'Stocks options'
Debemos volver a referirnos a las stock options tras el pronunciamiento del Tribunal Supremo en el que se va a inclinar por el car¨¢cter salarial de las opciones sobre acciones.
Dos sentencias, de 24 de octubre de 2001, dictadas en Sala General, no exentas de pol¨¦mica, con voto particular en contra firmado por tres magistrados, han declarado que no hay duda de que la vinculaci¨®n entre la actividad laboral del empleado, su esfuerzo y dedicaci¨®n y la obtenci¨®n del beneficio econ¨®mico valorable derivado del ejercicio de la opci¨®n, es evidente, configurando el concepto legal de salario, al ser una percepci¨®n econ¨®mica que se recibe precisamente a causa o como consecuencia del desarrollo de la actividad laboral.
Los argumentos para llegar a esa conclusi¨®n pasan por entender que estamos ante un incentivo, que trata de aumentar el compromiso del empleado con la empresa y mejorar as¨ª sus resultados econ¨®micos.
Por otra parte, la incertidumbre que puede concurrir en torno a la existencia o no de un balance positivo o saldo diferencial final favorable para el trabajador, as¨ª como la indeterminaci¨®n y variabilidad de la cantidad resultante, no alcanzan, a juicio de la Sala, a desvirtuar la naturaleza salarial de lo que se percibe. Lo esencial no viene dado por la posibilidad de cuantificar con precisi¨®n anticipada el salario, sino por la constataci¨®n de que la percepci¨®n a la que se tiene derecho trae causa de la relaci¨®n de trabajo. Entiende, adem¨¢s, el tribunal que estos beneficios no tienen cabida en los supuestos excluidos por el apartado 2 del art. 26 ET y que, sin embargo, s¨ª pueden encuadrarse dentro de los complementos salariales, puesto que son las circunstancias personales de los trabajadores de la empresa, su vinculaci¨®n con ella en el tiempo y la perspectiva de mejora de los resultados las que determinan su establecimiento.
Otras consideraciones van a hacer referencia a su conceptuaci¨®n como salario en met¨¢licomo el posible derecho a las mismas cuando se extingue la relaci¨®n laboral por causas ajenas al trabajador.
Las sentencias no van a terminar con la controversia, pero son relevantes porque fijan la doctrina de los tribunales sobre estos incentivos.
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