Los auditores, frente a la ley
Los casos Enron y Gescartera han puesto en primer plano el debate sobre la responsabilidad de los auditores. El hecho de que ni Andersen ni Deloitte & Touche, respectivamente, advirtieran la situaci¨®n que atravesaban sus respectivos clientes y que en las redes de ¨¦stos quedaran atrapados un buen n¨²mero de accionistas e inversores, ha provocado una crisis de credibilidad de la profesi¨®n.
Este libro viene a sosegar un poco el debate con un an¨¢lisis exclusivamente jur¨ªdico del tema, tanto en Espa?a como en Estados Unidos, Reino Unido, Italia y Alemania. Por eso empieza por aclarar en qu¨¦ consiste la labor del auditor, que es revisar la forma en que una compa?¨ªa lleva sus cuentas y dar una opini¨®n profesional sobre la fiabilidad de su patrimonio y situaci¨®n financiera. En ning¨²n caso entra entre sus funciones la detecci¨®n de irregularidades.
La responsabilidad de los auditores por no detecci¨®n de fraudes y errores
Jos¨¦ Mar¨ªa Garreta Such Marcial Pons Ediciones Jur¨ªdicas y Sociales ISBN 84-7248-947-7
A pesar de ello, la opini¨®n p¨²blica, y m¨¢s ahora que se ha popularizado la inversi¨®n en Bolsa y las nuevas tecnolog¨ªas facilitan el bombardeo de informaci¨®n, est¨¢ convencida de que la firma de un auditor avala la descripci¨®n exacta del negocio. 'Raramente, si es que alguna vez han existido, los colapsos financieros son debidos al trabajo de un auditor', escribe el autor. Esto no quiere decir que estos profesionales gocen de impunidad en su trabajo. Su responsabilidad es de dos tipos: contractual, que se deriva del compromiso que firman con sus clientes, y extracontractual, que afecta a terceros con los que no le une directamente relaci¨®n (accionistas, por ejemplo).
Los l¨ªmites de ¨¦sta var¨ªan de pa¨ªs a pa¨ªs. En Estados Unidos y desde el crack de 1929, los auditores est¨¢n vigilados por la SEC (la comisi¨®n que controla los mercados), que puede sancionarles, y los inversores pueden actuar contra ellos gracias a dos leyes espec¨ªficas (de 1933 y 1934). La m¨¢s utilizada es la segunda, ya que habilita a cualquier accionista para emprender acciones contra ellos, si bien la carga de la prueba corre de su parte.
En la Uni¨®n Europea, cada pa¨ªs entiende de una manera la profesi¨®n auditora, que est¨¢ sometida a controles diferentes. En Espa?a, las leyes no recogen una responsabilidad espec¨ªfica para estos profesionales y la ¨²nica referencia expresa en la Ley de Auditor¨ªa (1988) es que ¨¦stos responden por da?os y perjuicios de forma ilimitada, una responsabilidad que se extiende a la sociedad para la cual trabajan. Sin embargo, la doctrina est¨¢ dividida sobre qui¨¦n puede exigirles da?os y perjuicios por errores. El autor defiende que no pueda hacerlo cualquier inversor, ya que, de lo contrario, el coste ser¨ªa 'insoportable'.
La caza del auditor est¨¢ muy lejos de la realidad espa?ola. Aunque el Instituto de Contabilidad y Auditor¨ªa de Cuentas (ICAC), el organismo del Ministerio de Econom¨ªa del que depende el control t¨¦cnico de la actividad, ha impuesto diversas sanciones a los auditores por realizar mal su trabajo, unas sanciones que no son objeto de an¨¢lisis en el libro, Garreta s¨®lo ha encontrado una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que condena al auditor a pagar a los inversores y a la aseguradora de una agencia de valores en la que hab¨ªa un agujero contable. Los abogados de los auditores alegaron que s¨®lo quienes hab¨ªan encargado la auditor¨ªa pod¨ªan reclamar, pero los jueces obligaron a su cliente a pagar casi 1.500 millones de pesetas.
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