Rafael Hinojosa resuelve su primer arbitraje en apenas 24 horas
Rafael Hinojosa (Cabra, provincia de C¨®rdoba, 1939), presidente desde hace tres meses del Consejo Econ¨®mico y Social de Catalu?a, ha resuelto su primer arbitraje en apenas 24 horas. Hinojosa, militante de CDC desde 1977, ha sido diputado en el Congreso y en el Parlament.
Los trabajadores, por boca de sus representantes asumieron ayer el laudo, a expensar de lo que decida hoy la asamblea.
La empresa, por su parte, expres¨® tambi¨¦n su satisfacci¨®n por la decisi¨®n, pero, sobre todo, por la prontitud en adoptarla. Una prontitud que el propio Hinojosa justific¨® ayer. Explic¨® que las posiciones eran tan distantes y las actitudes tan enconadas que no ten¨ªa sentido mantener varias reuniones. El laudo establece aumentos diferentes seg¨²n los diversos conceptos por los que los trabajadores reciben los emolumentos.
- Emolumento fijos. El salario anual fijo, compuesto por el salario base y los complementos de puesto de trabajo, presencia, horario partido, nocturnidad, horas extraordinaria y el plus por vacaciones fuera del periodo estival tendr¨¢n un aumento del 3,6% (el 2,7% del IPC m¨¢s 0,9 puntos. Estas partidas afectan por igual a todos los empleados de la compa?¨ªa.
- Ingresos variables. El salario anual variable, compuesto por el plus de cobro (correspondiente a las tareas de cobrador que realizan los conductores), el de polivalencia, el de productividad, la prima de desplazamiento y otros conceptos vinculados al puesto espec¨ªfico de trabajo suben el 2,7% del IPC m¨¢s el 7 puntos.
- Plus de festivos. El plus de trabajo en jornada festiva se incrementa en un 25%. El de fiestas dobladas (compensa el trabajo el d¨ªa de Navidad y el de A?o Nuevo) se establece en 130 euros (21.600 pesetas) frente a los 60 actuales.
- Ayudas y subsidios. La ayuda escolar y para hijos discapacitados y los subsidios por matrimonio y natalidad suben el 2,7% del IPC m¨¢s 2 puntos.
- Vacaciones. La gratificaci¨®n anual por vacaciones queda fijada en 600 euros.
- Trabajadores nuevos. Los trabajadores de nueva incorporaci¨®n percibir¨¢n durante el primer a?o el 80% del complemento del puesto de trabajo; el 90% en el segundo a?o, y el 100% a partir de esa fecha. Esta decisi¨®n acorta en un a?o la percepci¨®n total.
- Vigencia. El laudo tendr¨¢ una duraci¨®n de dos a?os. Ser¨¢ efectivo desde el 1 de enero de 2002 y estar¨¢ en vigor hasta el 31 de diciembre de 2003.
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