Extremadura multar¨¢ con tres millones de euros a las el¨¦ctricas por los apagones
Los abonados tendr¨¢n descuentos m¨ªnimos del 20% si los cortes de luz son superiores a una hora
El Gobierno extreme?o aprob¨® ayer un anteproyecto de ley que prev¨¦ multas de hasta tres millones de euros (500 millones de pesetas) a las el¨¦ctricas si el suministro se interrumpe de forma injustificada m¨¢s de tres minutos. La norma contempla que el mill¨®n de abonados extreme?os se vean beneficiados con descuentos del 20% como m¨ªnimo en el recibo mensual si los cortes superan la hora. Las compa?¨ªas, adem¨¢s, deber¨¢n depositar el 1% de su facturaci¨®n para asegurar responsabilidades. Endesa e Iberdrola, suministradoras de la zona, y la patronal Unesa, declinaron valorar la medida.
Extremadura se suma as¨ª a las iniciativas ya aprobadas por otras autonom¨ªas como Catalu?a, cuya normativa contempla sanciones para las el¨¦ctricas de entre 300.000 euros y tres millones por cortes de luz injustificados y a las anunciadas en Castilla-La Mancha y Arag¨®n. Las nuevas normas auton¨®micas endurecen las condiciones de garant¨ªa de suministro e indemnizaciones, m¨¢s gen¨¦ricas, contempladas en el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre aprobado por el Gobierno central y son una respuesta a la alarma creada en las ¨²ltimas semanas por los cortes de luz que afectaron a cientos de miles de abonados en Catalu?a, Madrid y la Comunidad Valenciana principalmente.
La norma extreme?a precisa que las ¨²nicas causas que justificar¨¢n las interrupciones en el suministro el¨¦ctrico ser¨¢n las denominadas 'de fuerza mayor', derivadas, por ejemplo, por condiciones meteorol¨®gicas. Pero s¨®lo ser¨¢ una excepci¨®n si el fen¨®meno no se ha producido en 10 a?os en la zona afectada por el corte.
Obligaciones
Adem¨¢s, lo que en la norma general del Estado se contempla como potestad del abonado: instalar verificadores de la calidad del suministro, en la normativa extreme?a se convierte en una obligaci¨®n para las compa?¨ªas. Las el¨¦ctricas tendr¨¢n que instalar verificadores de la calidad del suministro por cada 5.000 abonados.
Para interrumpir el servicio y evitar sanciones, Endesa e Iberdrola, que suministran el 85% de la electricidad en la regi¨®n, deber¨¢n solicitar una autorizaci¨®n administrativa a la Junta extreme?a con 72 horas de antelaci¨®n y comunicarlo a todos los afectados con 48 horas de antelaci¨®n.
El anteproyecto de Ley, denominado de Protecci¨®n de la Calidad del Suministro Electrico de la Comunidad Aut¨®noma, adem¨¢s de las sanciones, contempla compensaciones a los usuarios afectados por un servicio deficiente. El consejero de Econom¨ªa del Gobierno que preside Juan Carlos Rodr¨ªguez Ibarra, Manuel Amigo, explic¨® que 'el abonado que sufre esa falta de calidad tendr¨¢ derecho a una reducci¨®n del 20% de la factura mensual por cada corte de una hora, y por cada hora o fracci¨®n de m¨¢s esa reducci¨®n se ir¨¢ incrementado en dos puntos porcentuales'.
La normativa auton¨®mica, a diferencia de lo aprobado a nivel estatal, no establece diferencias entre entornos urbanos y rurales y las compa?¨ªas el¨¦ctricas deber¨¢n tener en cuenta por ello la dispersi¨®n de la poblaci¨®n extreme?a: poco m¨¢s de un mill¨®n de habitantes, asentados en cerca de 500 pueblos y aldeas .
Iberdrola y Endesa son las dos principales compa?¨ªa el¨¦ctricas que operan en Extremadura.Iberdrola detall¨® ayer que el n¨²mero de abonados en la regi¨®n se sit¨²a en 289.000 y su facturaci¨®n se eleva a 114 millones de euros.
La comunidad extreme?a posee dos de las m¨¢s importantes fuentes de generaci¨®n de energ¨ªa de Espa?a: la presa de Alc¨¢ntara y la central nuclear de Almaraz. Sin embargo, se producen situaciones tan curiosas como que Villanueva de la Vera, un pueblo situado a 15 kil¨®metros en l¨ªnea recta de la planta nuclear, sufre continuos cortes de luz, lo que ha llevado a sus habitantes a plantearse reclamar judicialmente indemnizaci¨®n a Iberdrola.
El anteproyecto de ley, que debe ser remitido a la Asamblea extreme?a, se basa, seg¨²n el ejecutivo, en las competencias de la comunidad aut¨®noma sobre comercio interior, de defensa de los consumidores y usuarios y de instalaciones de producci¨®n, distribuci¨®n y transporte de energ¨ªa, 'sin perjuicio de la competencia exclusiva del estado sobre las bases del regimen energ¨¦tico'.
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