El Tribunal de Cuentas denuncia 'abundantes deficiencias' en el cobro a morosos de Hacienda
Los auditores descubren fallos de la Agencia Tributaria en el seguimiento a los que no pagan
El Tribunal de Cuentas ha destapado 'abundantes deficiencias' en el seguimiento que la Agencia Tributaria, dependiente del Ministerio de Hacienda, hace de contribuyentes que no pagan sus tributos. Por esa v¨ªa, el erario pierde importantes ingresos a cuenta o pagos fraccionados del IRPF, pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades o declaraciones-liquidaciones del IVA. La auditoria del Tribunal de Cuentas sobre la gesti¨®n de la Agencia Tributaria en el control de contribuyentes de 1998 a 1999 recomienda a Hacienda mejorar los m¨¦todos para aumentar la eficacia.
El informe del Tribunal de Cuentas critica la escasa reacci¨®n de la Agencia Tributaria frente a los incumplimientos de los contribuyentes. Los ejemplos son variados:
- Requerimientos. En el caso de los requerimientos, se hall¨® un 28% que no fue notificado ni tuvo actuaci¨®n posterior. El 100% de los requerimientos no atendidos por el contribuyente no fueron reiterados en trimestres posteriores. Analizados los requerimientos no emitidos, el tribunal diagnostic¨® que en un 63% de los casos la omisi¨®n careci¨® de justificaci¨®n basada en 'criterios objetivos'. De este grupo de requerimientos guardados en los cajones de Hacienda, un 26% nunca fue reclamado en campa?as posteriores. El Tribunal de Cuentas advierte 'diferencias de actuaci¨®n no justificadas' al sancionar los incumplimientos entre las distintas oficinas de la Agencia Tributaria: esto se traduce en que no se exigi¨® recargo ni intereses ni sanci¨®n alguna al 7,4% de los incumplidores cazados con carta fuera de plazo, ni al 25% de los morosos fiscales atrapados con requerimiento.
- Impuesto de Sociedades. El 6% de las cartas de aviso desatendidas por los morosos no originaron su preceptiva posterior citaci¨®n en audiencia. Y de las cartas de tr¨¢mite de audiencia, en un 15% no consta su notificaci¨®n. 'En ninguno de estos casos hubo intento de notificaci¨®n por agente tributario o a trav¨¦s del BOE. La falta de notificaci¨®n de las liquidaciones resulta a¨²n menos justificable puesto que se env¨ªan a contribuyentes a los que previamente se ha notificado el tr¨¢mite de audiencia'. Los contribuyentes que no acudieron a audiencia ni se les envi¨® la liquidaci¨®n sumaron un 4%. El 12% de las alegaciones aceptadas al contribuyente moroso carec¨ªan de la autorizaci¨®n del jefe de la dependencia, en contra de lo que exige el manual.
- R¨¦gimen de m¨®dulos. Este procedimiento afecta a los pagos fraccionados del IRPF y declaraciones trimestrales del IVA a cumplir por los contribuyentes.
El 78% de las cartas enviadas y no atendidas no tuvieron ning¨²n seguimiento posterior para cancelar la deuda fiscal sin que se haya justificado tal pasividad. El 17% de los morosos cazados por Hacienda en este grupo no sufri¨®, pese a ser procedente, ni recargo, ni inter¨¦s, ni sanci¨®n.
Dado el peso que estas obligaciones tributarias peri¨®dicas tienen en el conjunto de los ingresos estatales, el Tribunal de Cuentas cuestiona c¨®mo prioriza sus controles la Agencia Estatal de Administraci¨®n Tributaria (AEAT).
'En la medida en que dichas obligaciones tributarias constituyen un pilar fundamental de los gastos p¨²blicos, su posible incumplimiento, en un grado apreciable, podr¨ªa acarrear problemas de tesorer¨ªa y, por ende, mayor necesidad de apelaci¨®n a deuda y gastos por intereses. En este sentido,no es suficiente el control riguroso de los contribuyentes a trav¨¦s de las declaraciones anuales, sino que es imprescindible tambi¨¦n el de las obligaciones peri¨®dicas'.
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