In¨¦dito e inaudito: el decreto de habilitaci¨®n del profesorado
El decreto que regula el acceso a los cuerpos estatales de profesorado universitario es una (si no la) pieza fundamental del desarrollo de la LOU. Su lectura arroja algunas sorpresas considerables y tambi¨¦n confirma algunas de las previsiones.
En primer lugar, porque se lanza el proceso sin haber realizado ninguna reforma de las '¨¢reas de conocimiento', una relaci¨®n sin m¨¢s estructura que el orden alfab¨¦tico; todas con el mismo rango, a pesar de que en unas el n¨²mero de profesores funcionarios llega casi al millar mientras que en otras apenas se supera la decena de miembros. Un concepto, el de ¨¢rea de conocimiento, que sirve para determinar de forma obligatoria y excluyente qu¨¦ asignaturas pueden impartir los profesores que pertenecen a cada una. Aparecidas como anexo al decreto 1888/1984, que regulaba los concursos de profesorado, no ha habido forma de modificar sus funciones, a pesar de diversos intentos de racionalizaci¨®n y flexibilizaci¨®n. Se afirm¨® por parte del actual equipo ministerial que se proceder¨ªa a su reforma, pero se ve que hay tanta prisa para aplicar la mal denominada habilitaci¨®n que se pospone sin fecha.
Dada la creciente complejidad de la investigaci¨®n, es posible que los miembros de un tribunal no tengan conocimiento experto
Se confirma tambi¨¦n la limitaci¨®n de la autonom¨ªa de la universidad en un doble sentido: la obligatoriedad de cubrir una plaza, aunque a juicio de la universidad no haya ning¨²n candidato id¨®neo, as¨ª como que queda en manos del Gobierno el que una plaza salga a habilitaci¨®n, pues es el Gobierno (y no la Comisi¨®n Acad¨¦mica del Consejo de Coordinaci¨®n Universitaria) el que decide qu¨¦ plazas son convocadas a habilitaci¨®n 'en funci¨®n' (?logar¨ªtmica, cuadr¨¢tica, parda -de gram¨¢tica-?) de las solicitadas por las universidades.
La regulaci¨®n de las pruebas de la mal llamada habilitaci¨®n merece alguna reflexi¨®n. Aparte de recuperar, cuando hay unos 500 millones de internautas, la nost¨¢lgica prueba de la 'encerrona' memor¨ªstica, se requiere de los candidatos la defensa de un trabajo de investigaci¨®n. Esta prueba, junto con el an¨¢lisis del curr¨ªculo investigador del candidato, debe permitir al tribunal enjuiciar la capacidad para realizar y dirigir investigaci¨®n, condici¨®n indispensable para ejercer adecuadamente el empleo de profesor universitario. Esto ¨²ltimo, todo muy correcto.
La prueba se describe, literalmente, as¨ª: deber¨¢ exponer ante el tribunal (la 'comisi¨®n', en lenguaje pol¨ªticamente correcto) 'un trabajo original e in¨¦dito de investigaci¨®n, realizado por el mismo, solo o en equipo, en este ¨²ltimo caso como director de la investigaci¨®n, lo que deber¨¢ quedar documentalmente certificado'. A continuaci¨®n la comisi¨®n debatir¨¢ con el candidato durante dos horas, como m¨¢ximo, todos los aspectos que considere relevantes.
Los problemas empiezan, sin embargo, ah¨ª mismo. En efecto, el trabajo a defender debe estar realizado. Lo que en nuestro pa¨ªs supone no poca dificultad. La pol¨ªtica de fomento de la investigaci¨®n del Gobierno, que no tiene la (mala) excusa de los anteriores de la crisis econ¨®mica, hace que en Espa?a no sea f¨¢cil tener los recursos para realizar investigaci¨®n. Basta recordar el ¨ªnfimo porcentaje del PIB que se destina, y es importante destacar que de este porcentaje casi un 50% se dedica al desarrollo de armas militares.
Si se toma el a?o 1990 como referencia, se puede constatar c¨®mo en el periodo transcurrido se han dejado de invertir en investigaci¨®n cient¨ªfica m¨¢s de 750.000 millones de pesetas. Hay una gran responsabilidad de los gobiernos en haber creado un enorme d¨¦ficit de presente y de futuro. Si alguien se cree el insolidario concepto de 'd¨¦ficit cero' del actual Gobierno, le bastar¨ªa leer los titulares de prensa sobre las estrategias de las multinacionales, por ejemplo del autom¨®vil, para darse cuenta de cu¨¢l es la realidad.
Grandes ¨¢reas de la investigaci¨®n b¨¢sica, especialmente en los ¨¢mbitos de las humanidades y de las ciencias sociales, tienen dificultades hist¨®ricas, ya que a la limitaci¨®n de recursos se suman las prioridades de los planes de investigaci¨®n (espa?ol y europeo). En el caso de los aspirantes a ser profesores titulares hay que a?adir las dificultades de haber sido director de la investigaci¨®n, normalmente realizada en equipo, desde una posici¨®n previa m¨¢s bien precaria (ayudante, becario, contratado, excepci¨®n hecha de los Ram¨®n y Cajal). Una consecuencia perversa, que se dar¨¢ y que ya se da en alg¨²n caso, ser¨¢ la atomizaci¨®n artificial de los equipos solicitantes de proyectos, con el fin de haber sido 'investigador principal' y, por tanto, director de un trabajo. Si a todo lo anterior se le a?ade la imposici¨®n de una ideolog¨ªa religiosa ultraconservadora en los planes de investigaci¨®n, el panorama no es muy alentador. Por cierto, todav¨ªa no se ha hecho p¨²blico un comunicado de los responsables de prohibir la investigaci¨®n con c¨¦lulas madre embrionarias comprometi¨¦ndose a no utilizar, ni ellos ni las personas que dependan de ellos, medicamentos o t¨¦cnicas derivadas de los desarrollos de esa investigaci¨®n (el ejemplo de Nancy Reagan deber¨ªa ser tenido en cuenta).
La cuesti¨®n de la originalidad se presta asimismo a una rica casu¨ªstica, en el sentido de en qu¨¦ grado debe de aplicarse dicho concepto en un mundo de una ingente producci¨®n internacional, en donde los trabajos siempre (o casi) tienen precedente. Obviando otras definiciones de original que no vienen al caso (o tal vez s¨ª), el Diccionario de la Real Academia Espa?ola (DRAE, 22? edici¨®n) da las siguientes acepciones: 'Dicho de una obra cient¨ªfica, art¨ªstica, literaria o de cualquier otro g¨¦nero: que resulta de la inventiva de su autor', o bien 'que tiene, en s¨ª o en sus obras o comportamiento, car¨¢cter de novedad'. ?Cu¨¢les son los criterios para que un tribunal valore como original un trabajo? ?En qu¨¦ medida, en qu¨¦ ¨¢mbito geogr¨¢fico, o la aplicaci¨®n a una nueva circunstancia de alg¨²n principio o m¨¦todo ya conocido, es suficiente para que un tribunal conceda el car¨¢cter de 'original' a un trabajo? Ya se ve que puede tener un fuerte componente de juicio personal por parte de los miembros del tribunal, con posibles consecuencias de inseguridad, recursos, etc¨¦tera.
Pero donde salta la sorpresa es con la tercera caracter¨ªstica: debe ser 'in¨¦dito'. Una r¨¢pida consulta al DRAE, y encontramos: 'in¨¦dito: 1. Escrito y no publicado. U. t. c. s. 2. Dicho de un escritor: Que a¨²n no ha publicado nada. 3. Desconocido, nuevo'. Seg¨²n el Diccionario del Espa?ol Actual de Manuel Seco et al. (1999), in¨¦dito quiere decir '1. No publicado' (ejemplo: 'Los trabajos, en castellano, originales e in¨¦ditos, con una extensi¨®n m¨ªnima de cincuenta versos'.). '2. Desconocido o no descubierto hasta el momento'.
Busco inmediatamente el significado de la primera palabra (publicable) que me ha venido a la cabeza: ?inaudito! Y encuentro en la misma magn¨ªfica obra 'que causa asombro por ins¨®lita, atrevida o falta de l¨®gica'.
La redacci¨®n de esta parte del decreto parece haberse tomado literalmente de la convocatoria de un concurso literario o art¨ªstico, tal como en el ejemplo del Seco, en lugar de ser acorde con la pr¨¢ctica cient¨ªfica al uso. En efecto, no hay mejor garant¨ªa de la calidad de un trabajo de investigaci¨®n que el que haya estado publicado en una revista sometida a revisi¨®n previa por pares, expertos en el mismo campo del trabajo. Y cuanto m¨¢s duros son los criterios de revisi¨®n, lo que suele querer decir que lo han analizado m¨¢s 'censores', m¨¢s garant¨ªa. Y cuanto m¨¢s difusi¨®n, y por tanto m¨¢s conocido y menos in¨¦dito es el trabajo, m¨¢s garant¨ªa de calidad. ?No se trata de esto?
?Puede alguien imaginar esta escena? El aspirante a una plaza re¨²ne a sus colaboradores y les anuncia que a partir de ahora y hasta que ¨¦l o ella sea catedr¨¢tico o titular, que se olviden de publicar ni de comunicar sus resultados en un congreso, ni siquiera de ponerlos en Internet (a pesar de que la urgencia por publicar y comunicar est¨¦ haciendo proliferar las revistas en formato electr¨®nico). Que esperen a su propia progresi¨®n como pedir una beca, un proyecto o leer su tesis doctoral a que el 'jefe' tenga ¨¦xito en su intento habilitador. El propio jefe entra en un c¨ªrculo vicioso, pues, de no publicar, no conseguir¨¢ proyectos, ?ni tramos de investigaci¨®n! Cosa llamativa dada la importancia que se da en la propia LOU a la posesi¨®n de dichos tramos, por ejemplo para poder ser miembro de tribunales de selecci¨®n del profesorado.
Adem¨¢s, dada la creciente complejidad y especializaci¨®n de la investigaci¨®n cient¨ªfica, es muy posible que los miembros de un tribunal no tengan conocimiento experto ni tiempo suficientes para poder juzgar la calidad (e incluso la veracidad) de un trabajo de investigaci¨®n, especialmente en ¨¢reas de conocimiento que cubren dominios muy amplios, otro defecto del actual cat¨¢logo.
Da la impresi¨®n de que el redactado del decreto responde m¨¢s a un gesto autoritario, que tanto gusta al actual Gobierno y a su ministra, la peor valorada en las encuestas de opini¨®n, que a un proceso m¨¢s reflexivo sobre c¨®mo regular un procedimiento que en muchos pa¨ªses es tan simple como la entrevista con los responsables de la universidad y el estudio del curr¨ªculo (publicaciones ?no in¨¦ditas!), seguidos de un periodo de prueba y no de una situaci¨®n vitalicia de forma inmediata.
Como en otros aspectos de la pol¨ªtica del actual Gobierno, parece que se da prioridad a la cuesti¨®n de principios en lugar de actuaciones m¨¢s pragm¨¢ticas que den resultados m¨¢s positivos para las personas. S¨®lo as¨ª se pueden entender las urgencias de la ley en cuestiones m¨¢s 'esencialistas', mientras se marginan o posponen otros m¨¢s importantes o b¨¢sicos para los universitarios. Me refiero en concreto a la falta de avances en la participaci¨®n espa?ola en cuanto a la aproximaci¨®n a la estructura del espacio europeo de educaci¨®n superior. En un reciente seminario, el representante de una importante universidad de Flandes expresaba su preocupaci¨®n porque sus primeros titulados 'bolonizados' no saldr¨ªan hasta el 2006, ya que piensa que ello les puede causar perjuicios frente a los titulados de pa¨ªses, como Italia, por ejemplo, que lo har¨¢n antes. La falta de sincron¨ªa causar¨¢ problemas a la movilidad de estudiantes entre los pa¨ªses de la Uni¨®n, de reconocimiento de cr¨¦ditos, etc. La convergencia hacia el espacio europeo requiere un enorme esfuerzo (y recursos econ¨®micos) y una acci¨®n decidida y comprometida de universidades y gobiernos. El problema est¨¢ en tener como prioridad a nuestros estudiantes y su futuro.
Carles Sol¨¤ es catedr¨¢tico de Ingenier¨ªa Qu¨ªmica de la Universitat Aut¨°noma de Barcelona, ha sido rector de este centro y es miembro del Comit¨¦ Ejecutivo de la European University Association.
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