Los agentes del Cesid podr¨¢n entrar en las casas sin permiso judicial previo
Aznar da el visto bueno al borrador del proyecto de ley del Centro Nacional de Inteligencia
El Centro Nacional de Inteligencia (CNI), nuevo nombre del servicio secreto Cesid, podr¨¢ en casos de urgencia y en investigaciones sobre terrorismo intervenir comunicaciones y entrar en domicilios antes de obtener el permiso del juez, a quien en todo caso deber¨¢ notificarle esta actuaci¨®n inmediatamente despu¨¦s para que la ratifique o desautorice. Se trata de un procedimiento excepcional, previsto en el borrador del anteproyecto de ley que el presidente Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar aprob¨® el martes y que se intentar¨¢ consensuar en los pr¨®ximos d¨ªas con los grupos parlamentarios.
El presidente del Gobierno revel¨® ayer, durante su reuni¨®n con el Grupo Parlamentario Popular, que el martes dio el visto bueno al borrador del anteproyecto de Ley Org¨¢nica del Centro Nacional de Inteligencia, para que se negocie en los pr¨®ximos d¨ªas con la oposici¨®n.
Aznar ya anunci¨® la semana pasada en el pleno del Congreso sobre las consecuencias de los ataques terroristas a Estados Unidos que el texto que reforma el servicio secreto ser¨ªa remitido al Congreso 'en menos de 15 d¨ªas'. Sin embargo, esta previsi¨®n dif¨ªcilmente podr¨¢ cumplirse, pues el anteproyecto debe ser informado por el Consejo de Estado y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) antes de su remisi¨®n al Parlamento.
Seg¨²n fuentes gubernamentales, se trata de un texto muy breve y de car¨¢cter gen¨¦rico. En el mismo se fijan, por vez primera con rango de ley, los objetivos y mecanismos de control del principal centro de inteligencia del Estado.
La principal novedad estriba en el control judicial de las operaciones del CNI que impliquen recorte de derechos fundamentales, como la interceptaci¨®n de comunicaciones (telef¨®nicas, postales o electr¨®nicas) y la entrada en domicilios. Hasta ahora, el Cesid carec¨ªa de cobertura para este tipo de actividades.
Su ¨²nico recurso para no incurrir en ilegalidad era pedir la correspondiente autorizaci¨®n a la Audiencia Nacional a trav¨¦s de la unidad de polic¨ªa adscrita al centro. En el futuro, contar¨¢ con un juez ad hoc para esta tarea.
Ser¨¢ un magistrado del Tribunal Supremo, nombrado para un tiempo limitado por el Consejo General del Poder Judicial, quien se encargue de autorizar y controlar la intervenci¨®n de comunicaciones y entrada en domicilios. La solicitud, debidamente motivada, le ser¨¢ presentada por el director del servicio secreto.
La ley prev¨¦ un procedimiento 'excepcional', para casos de urgencia y s¨®lo en investigaciones relacionadas con organizaciones terroristas, que permitir¨¢ iniciar estas actividades sin permiso del juez, a quien se deber¨¢n comunicar lo antes posible, justificando el motivo que ha impedido solicitar la autorizaci¨®n con car¨¢cter previo. La decisi¨®n del juez ser¨¢ recurrible ante una sala reducida del Tribunal Supremo.
Las escuchas del servicio secreto no est¨¢n dirigidas a la persecuci¨®n de delincuentes, sino a la defensa de la seguridad nacional, pero el citado juez deber¨¢ comunicar a la autoridad competente el resultado de las pesquisas si aprecia indicios de delito.
Junto al control judicial, la ley prev¨¦ el control parlamentario del CNI, que se realizar¨¢ a trav¨¦s de una comisi¨®n del Congreso encargada de fiscalizar tambi¨¦n el uso de los fondos reservados y de conocer los documentos clasificados como secretos. El texto no fija la composici¨®n de dicha comisi¨®n, que se deja en manos del Parlamento, aunque ser¨¢ muy similar a la actual de Comisi¨®n de Secretos Oficiales, de la que est¨¢ excluido el Grupo Mixto. Los miembros de la misma ser¨¢n informados de los objetivos del CNI y su grado de cumplimiento, as¨ª como del balance de las escuchas y entradas en domicilio realizadas.
Aunque el proyecto fija a grandes rasgos los objetivos informativos del centro, ¨¦stos ser¨¢n aprobados anualmente por el Consejo de Ministros y el CNI no podr¨¢ realizar ninguna actividad al margen de los mismos.
El director del servicio secreto, el diplom¨¢tico Jorge Dezcallar, con rango de secretario de Estado, depender¨¢ funcionalmente del presidente del Gobierno. Respecto a la dependencia org¨¢nica, a efectos de presupuestos y personal, est¨¢ previsto que se desligue del Ministerio de Defensa, pero a¨²n no se ha decidido su ubicaci¨®n definitiva.
El hecho de que el vicepresidente primero, Mariano Rajoy, sea ministro del Interior y carezca de un aparato administrativo fuera de dicho departamento dificulta la adscripci¨®n al mismo. Su encaje directo en la Presidencia del Gobierno dejar¨ªa a Aznar sin un ministro cortafuegos en caso de esc¨¢ndalo. Y el titular de Presidencia, Juan Jos¨¦ Lucas, no resultar¨ªa cre¨ªble en ese papel si no ejerciera un control efectivo de las actividades del CNI.
El texto no aborda el viejo problema de la coordinaci¨®n con los servicios de informaci¨®n de la Guardia Civil y la polic¨ªa, pues no prev¨¦ la creaci¨®n de un ¨®rgano con ese cometido. Tampoco reforma la preconstitucional ley de Secretos Oficiales.
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