Por encima de las leyes
La vieja tradici¨®n, tan antigua como el poder de su origen divino, y la construcci¨®n inicial por Bodino del concepto de soberan¨ªa como poder supremo y absoluto por encima de las leyes, fue superada en la modernidad desde la revoluci¨®n liberal, que impuso la idea del Estado de derecho. Ya no era el rey quien hac¨ªa la ley, sino la ley quien hac¨ªa al rey. Hoy, incluso, la normofilia, el amor a las leyes, que desencaden¨® esa idea de su supremac¨ªa desde la Ilustraci¨®n, se matiza y se profundiza, y m¨¢s que de Estado de derecho se habla de Estado constitucional, donde el papel supremo lo desempe?a la Constituci¨®n, norma de normas y que no reconoce superior. En las sociedades democr¨¢ticas estas doctrinas inspiran un ordenamiento jur¨ªdico, y toda la cultura pol¨ªtica y jur¨ªdica, sea cual sea su orientaci¨®n ideol¨®gica, parte de esas premisas. La comunidad internacional, en Naciones Unidas o en los dem¨¢s organismos de ¨¢mbito mundial o regional, asumen esas mismas ideas que hoy podemos considerar una opini¨®n com¨²n. Origen democr¨¢tico del poder, basado en el consentimiento y sometimiento al derecho, identifican hoy la legitimidad de ese poder y la justicia de ese derecho.
S¨®lo una discrepancia radical con este consenso aparece en el panorama te¨®rico, desde los fundamentalismos religiosos, desde concepciones del bien comprehensivas y excluyentes que se consideran legitimadas para construir los grandes rasgos de la ¨¦tica p¨²blica desde su verdad. La versi¨®n m¨¢s extrema se presenta en el islamismo radical, que inspira modelos pol¨ªticos como los de Ir¨¢n, o de otras monarqu¨ªas ¨¢rabes como Arabia Saudita, y tambi¨¦n ayudan a sostener a dictaduras m¨¢s cl¨¢sicas, como la de Irak. Quiz¨¢s el modelo m¨¢s ajustado a esta mentalidad de hegemon¨ªa eclesi¨¢stica sea Ir¨¢n, donde existen elecciones democr¨¢ticas, pero donde el poder resultante est¨¢ sometido al control de los jefes religiosos, que son quienes deciden en ¨²ltima instancia.
Es un argumento generalizado explicar esas situaciones por razones hist¨®ricas, ya que en esas culturas no han existido ni el Renacimiento ni la Ilustraci¨®n. As¨ª, no se han producido ni el proceso de liberaci¨®n ideol¨®gica, que condujo a la secularizaci¨®n de las sociedades, ni el de liberaci¨®n pol¨ªtica, que desemboc¨® en la democracia y en el Estado de derecho.
Sin matizar m¨¢s este esquema, que supone explicar las razones de las diferencias que acabamos de se?alar y que el concepto clave para los contenidos de la ¨¦tica p¨²blica de la modernidad, los derechos humanos, tengan un origen europeo y atl¨¢ntico, parece ¨²til comprobar la situaci¨®n de las iglesias cristianas en este problema.
Las grandes iglesias protestantes se han adaptado en la pr¨¢ctica, aunque la Iglesia de Inglaterra siga manteniendo en la teor¨ªa que la cabeza de la misma es la reina. La Iglesia cat¨®lica mantuvo el rechazo de la modernidad hasta finales del siglo XIX, y no se reconcili¨® definitivamente con el liberalismo hasta la enc¨ªclica Pacem in Terris y el Concilio Vaticano II, con el tan querido Juan XXIII y el gran Papa que fue Pablo VI. Una corriente de autores, como Jacques Maritain, entre otros, ayudaron mucho con sus reflexiones a esa reconciliaci¨®n. La vuelta con Juan Pablo II a la aplicaci¨®n del principio 'la verdad nos har¨¢ libres', a la ¨¦tica p¨²blica y la confirmaci¨®n del tomismo como filosof¨ªa perenne, han supuesto una rectificaci¨®n que no es ajena a alguno de los problemas que persisten. La diferente dignidad de creyentes y no creyentes que se desprende del agustinismo pol¨ªtico, tan arraigado a¨²n en la cultura de la Iglesia, o la desigualdad entre hombres y mujeres y entre jerarqu¨ªa y fieles, son elementos decisivos en la persistencia del modelo premoderno. Desde febrero de 2001 rige una nueva Constituci¨®n en el Estado de la Ciudad del Vaticano que sigue sosteniendo, en su art¨ªculo 1?, que el Sumo Pont¨ªfice es el soberano y que ostenta la plenitud de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial. Desde ese punto de vista interno se comprende que sea dif¨ªcil defender todo lo contrario para el punto de vista externo, para la sociedad civil.
La peculiar situaci¨®n de la vinculaci¨®n de la unidad pol¨ªtica, en el siglo XV en Espa?a, con la unidad de la fe y con la persecuci¨®n de los heterodoxos, que se prolonga hasta bien entrado el siglo XIX y renace despu¨¦s de la victoria del levantamiento militar, en julio de 1936, agudiza el problema y aleja a la Iglesia cat¨®lica espa?ola de otras como la francesa o la alemana.
En nuestro pa¨ªs existen muchos signos y muchos gestos de que algunos de los comportamientos fundamentalistas, como la creencia en el valor eminente e insustituible de sus verdades, la diferencia entre justos y pecadores, su superioridad frente a otras culturas, la desigualdad en el tratamiento de las personas -hombres y mujeres o jerarqu¨ªa y fieles-, alimentan muchas reflexiones ex c¨¢tedra de la Iglesia, y tambi¨¦n esa mentalidad de estar por encima de las leyes.
Un primer elemento que lleva a esas conclusiones es la forma de regulaci¨®n de la Iglesia cat¨®lica a trav¨¦s de un tratado internacional con un Estado soberano, al margen de lo establecido con car¨¢cter general para las dem¨¢s iglesias y confesiones. Me refiero a los acuerdos sobre Asuntos Jur¨ªdicos, Asuntos Econ¨®micos, sobre Ense?anza y Asuntos Culturales y otros de 15 de diciembre de 1979. Ya aparece la Iglesia por encima de las leyes internas de Espa?a, rompiendo el principio de igualdad y sin ser mencionada siquiera en la Ley Org¨¢nica de Libertad Religiosa de 1980. Esa forma de la relaci¨®n y de la organizaci¨®n de la Iglesia cat¨®lica espa?ola es dif¨ªcilmente compatible con el principio de aconfesionalidad del art¨ªculo 16 de la Constituci¨®n, como lo es tambi¨¦n que la ense?anza de la religi¨®n deba impartirse 'en condiciones equiparables a las dem¨¢s disciplinas fundamentales'. La Iglesia ha obtenido una victoria amplia en este tema cuando la ministra Del Castillo ha accedido a que la ense?anza de la religi¨®n sea evaluable y a que tenga una alternativa de valores civiles. Es el triunfo del agustinismo pol¨ªtico, tan presente en la cultura de la Iglesia cat¨®lica, con la colaboraci¨®n imprescindible del Gobierno, que acepta la divisi¨®n entre justos y pecadores, propia de la Ciudad de Dios, entre los ni?os y los j¨®venes espa?oles, que estudiar¨¢n el camino de la santidad con el adoctrinamiento religioso o la convivencia civil para los que s¨®lo ven el horizonte de este mundo pecador. Aqu¨ª ya los ni?os cat¨®licos aprender¨¢n a estar por encima de las leyes, exentos de la miseria humana que explica la aparici¨®n de la espada que representa el derecho. Si esta rendici¨®n del Estado se consuma habremos dado en esta materia un paso atr¨¢s gigantesco.
Pero el incumplimiento y la ineficacia no alcanzan s¨®lo al ordenamiento interno espa?ol, sino que se extienden a los propios acuerdos. La Iglesia, con la complicidad de los gobiernos democr¨¢ticos espa?oles, entre ellos el socialista, silencia y enmascara la obligaci¨®n de asignar menos dinero en los Presupuestos Generales del Estado cuando el porcentaje del rendimiento sobre renta o patrimonio que se asigne a la Iglesia pueda sustituirle. En m¨¢s de veinte a?os, ni se ha intentado poner en marcha ni resolver la contradicci¨®n que permite a la Iglesia tener una doble v¨ªa de acceso al dinero p¨²blico. La constante referencia a los acuerdos para el tema de la ense?anza es compatible con un silencio total en esta ¨²ltima cuesti¨®n.
Por supuesto que la Iglesia afirma el respeto a las leyes y al pluralismo pol¨ªtico y que sin duda esa aceptaci¨®n es sincera, pero se acompa?a de algunas creencias muy arraigadas que desvirt¨²an u oscurecen ese acatamiento. Quiz¨¢s una de las primeras es que la moralidad que alimenta y da vida al derecho es la de la moral cristiana y que su apartamiento '...amenaza con hacer del sistema democr¨¢tico un esqueleto sin aliento moral que acabar¨¢ derrumb¨¢ndose por s¨ª mismo'. Esta argumentaci¨®n de Mart¨ªnez Camino, secretario de la Comisi¨®n Episcopal para la Doctrina de la Fe, en un art¨ªculo publicado en Abc en diciembre de 1998, se acompa?a con referencias de apoyo a sus tesis del documento de los obispos espa?oles que titularon Moral y sociedad democr¨¢tica, de febrero de 1996. ?ste es un texto revelador de esos pensamientos subyacentes. S¨®lo citar¨¦ alguno de ellos: '...la libertad florece realmente cuando hunde sus ra¨ªces en la verdad del hombre...'; '...el n¨²cleo de la verdad del hombre que la Iglesia anuncia es que todos estamos llamados a vivir seg¨²n lo que somos: hijos de Dios y hermanos de nuestro pr¨®jimo'; '...Tambi¨¦n la libertad de Dios est¨¢ arraigada en la verdad de su propio ser. Y as¨ª, a su imagen, es como llegamos nosotros a ser verdaderamente libres'. La vinculaci¨®n que hace el texto con la libertad, basada en la verdad sobre el bien y el mal, deslegitima el valor del Estado democr¨¢tico al afirmar que 'el que una ley haya sido establecida por mayor¨ªa o incluso por consenso no basta para legitimarla'; '...el legislador ha de atenerse al orden moral, tan inviolable como la misma dignidad humana, a la que sirven las leyes'. Es evidente que se abren brechas para estar por encima de la ley e incluso se afirma que 'una ley civil que, rebasando los l¨ªmites de su competencia, contradiga la verdad del hombre, no reconociendo sus derechos fundamentales o incluso atropell¨¢ndolos, carece de fuerza obligatoria y no s¨®lo no debe ser obedecida, sino que, no teniendo propiamente el car¨¢cter de ley, crea la obligaci¨®n de conciencia de resistirse a ella'. Rechazar y desobedecer se justifican en este documento por el respeto a los derechos humanos. Despu¨¦s de desconocerlos durante siglos y de negarlos te¨®ricamente, en un juego de enc¨ªclicas que van desde la Mirari Vos (1832) a la Libertas (1880), ahora se trata de apropi¨¢rselos y buscar una explicaci¨®n intelectual que no tiene nada que ver con su origen hist¨®rico real. Uno de los esfuerzos intelectuales m¨¢s consistentes es el que ha hecho el cardenal de Madrid, monse?or Rouco Varela, en un reciente discurso de ingreso en la Academia de Ciencias Morales y Pol¨ªticas, donde fundamenta los derechos humanos en los derechos de Dios. Pero existe un problema serio para esos puntos de vista, y es que el an¨¢lisis de la realidad hist¨®rica los desmiente absolutamente. En todo caso, de este bloque de razonamientos nace tambi¨¦n una perspectiva doctrinal, no siempre consciente, pero muy relevante en la Iglesia, que justifica situarse al margen o por encima de las leyes. Detr¨¢s est¨¢ siempre ese agustinismo pol¨ªtico que desprecia al derecho y que considera que los justos no lo necesitan porque cumplen con creces sus mandatos. En una entrevista a san Agust¨ªn que reproduce la revista Alfa y Omega, en su n¨²mero 148, de enero de 1999, escrito por Antonio Sacci, se dice, poni¨¦ndolo en boca del santo de Hipona, lo siguiente: '...Todos los reinos humanos no son otra cosa que grandes asociaciones para delinquir, una vez que han renunciado a la justicia. La verdadera justicia vive s¨®lo en medio de aquel pueblo cuyo fundador y cabeza es Cristo'. Como se comprende, todos los cat¨®licos receptores de esta doctrina no ver¨¢n, sin duda, a las leyes ni con admiraci¨®n ni con respeto, sobre todo si la publica y apoya una llamada 'Fundaci¨®n San Agust¨ªn', del arzobispado de Madrid, teniendo en cuenta el valor del principio de autoridad en el seno de la Iglesia.
Probablemente estos escenarios intelectuales y estas creencias profundamente arraigadas en la mentalidad de muchos eclesi¨¢sticos explican comportamientos de dif¨ªcil comprensi¨®n en otras mentalidades. Les confieso mi estupor cuando tuve conocimiento de la ceremonia religiosa en una iglesia de Madrid, presidida por el cardenal Rouco, rezando para que un milagro evitase el cumplimiento de una sentencia firme de un tribunal contencioso, para derribar una parte del edificio de esa iglesia, construida ilegalmente. Incumplir la ley y el derecho en ese caso era injustificable, con los grandes argumentos de la ciudad de los santos, porque ¨¦stos hab¨ªan infringido una norma urban¨ªstica. Aparec¨ªan al desnudo intereses terrenales defendidos con grandes argumentos. Una vez m¨¢s los principios eran corrompidos por intereses, o, si se quiere, los intereses eran presentados como principios.
Tambi¨¦n, con este acercamiento, nos explicamos c¨®mo la Iglesia y sus obispos pueden ser tan crueles a veces, vetando a profesores de religi¨®n por razones ajenas al contrato de trabajo, pero vinculados al principio 'la verdad nos har¨¢ libres'. La falta de inter¨¦s en aplicar el ordenamiento espa?ol en esos temas, de la Constituci¨®n a las leyes laborales, parte de esa mentalidad de estar en la ciudad de los justos por encima de las leyes. El Gobierno y el Ministerio de Educaci¨®n son c¨®mplices en la construcci¨®n de un monstruo jur¨ªdico: un contratado pagado por el ministerio y que es designado por la Iglesia para su nombramiento y que es cesado libremente por la Iglesia, por razones ajenas a las legalmente establecidas. Solamente crey¨¦ndose por encima de las leyes se puede defender con tranquilidad una tesis tan aberrante. Pero la profundidad de esa mentalidad est¨¢ tan extendida que algunos jueces, sin ruborizarse, dan por buenos esos criterios, sin comprender su papel y, como dicen los franceses, trabajando para el rey de Prusia.
Finalmente, aunque podr¨ªamos poner otros ejemplos, uno claramente revelador de esa mentalidad de sentirse por encima del derecho aparece cuando en una reciente reuni¨®n, otra vez el cardenal de Madrid, recuerda al Rey que es Su Majestad Cat¨®lica, en la tradici¨®n cristiana de la Monarqu¨ªa espa?ola, y todo eso en presencia del propio monarca. Para el cardenal, ni el car¨¢cter aconfesional del Estado ni la neutralidad religiosa de quien es el ¨®rgano que representa la unidad y la permanencia del Estado, ni la propia libertad religiosa, ni el respeto a la propia conciencia del Rey, ni a los valores constitucionales, son l¨ªmite digno de ser considerado. Habla como si estuviera por encima de la Constituci¨®n y como si nuestro ordenamiento no fuera digno de respeto.
Hay dos mentalidades contradictorias e incompatibles, porque si se asume la democracia liberal hay que asumir tambi¨¦n que ninguna concepci¨®n del bien, tampoco la de la Iglesia cat¨®lica, puede ser el n¨²cleo de la ¨¦tica p¨²blica y, como dice Habermas, que el derecho y el poder democr¨¢ticos no pueden ser juzgados desde la dial¨¦ctica del bien y del mal. Hacer eso compatible con el agustinismo pol¨ªtico y con la idea de que la verdad moral que la Iglesia defiende debe ser la que inspire la ¨¦tica p¨²blica, por encima de las mayor¨ªas y de la soberan¨ªa popular, es un imposible. Son dos concepciones incompatibles y, as¨ª, la afirmaci¨®n de su aceptaci¨®n de la democracia, de sus valores, de sus principios y de los derechos humanos, ser¨¢ pura ret¨®rica oportunista, que no merecen tantos y tantos cristianos que luchan por la dignidad de todas las personas, y tantos y tantos intelectuales creyentes que han luchado tambi¨¦n por la compatibilidad entre el liberalismo pol¨ªtico y la Iglesia cat¨®lica.
Gregorio Peces-Barba Mart¨ªnez es rector de la Universidad Carlos III de Madrid.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.