'Un derecho subjetivo de la ciudadan¨ªa'
Los subsidios de renta m¨ªnima est¨¢n regidos por decretos de los Gobiernos regionales, modificados cada cierto tiempo para actualizar su cuant¨ªa con el nivel de vida bas¨¢ndose en el salario m¨ªnimo interprofesional o en las pensiones no contributivas. Sin embargo, dos comunidades han ido m¨¢s all¨¢, el Pa¨ªs Vasco y Madrid, que han decidido convertir este subsidio en un derecho, elev¨¢ndolo al rango de ley auton¨®mica.
El Pa¨ªs Vasco fue la primera regi¨®n, y en mayo de 1998 pas¨® la Ley de Exclusi¨®n Social, en la que se reconoc¨ªa el derecho a un ingreso m¨ªnimo de inserci¨®n dirigido 'a cubrir las necesidades de aquellas personas que carezcan de los recursos b¨¢sicos para hacer frente a los gastos b¨¢sicos para la supervivencia'. Como en el resto de normativas de este subsidio, la ley recoge como requisito 'negociar, suscribir y cumplir un convenio de inserci¨®n con la Administraci¨®n'.
En Madrid, el pasado mes el Consejo de Gobierno aprob¨® el anteproyecto de la Ley de Rentas M¨ªnimas, que antes de fin de a?o ser¨¢ aprobado por la Asamblea y entrar¨¢ en vigor el 1 de enero pr¨®ximo. Entre las novedades que plantea con respecto a la del Pa¨ªs Vasco est¨¢ la de reconocer que existen personas que podr¨¢n recibir este subsidio sin participar en las programas de reinserci¨®n si su situaci¨®n est¨¢ muy degradada.
Alberto Ruiz Gallard¨®n, presidente de la comunidad madrile?a, explic¨® que con esta ley 'se ha convertido una decisi¨®n revisable del Gobierno en un derecho subjetivo de la ciudadan¨ªa', exigible incluso ante los tribunales. En la exposici¨®n de motivos del anteproyecto se dice que mediante la renta m¨ªnima 'se va m¨¢s all¨¢ del programa de IMI [Ingresos M¨ªnimos de Inserci¨®n], no s¨®lo porque queda configurada con rango de ley, sino porque abandona la discrecionalidad administrativa para situarse en el ¨¢mbito jur¨ªdico m¨¢s preciso de los derechos prestacionales p¨²blicos, caracterizados por una mayor concreci¨®n normativa que confiere mayores garant¨ªas jur¨ªdicas a los ciudadanos'.
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