Un juez cuestiona el 'decretazo' ante el Tribunal Constitucional
Cree inconstitucional la desigualdad en los salarios de tramitaci¨®n
El juez de lo social de Badajoz Antonio Seoane ha elevado al Tribunal Constitucional una cuesti¨®n de inconstitucionalidad sobre el tratamiento de los salarios de tramitaci¨®n en el decretazo sobre medidas urgentes para la protecci¨®n del desempleo. El juez ha dejado en suspenso la sentencia de un caso de despido acordado tres d¨ªas despu¨¦s de aprobarse la citada norma, al entender que el decretazo vulnera los derechos constitucionales a la igualdad, a la tutela judicial efectiva y al trabajo, y la reforma del despido requiere una ley.
El titular del juzgado de lo social 2 de Badajoz, Antonio Seoane, ha dictado el primer auto que se conoce en Espa?a cuestionando el decretazo por vulneraci¨®n de cuatro preceptos constitucionales, en un caso de despido de un trabajador de Ambulancias Cooperativa Extreme?a S. L., en el que ha sido parte Comisiones Obreras de Extremadura. Los gobiernos del PSOE de Extremadura y Andaluc¨ªa tambi¨¦n han presentado recursos de inconstitucionalidad.
El juez Seoane explica en su resoluci¨®n que antes el despido declarado improcedente conced¨ªa al empleador una opci¨®n entre la readmisi¨®n o el abono de una indemnizaci¨®n resarcitoria. Adem¨¢s, 'en todo caso', cualquiera que fuese el sentido de la opci¨®n deb¨ªa satisfacer los salarios de tramitaci¨®n. Ahora, tras el decretazo, s¨®lo procede el abono de los salarios de tramitaci¨®n si el empleado opta por la readmisi¨®n. Es decir, los salarios de tramitaci¨®n 'pasan a devengarse en unos casos s¨ª y en otros no, radicando en ello la desigualdad en el trato'.
Con la nueva norma, seg¨²n el auto del juez, dos trabajadores despedidos por la misma empresa y en el mismo d¨ªa podr¨¢n ser compensados por despido improcedente 'de diferente manera y con indemnizaciones cualitativa y cuantitativamente distintas'.
Esta diferencia de tratamiento no se hace depender de una decisi¨®n judicial, ni de una decisi¨®n de un tercero, sino 'de la pura y simple decisi¨®n del empresario', lo que constituye una diferencia de trato 'arbitraria' y que no se acomoda al derecho a la igualdad del art¨ªculo 14 de la Constituci¨®n.
Procedimiento trucado
El juez considera que el intento de 'compensar' la falta de salarios de tramitaci¨®n cuando se opte por la indemnizaci¨®n con el devengo desde la fecha del despido de las prestaciones por desempleo resulta 'imposible', ya que salarios de tramitaci¨®n y prestaciones por desempleo son 'inequiparables' tanto por su cuant¨ªa como por el sujeto que las abona.
El juez cuestiona tambi¨¦n la nueva normativa por considerar que infringe el derecho del trabajador a la tutela judicial efectiva del art¨ªculo 24 de la Constituci¨®n. 'El trabajador se ve inmerso en un procedimiento judicial cuya finalizaci¨®n no puede prever'. 'El procedimiento est¨¢ trucado', asegura el juez Seoane, 'en la medida en que la ley determina que sea el empresario el que determine, arbitrariamente, la extensi¨®n de su propia condena, algo verdaderamente ins¨®lito en nuestro ordenamiento. M¨¢s condena si opta por readmitir (salarios de tramitaci¨®n incluidos) o menos condena si opta por indemnizar (salarios de tramitaci¨®n excluidos)'.
El juez agrega que el real-decreto vulnera el derecho al trabajo del art¨ªculo 35 ya que altera de forma sustancial el orden laboral 'al sentar una pol¨ªtica legislativa favorecedora de la extinci¨®n contractual y de que la opci¨®n empresarial se decante por la rescisi¨®n indemnizada'. Y a?ade que la opci¨®n de readmisi¨®n 'se va a convertir, es ya, una opci¨®n meramente formal (...), irreal e ilusoria'.
Tambi¨¦n considera que el Gobierno puede haber infringido la Constituci¨®n al regular por decreto-ley una materia reservada a ley como es el despido.
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