticas de la mayor¨ªa de partidos y asociaciones judiciales, as¨ª como del comisario para los Derechos Humanos del Consejo de Europa, ?lvaro Gil-Robles, por su presunta inconstitucionalidad.
Magistrado del Supremo
Seg¨²n la redacci¨®n acordada, todas las operaciones que afecten a los derechos contenidos en el art¨ªculo 18, apartados 2 (inviolabilidad del domicilio) y 3 (secreto de las comunicaciones) de la Constituci¨®n deber¨¢n tener autorizaci¨®n previa del juez. La petici¨®n, siempre razonada, deber¨¢ presentarla el director del CNI con una antelaci¨®n de 72 horas, aunque en caso de urgencia podr¨¢ acortarse dicho plazo a s¨®lo 24 horas.
El juez encargado de autorizar estas intervenciones ser¨¢ un magistrado del Supremo, con tres a?os de antig¨¹edad en dicho tribunal, designado por el Consejo General del Poder Judicial a propuesta del presidente del Tribunal Supremo por un periodo de cinco a?os.
Las decisiones del juez tendr¨¢n car¨¢cter firme, pues ha desaparecido la posibilidad de que fueran recurribles ante una sala de tres magistrados del Supremo. Era un recurso que s¨®lo pod¨ªa presentar el propio servicio secreto pues, como es obvio, el afectado no tendr¨ªa conocimiento de lo sucedido.
El control parlamentario lo ejercer¨¢ la comisi¨®n del Congreso encargada del control de los fondos reservados. Dicha comisi¨®n, que preside la propia presidenta de la C¨¢mara, la integra un representante de cada grupo parlamentario, salvo el Mixto.
Los miembros de la comisi¨®n de control conocer¨¢n el plan anual de objetivos informativos del CNI -que ser¨¢ aprobado por el Gobierno y no s¨®lo conocido, como hasta ahora-, as¨ª como su grado de cumplimiento. Los diputados estar¨¢n obligados a guardar reserva sobre la informaci¨®n que reciban, so pena de incurrir en delito.
La misma regla se aplicar¨¢ a los miembros del servicio, incluso si fueran llamados a declarar por un juez. La ley eleva a la categor¨ªa de secreto todos los medios, procedimientos u operaciones del centro, hasta ahora protegidos por un acuerdo del Consejo de Ministros de 1986. Los agentes secretos s¨®lo podr¨¢n revelar informaci¨®n a la Justicia si el Gobierno lo autoriza expresamente.
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