Una mutua excluye al compa?ero sentimental de un funcionario
Muface niega la ayuda sanitaria porque no hay convivencia marital
El Ministerio de Administraci¨®n P¨²blicas, a trav¨¦s del servicio provincial de Alicante de Muface -mutua que atiende a los funcionarios-, rechaz¨® extender la cobertura sanitaria al compa?ero sentimental de un trabajador p¨²blico con el argumento de que, frente a las parejas de hecho formadas por hombre y mujer, no existe convivencia marital entre dos hombres y, en consecuencia, no proced¨ªa la prestaci¨®n del servicio sanitario.
A Pedro, de 33 a?os, no se le ocurri¨® pedir la cobertura sanitaria de la aseguradora de su pareja, Juan -nombre supuesto como el anterior- empleado de correos de 39, hasta que acudi¨® a un centro de salud de Alicante, donde residen. All¨ª, la asistente social le coment¨® que como su compa?ero estaba asegurado a trav¨¦s de la mutua Muface y formaban una pareja de hecho, lo mejor ser¨ªa que se le incluyera como beneficiario. As¨ª lo hizo en agosto pasado. Pero menos de un mes m¨¢s tarde, recibieron una notificaci¨®n del Ministerio de Administraciones P¨²blicas anulando la notificaci¨®n inicial.
La aseguradora se acoge en su escrito al R¨¦gimen General de la Seguridad Social para justificar su decisi¨®n. Esta normativa exige para extender la condici¨®n de beneficiario en el caso de que no sea su c¨®nyuge que el asegurado y su pareja 'convivan maritalmente (...) en los t¨¦rminos y condiciones que prev¨¦ la legislaci¨®n vigente para el c¨®nyuge'. Y a?ade: 'la legislaci¨®n vigente no contempla el caso de que pueda haber matrimonio en personas del mismo sexo y que, por tanto sean rec¨ªprocamente c¨®nyuges'. Tampoco 'se prev¨¦ legalmente la existencia de una convivencia marital en estos casos denominados parejas de hecho'. Por el contrario, apunta, s¨ª se da este tipo de convivencia 'equiparable al matrimonio contemplado en el c¨®digo civil vigente' en las parejas de hecho formadas por hombre y mujer. Pero no en las parejas de hecho integradas por dos hombres.
Pedro y Juan se inscribieron en el registro auton¨®mico de parejas de hecho el 28 de enero de este a?o, despu¨¦s de haber estado conviviendo juntos desde hace dos a?os. Meses antes, se conocieron a trav¨¦s de internet. La relaci¨®n creci¨® hasta que Pedro decidi¨® abandonar su pa¨ªs, Argentina, para vivir junto a Juan en Alicante.
Al valor de la formalizaci¨®n de su relaci¨®n a trav¨¦s de la inscripci¨®n en el registro de parejas de hecho de la Consejer¨ªa de Administraciones P¨²blicas tambi¨¦n se refiere la argumentaci¨®n ofrecida por la aseguradora. Apunta que la inscripci¨®n en un registro p¨²blico de una situaci¨®n de parejas de hecho tiene un valor probatorio o acreditativo ante otra administraci¨®n p¨²blica 'siempre que se den los requisitos establecidos en la legislaci¨®n para dar la cobertura de asistencia sanitaria por Muface y el R¨¦gimen General de la Seguridad Social', lo que cuestiona.
Para Javier Botey, el abogado que ha presentado un recurso administrativo contra esta decisi¨®n, la resoluci¨®n del Ministerio no se sostiene. De un lado porque el registro de parejas de hecho auton¨®mico exige un a?o de convivencia a las parejas para poderse inscribir y exige el aval de dos testigos para certificar la veracidad de este tiempo. Pero sobre todo es una decisi¨®n equivocada porque se trata de una 'discriminaci¨®n injustificada' ya que niega a una persona extender los derechos, en este caso los sanitarios, que tienen no s¨®lo los matrimonios, sino las propias parejas de hecho formadas por hombre y mujer. Junto a ello lamenta que existan legislaciones distintas sobre los mismos temas.
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