Altadis precisa que el precio del tabaco entre 1989 y 1998 no depend¨ªa s¨®lo de los fabricantes
La compa?¨ªa Altadis precis¨® ayer que la determinaci¨®n de precios del tabaco entre 1989 y mayo de 1998 y la fecha en que dichos cambios eran efectivos, cuando entr¨® en vigor la actual Ley de Ordenaci¨®n del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, no depend¨ªa "de la exclusiva voluntad de fabricantes e importadores".
Esa precisi¨®n se produce a ra¨ªz de que el fiscal jefe de la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n, Carlos Jim¨¦nez Villarejo, haya enviado un oficio al fiscal general del Estado, Jes¨²s Cardenal, en el que da cuenta de que se desliz¨® "un error" material en relaci¨®n con el art¨ªculo 3 de la ley 38/1985 de monopolio de tabaco, en el que se analizaban las circunstancias de la operaci¨®n de compra y venta de acciones de Tabacalera por parte de su entonces presidente, C¨¦sar Alierta.
A trav¨¦s de un comunicado, Altadis, en donde est¨¢ integrada la antigua Tabacalera desde 1999, afirma que no existe tal error, ya que hasta 1998, que se liberaliza el tabaco, hab¨ªa limitaciones para que las empresas pudieran subir precios, y por tanto no era posible que ning¨²n fabricante, y por tanto tampoco Alierta, pudiera decidir la subida.
Cardenal asegur¨® en su informe que Alierta, actual presidente de Telef¨®nica, no pudo disponer de informaci¨®n privilegiada acerca de las subidas del precio del tabaco al ser una competencia reservaba al Gobierno de acuerdo con una ley que, sin embargo, fue derogada en 1988.
Competencia del Gobierno
Hasta 1989, seg¨²n precisa Altadis, la ley del Monopolio fiscal de Tabacos de diciembre 1985, en la que se ampar¨® Cardenal, reservaba al Gobierno la competencia de fijar los precios bas¨¢ndose en las propuestas de los fabricantes. Esta norma fue modificada en 1989, cuando se estableci¨® que fueran las empresas tabaqueras las encargadas de decidir las subidas, si bien el Ministerio de Econom¨ªa y Hacienda podr¨ªa decidir en el plazo m¨¢ximo de un mes la fecha efectiva de su entrada en vigor, as¨ª como aplicar la normativa sobre control de precios.
Altadis recuerda que en 1998 la ley de Ordenaci¨®n del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, actualmente en vigor, suprime cualquier referencia a la legislaci¨®n de control de precios, "subsistiendo ¨²nicamente la facultad del comisionado del Mercado de Tabaco de decidir, dentro del plazo m¨¢ximo de un mes, la fecha de entrada en vigor".
La Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n acord¨® el pasado mes de enero investigar la actuaci¨®n de un sobrino de C¨¦sar Alierta por la presunta utilizaci¨®n de informaci¨®n privilegiada en una compra-venta de acciones de la tabaquera en 1997 antes de que fuera privatizada dos a?os despu¨¦s. Jes¨²s Cardenal decidi¨® desestimar la propuesta de querella de la Fiscal¨ªa Anticorrupci¨®n al considerar que no hizo uso de informaci¨®n privilegiada puesto que los datos de que dispuso hab¨ªan sido ya divulgados por los medios de comunicaci¨®n.
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