La juez del caso contra las tabaqueras considera tambi¨¦n responsable al Estado
La magistrada afirma que los afectados enfermaron cuando el tabaco era un monopolio p¨²blico
La juez que instruye la demanda civil planteada por la Junta de Andaluc¨ªa contra Altadis y otras seis compa?¨ªas tabaqueras para reclamar el pago de la atenci¨®n sanitaria de los enfermos del tabaco considera en un auto dictado a instancia de los demandados que el Estado debe tomar parte en el proceso al haber sido titular del monopolio en la fecha que la que los pacientes de la Junta andaluza enfermaron. Por ello, la juez ha planteado a la instancia superior que decida incluir al Estado como demandado y que la demanda pase a la jurisdicci¨®n contencioso-administrativa.
Concepci¨®n Rodr¨ªguez Gonz¨¢lez del Real, titular del Juzgado de Primera Instancia n¨²mero 68 de Madrid, afirma en su auto que, 'hasta 1998, en Espa?a (...) las actividades de fabricaci¨®n y distribuci¨®n del tabaco han sido actividades monopolizadas por el Estado'. Entiende la juez que la demanda presentada por la Junta para reclamar el pago de una indemnizaci¨®n de 1,77 millones de euros por los costes derivados de los tratamientos sanitarios a 135 pacientes con enfermedades causadas por el tabaco debe incluir como demandado al Estado, ya que en la fecha en la que muchas de esas personas enfermaron la Administraci¨®n central monopolizaba esa actividad.
La juez resuelve con este auto un recurso de Altadis, SA -una de las empresas demandadas por la Junta de Andaluc¨ªa-, en el que se sosten¨ªa que la antigua Tabacalera, en manos del Estado, era una empresa estatal que fue como m¨ªnimo 'equiparable a un servicio p¨²blico'. La juez sostiene ante este razonamiento que la Administraci¨®n podr¨ªa quedar afectada en la resoluci¨®n de la demanda del Gobierno andaluz y que los tribunales deben velar por la presencia en los juicios de quienes puedan resultar afectados por el fallo y evitar as¨ª sentencias contradictorias.
Asimismo, la magistrada concluye que no es posible juzgar la demanda de la Junta andaluza por la v¨ªa civil y que ¨¦sta ha de dirigirse por la instancia contencioso-administrativa, y que la simple presencia de Altadis, SA, como codemandada justifica dicha competencia contencioso-administrativa.
Tras la firma de este auto, de fecha 29 de julio pasado, la Junta de Andaluc¨ªa ha presentado un recurso ante la propia instancia, en el que argumenta la validez de su demanda en la v¨ªa civil. Para ello, los servicios jur¨ªdicos de la Junta andaluza argumentan que el hecho de que el Estado ejerciera en la actividad tabaquera un monopolio de car¨¢cter fiscal o recaudatorio no implica ni el monopolio de fabricaci¨®n ni la distribuci¨®n de las cajetillas de cigarrillos.
Entiende la Junta que 'es inconcebible que la jurisdicci¨®n civil pueda declararse incompetente por estimar que existe concurrencia de causas con la Administraci¨®n, sobre todo cuando dicha circunstancia es discutible y a veces s¨®lo podr¨¢ apreciarse en sentencia'.
El segundo argumento de rechazo esgrimido por la Junta andaluza es el de que el Estado act¨²a y actu¨® durante la etapa de monopolio como simple recaudador y que en ning¨²n caso actu¨® como un 'servicio p¨²blico'.
'Tal monopolio [alega la Junta] ten¨ªa y tiene en la actualidad, aun cuando s¨®lo con alcance de minorista, un car¨¢cter netamente fiscal: el inter¨¦s p¨²blico de los servicios p¨²blicos no se hallaba ni se halla en la prestaci¨®n de una actividad de comercializaci¨®n del tabaco, sino en la obligaci¨®n de una renta con la que nutrir los Presupuestos Generales del Estado'.
Por ¨²ltimo, la Junta de Andaluc¨ªa entiende que, aunque se admita que el Estado debe formar parte de la demanda, en calidad de responsable del da?o causado, esto no anula la v¨ªa civil de reclamaci¨®n de indemnizaciones presentada por el Gobierno aut¨®nomo andaluz. Apoya esta ¨²ltima causa en la abundante jurisprudencia del Tribunal Supremo que permitir¨ªa actuar a la justicia en una doble v¨ªa, la civil para depurar la responsabilidad de las siete empresas tabaqueras demandadas y la contencioso-administrativa para determinar la responsabilidad del Estado en esta causa.
La demanda de la Junta de Andaluc¨ªa fue presentada contra Altadis, Tabacco Canary Island, Philip Morris Spain, JT Internacional, CITTA, Tabacos de Canarias y British American Tabacco, y es la primera que se plantea desde una administraci¨®n en Europa. El caso fue admitido a tr¨¢mite ¨¦l 26 de marzo.
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