Los jueces anulan la sanci¨®n de dos meses de empleo contra un 'mosso'
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) ha anulado la sanci¨®n de dos meses de empleo y sueldo dictada hace cuatro a?os contra un agente de los Mossos d'Esquadra por falta de consideraci¨®n y respeto hacia sus superiores jer¨¢rquicos, y ha condenado a la Generalitat a que le pague el sueldo que dej¨® de percibir. De esta manera, los jueces anulan la resoluci¨®n dictada en octubre de 1997 por el entonces consejero de Gobernaci¨®n, Xavier Pom¨¦s, contra el polic¨ªa Josep Asensio Serqueda, a quien el pasado mes de mayo los jueces ya dieron la raz¨®n por unos hechos muy similares ocurridos en 1999 que le supusieron una suspensi¨®n de cuatro meses de empleo y sueldo.
Asensio fue expedientado por denunciar supuestas irregularidades en la actuaci¨®n de la polic¨ªa auton¨®mica. En el tr¨¢mite de ese expediente disciplinario que instru¨ªa un sargento del cuerpo, el agente Asensio decidi¨® defenderse a s¨ª mismo y fue entonces cuando realiz¨® las afirmaciones que la Generalitat consider¨® desconsideradas hacia sus superiores y calificadas como falta grave. Sin embargo, en la sentencia dictada por la Secci¨®n Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC se explica que despu¨¦s de examinar las expresiones y alegaciones presentadas por el polic¨ªa, 'ninguna de ellas puede ser calificada como falta de respeto o consideraci¨®n'.
Los jueces consideran que las palabras empleadas por el polic¨ªa en el pliego de descargos 'fueron vertidas en el ejercicio del leg¨ªtimo derecho que tiene un funcionario al que se incoa un expediente disciplinario a defenderse'. Si no fuese as¨ª, a?ade la sentencia, el expedientado quedar¨ªa en una situaci¨®n de indefensi¨®n. Pero adem¨¢s los jueces recuerdan que Asensio no ten¨ªa la condici¨®n de polic¨ªa cuando present¨® ese pliego de descargos ni el instructor del expediente era su superior jer¨¢rquico, 'por mucho que lo sea cuando desempe?a una funci¨®n p¨²blica concreta'. Por eso, el tribunal cree que la Generalitat no respet¨® el principio de legalidad y sancion¨® injustamente al funcionario por una actividad ajena.
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