El Parlamento aprueba la ley que garantiza una muerte digna
El Ejecutivo consigue sacar adelante su primera norma en a?o y medio de legislatura
El Parlamento vasco aprob¨® ayer la Ley de Voluntades Anticipadas, la primera que consigue sacar adelante el Ejecutivo en el a?o y medio que ha transcurrido de la actual legislatura. Todos los partidos apoyaron el texto, aunque el PP se abstuvo en la votaci¨®n de los art¨ªculos que hab¨ªa enmendado sin ¨¦xito, y que no afectaban al fondo sino a la forma.
Esta Ley de Voluntades Anticipadas, tambi¨¦n conocida como el testamento vital, llega poco despu¨¦s de que el Congreso de los Diputados apruebe una ley de caracter¨ªsticas similares. La norma vasca permitir¨¢ a los ciudadanos tener una muerte digna al crear un registro en el que cualquier persona mayor de edad podr¨¢ dejar constancia de su rechazo a que se le prolongue la vida de manera artificial en caso de padecer una grave enfermedad de car¨¢cter irreversible. En ese documento, los ciudadanos podr¨¢n dar instrucciones sobre los tratamientos que rechaza de antemano ante situaciones terminales.
La Ley aprobada por el Parlamento recoge tres opciones para plasmar esta voluntad: formalizar el documento ante notario, ante tres testigos o ante el funcionario que gestione el Registro de Voluntades Anticipadas. Cuando el documento no haya sido inscrito en este registro deber¨¢ entregarse en el centro sanitario donde el paciente vaya a ser atendido. El enfermo podr¨¢ designar a un interlocutor para hacer cumplir su ¨²ltima voluntad ante los m¨¦dicos cuando se encuentre incapacitado. La normativa permitir¨¢ unificar los diferentes registros que en la actualidad existen en varios ayuntamientos para acabar con esa desigualdad y con la inseguridad jur¨ªdica que provoca esta situaci¨®n.
La voluntad del paciente no ser¨¢ tenida en cuenta cuando sea contraria a las leyes que est¨¢n en vigor, como la eutanasia activa. Este procedimiento conlleva causar la muerte a un enfermo que expresamente lo ha pedido cuando se enfrenta a una muerte pr¨®xima, inevitable dolorosa o cuando su calidad de vida es p¨¦sima y ni siquiera est¨¢ en condiciones f¨ªsicas de suicidarse. Los m¨¦dicos tambi¨¦n tienen prohibido aplicar un tratamiento que resulte contraindicado para la buena evoluci¨®n de la enfermedad.
El precedente de la norma vasca y de la estatal est¨¢ en Catalu?a, una comunidad donde las asociaciones a favor de la eutanasia y la muerte digna cuentan con una presencia importante.
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