Los operadores recurren cinco de las condiciones impuestas por el Gobierno
Las empresas piden que se anulen la fijaci¨®n de precios y la duraci¨®n de las limitaciones
Sogecable y Telef¨®nica presentaron ayer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo instando a la anulaci¨®n de cinco condiciones de las 34 impuestas por el Consejo de Ministros el pasado 29 de noviembre. Las restricciones recurridas, entre ellas la fijaci¨®n de precios y la duraci¨®n de las limitaciones, podr¨ªan "dificultar el futuro desarrollo" de la nueva compa?¨ªa. Afectan a la pol¨ªtica de precios, la comercializaci¨®n y distribuci¨®n de contenidos y a los acuerdos estrat¨¦gicos. Se admite el l¨ªmite de tres a?os para los derechos de f¨²tbol y cine.
Del cat¨¢logo de exigencias impuestas, Sogecable y Telef¨®nica instan a la anulaci¨®n de aquellas que "no impedir¨ªan la libre competencia entre los operadores". Las condiciones que se recurren son de ¨¢mbito general, mientras que se aceptan las 10 relativas a los derechos audiovisuales del f¨²tbol. Son las siguientes:
- Fijaci¨®n de precios. Los nuevos socios entienden que la pol¨ªtica de fijaci¨®n de precios desde el Ejecutivo dificulta la viabilidad de la compa?¨ªa. Esta limitaci¨®n obliga a Sogecable a congelar las tarifas durante 2003 y establece una ecuaci¨®n (IPC - X) durante cuatro a?os que dejar¨ªa al Gobierno la posibilidad de controlar los precios de la operadora discriminadamente. Los precios ser¨ªan determinados anualmente por el Servicio de Defensa de la Competencia, previo informe de la Comisi¨®n del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT). Tal intervenci¨®n de precios sit¨²a, de hecho, a la televisi¨®n al nivel que otros servicios p¨²blicos de car¨¢cter esencial, como la telefon¨ªa, la electricidad o el gas. (Condici¨®n decimoctava).
- Distribuci¨®n. Los dos operadores de televisi¨®n de pago reclaman, asimismo, que se anule la obligaci¨®n de Sogecable a abrir un n¨²mero de canales (equivalente al menos al 20% de los actualmente emitidos por la plataforma) a terceras empresas diferentes a aquellas que ya viniesen operando a trav¨¦s de Canal Sat¨¦lite Digital con anterioridad a la fusi¨®n. "Se entender¨¢ por terceros operadores aquellos programadores de contenidos audiovisuales de calidad adecuada no controlados por Sogecable o sus socios de referencia, bien directamente o bien a trav¨¦s de empresas en participaci¨®n". (Primera).
- Comercializaci¨®n. Tambi¨¦n recurre la condici¨®n que impide a Sogecable comercializar conjuntamente la oferta televisiva con la de acceso a Internet de banda ancha de Telef¨®nica o, en su caso, la del proyecto Imagenio. (Decimotercera).
- Acuerdos estrat¨¦gicos. Otra de las restricciones recurridas hace referencia a los acuerdos estrat¨¦gicos. El Gobierno especificaba que tanto Sogecable como cualquiera de las empresas que ostenten su control o las controladas por ella no podr¨¢n suscribir acuerdos o alianzas de car¨¢cter estrat¨¦gico con cualquier empresa de Telef¨®nica, y viceversa, en el ¨¢mbito de los medios de comunicaci¨®n que excedan o no se correspondan con los incluidos en la operaci¨®n de integraci¨®n de las televisiones de pago. (Decimonovena).
- Duraci¨®n de las limitaciones. Las plataformas piden que se anule la duraci¨®n de las citadas condiciones de cinco a?os. Esta limitaci¨®n est¨¢ recogida en la condici¨®n vigesimocuarta, que fija la duraci¨®n para todas las condiciones excepto para aqu¨¦llas que especifiquen uno distinto. Es el caso de los derechos del f¨²tbol y del cine, para los que se fijan tres a?os, as¨ª como la fijaci¨®n de precios, de cuatro. En el caso de condici¨®n decimotercera, explica que ser¨¢n de obligado ucmplimiento mientars Telef¨®nica mantenga m¨¢s del 3% del capital, con un plazo m¨¢ximo de cinco a?os.
Entre las restantes exigencias, admitidas por los socios, figura la obligaci¨®n de emitir a trav¨¦s de la nueva plataforma canales tem¨¢ticos informativos producidos por otros operadores, la comercializaci¨®n a terceros de un canal canal premium y de canales tem¨¢ticos producidos por empresas de Sogecable en condiciones "equitativas, transparentes y no discriminatorias".
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