Los jueces rectifican y autorizan la venta de la 'p¨ªldora del d¨ªa siguiente' en Andaluc¨ªa
El objetor que recurri¨® la orden sanitaria de la Junta no tiene farmacia ni est¨¢ colegiado
La sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa que anul¨® cautelarmente hace un mes una orden de la Consejer¨ªa de Salud que obligaba a dispensar preservativos y la p¨ªldora del d¨ªa siguiente en Andaluc¨ªa, ha rectificado tras conocer que la persona que present¨® el recurso, Fernando Anguita Quesada, y que argumentaba objeci¨®n de conciencia, no tiene farmacia, ni est¨¢ colegiado en la comunidad aut¨®noma. Anguita es licenciado en Farmacia pero trabaja como profesor de instituto. El recurso lo present¨® como representante de una asociaci¨®n de sanitarios usando los argumentos de la Conferencia Episcopal Espa?ola.
El ¨²ltimo antecedente de Fernando Anguita que hay en el Colegio de Farmac¨¦uticos de Granada es una solicitud de colegiaci¨®n fechada en 1997 que el propio interesado retir¨® antes de que fuera tramitada. Anguita tampoco consta como directivo de dicha asociaci¨®n en el acta fundacional presentada ante la Consejer¨ªa de Justicia de Andaluc¨ªa y en la que s¨ª aparecen otros profesionales sanitarios residentes en Ja¨¦n y Granada que creen, en contra de la mayor¨ªa de la comunidad cient¨ªfica y la propia Organizaci¨®n Mundial de la Salud (OMS), que la citada p¨ªldora es un abortivo y no un anticonceptivo.
La Sala de Granada, que preside el magistrado Rafael Puya Jim¨¦nez, admite ahora que 'resulta evidente' a tenor de las pruebas presentadas en el recurso por la Consejer¨ªa de Salud que Anguita 'en ning¨²n caso podr¨ªa verse directamente perjudicado por la orden dictada, puesto que no se ve¨ªa afectado'. El firmante del recurso, a?ade la resoluci¨®n judicial, 'no ostenta la condici¨®n de farmac¨¦utico, como titular de oficina de farmacia, ni figura como director de ning¨²n almac¨¦n ni se encuentra colegiado en ninguno de los colegios farmac¨¦uticos de las distintas provincias andaluzas'. 'Esta vital y nueva circunstancia', prosigue el auto, 'que no pudo ser tomada en consideraci¨®n al tiempo de adoptar la resoluci¨®n impugnada, hace que la Sala deba efectuar una nueva ponderaci¨®n de intereses en la que ha quedado minimizado el inter¨¦s que representaba el recurrente (que adujo su condici¨®n de farmac¨¦utico) y en consecuencia era considerado destinatario directo de todas las previsiones de la orden'. En el auto anterior, dictado el 12 de noviembre, los mismos magistrados consideraron que en la colisi¨®n entre el derecho a la objeci¨®n de un individuo y el de todos los potenciales usuarios de la sanidad p¨²blica andaluza prevalec¨ªa el del primero.
Una de las escasas manifestaciones a favor que obtuvo el primer auto provino de la ministra de Sanidad, Celia Villalobos, que arremeti¨® contra lo que consider¨® 'la falta de fundamento jur¨ªdico de casi todas las cosas que hace la Junta. La ministra reproch¨® al Gobierno andaluz que se 'lanzara demasiado a la piscina sin averiguar siquiera si hay agua'.
Boticarios y obispos
La Asociaci¨®n Nacional en Defensa del Derecho a la Objeci¨®n de Conciencia del Personal Bio-sanitario, que es como aparece denominada en el acta fundacional, fue creada por varios m¨¦dicos y farmac¨¦uticos el pasado mes de junio, tiene un capital de 75.000 pesetas y cuenta con un centenar de asociados. Hasta ahora ha presentado dos recursos contra la orden de la venta de la p¨ªldora del d¨ªa siguiente. El primero, por protecci¨®n de los derechos fundamentales, fue planteado ante una Sala de Sevilla que se declar¨® incompetente y el mes pasado lo devolvi¨® a Granada. El segundo fue el de Fernando Anguita. Los argumentos expuestos en los recursos coinciden con la teor¨ªa sobre el derecho a la objeci¨®n que la Conferencia Episcopal Espa?ola, en relaci¨®n con la p¨ªldora anticonceptiva, expuso en una instrucci¨®n pastoral: 'Las leyes que toleran o incluso regulan las violaciones del derecho a la vida son gravemente injustas y no deben ser obedecidas'.
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