Penado un agente por multar a su enemigo, que ten¨ªa el coche en Cuenca
El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia de tres a?os de prisi¨®n para J. C. G. C., un polic¨ªa municipal de Madrid que en febrero de 1997 mult¨® ilegalmente el coche de una persona con cuyo padre manten¨ªa diferencias. Seg¨²n la sentencia de la Audiencia de Madrid (y confirmada ahora por el Supremo), el coche ni siquiera estaba en Madrid el d¨ªa en que el agente lo mult¨® por mal aparcamiento. La Audiencia de Madrid consider¨® probado que el turismo Seat 131 que J. C. G. C. sancion¨® por estacionamiento indebido en la calle de Arroyo de la Media Legua (Moratalaz) se encontraba realmente ese d¨ªa 'en un pueblo de Cuenca, a 150 kil¨®metros de Madrid'.
La sentencia a?ade que el turismo sancionado pertenece al hijo 'de una persona con la que el acusado se halla enemistada habiendo tenido pleitos por raz¨®n de unas fincas' en un pueblo de Cuenca del que ambos son vecinos. A ra¨ªz de la denuncia del polic¨ªa, el due?o del veh¨ªculo fue multado con 20.000 pesetas. ?ste recurri¨® al Ayuntamiento, que desestim¨® las alegaciones. Posteriormente, acudi¨® a la Audiencia Provincial, que conden¨® al polic¨ªa y remiti¨® la documentaci¨®n al juez decano para que investigara 'la posible comisi¨®n de un presunto delito de prevaricaci¨®n' por parte del municipio. Ante la sentencia de la Audienca Provincial, el agente interpuso un recurso ante el Tribunal Supremo. La Sala de lo Penal del Supremo rechaz¨® este recurso y ratific¨® la sentencia: adem¨¢s de la c¨¢rcel, multa de seis meses a raz¨®n de 1.000 pesetas al d¨ªa e inhabilitaci¨®n por tres a?os.
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