Cuesti¨®n de Estado
La protecci¨®n y la seguridad del ciudadano que contribuy¨® a la desarticulaci¨®n del comando Madrid de ETA constituye una cuesti¨®n de Estado. Sobre los poderes p¨²blicos recae la responsabilidad de garantizar que la vida de este ciudadano no corre riesgos y que queda eficazmente protegida en cualquier circunstancia, procesal o de otro tipo, que pueda sobrevenirle por causa de su comportamiento ejemplar.
Esta persona an¨®nima ha prestado un servicio inestimable a la ciudad de Madrid y a la sociedad en su conjunto, y as¨ª ha sido percibido por los ciudadanos. Ni esa misma sociedad ni los poderes del Estado en su representaci¨®n pueden corresponder dej¨¢ndole desvalido y solo ante el peligro cierto de una represalia de ETA. La declaraci¨®n de ayer, tras el Consejo de Ministros, del portavoz del Gobierno, P¨ªo Cabanillas, parece despejar las dudas sobre la voluntad del Ejecutivo de asumir ese compromiso. El mayor riesgo que le acecha viene de su posible testimonio en el futuro juicio de los dos terroristas detenidos gracias a su colaboraci¨®n. En ese supuesto, la Ley de Protecci¨®n de Testigos y de peritos en causas criminales de 23 de diciembre de 1994 deber¨¢ impedir que su identidad sea desvelada y pueda ser conocida por ETA, bien a trav¨¦s de los acusados, bien a trav¨¦s de abogados defensores de los que existen fundadas sospechas de que en muchos casos trabajan para la banda terrorista. El derecho de defensa es b¨¢sico en un proceso con garant¨ªas, pero no puede ser ejercido de forma que se ponga en riesgo el derecho a la vida del testigo. En caso de conflicto, ning¨²n juez dudar¨ªa de que el derecho a la vida prima constitucionalmente sobre cualquier otro y que debe ser salvaguardado a toda costa. Si no fuera as¨ª, la condici¨®n legal de testigo protegido ser¨ªa papel mojado.
Algunas opiniones solventes -el portavoz parlamentario del PSOE, las dos asociaciones de fiscales e incluso fuentes de la propia Audiencia- cuestionan la necesidad del testimonio de este ciudadano. Es algo que corresponde determinar a los jueces, aunque es razonable pensar que su presencia nada aportar¨ªa en el juicio a dos terroristas detenidos en flagrante, con las armas en la mano, y sobre los que la polic¨ªa parece haber conseguido acumular abundantes pruebas sobre su actuaci¨®n delictiva. Sea o no necesario su testimonio ante los jueces, la protecci¨®n representa un reto para el Estado de derecho, cuya solvencia y credibilidad sufrir¨ªan un rudo golpe si no fuera capaz de garantizarla, por no hablar del retroceso que se producir¨ªa en el indispensable y fundamental compromiso ciudadano en la lucha contra ETA. Lo que est¨¢ en juego no es poco; se trata de una cuesti¨®n de Estado.
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