El familiar que desatienda a un discapacitado no podr¨¢ recibir su herencia
Sin cuidados, no habr¨¢ herencia. A falta de testamento, los familiares que hayan dejado de atender debidamente a una persona discapacitada no podr¨¢n heredar de ella. As¨ª lo establece el Proyecto de Ley de Protecci¨®n Patrimonial de las Personas con Discapacidad, aprobado ayer por el Gobierno. El texto incluye la regulaci¨®n, por primera vez en el C¨®digo Civil, del contrato de alimentos. Permite que una persona suministre alojamiento, manutenci¨®n y cuidados a otra de forma vitalicia a cambio de un capital mueble o inmueble. El PSOE valora esta ley.
El proyecto de ley, que previsiblemente llegar¨¢ al Congreso antes del verano, introduce cambios notables en el derecho sucesorio. As¨ª, permite a los padres que lo deseen dejar todos sus bienes s¨®lo a un hijo si ¨¦ste es minusv¨¢lido y un juez le ha incapacitado (ver EL PA?S del 12 de febrero). Hasta ahora, en general, todos los hermanos tienen derecho a recibir, a partes iguales, al menos un tercio de la herencia paterna (la leg¨ªtima). El ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Eduardo Zaplana, cree que nadie recurrir¨¢ ante los tribunales esta "discriminaci¨®n positiva", seg¨²n manifest¨® a este peri¨®dico. Los padres tambi¨¦n podr¨¢n donar la vivienda familiar al hijo discapacitado de forma que ¨¦sta quede excluida de la leg¨ªtima.
En la conferencia de prensa posterior al Consejo de Ministros, Zaplana asegur¨® que la creaci¨®n del patrimonio protegido del discapacitado (otra novedad de esta ley "absolutamente pionera en Europa") tendr¨¢ como "beneficiarios potenciales" a 1.067.873 personas con discapacidad ps¨ªquica superior al 33% y a otras 377.824 con carencias f¨ªsicas o sensoriales del 65%. Esta figura es una especie de hucha con ventajas fiscales (deducci¨®n de hasta 8.000 euros anuales y desgravaciones) a la que pueden contribuir familiares y empresas. Con ella se busca asegurar medios de vida a la persona con discapacidad.
Renta vitalicia regulada
El Ministerio Fiscal estar¨¢ encargado de supervisar la administraci¨®n de los patrimonios protegidos, que deber¨¢n inscribirse en un registro espec¨ªfico que establecer¨¢ el Ministerio de Trabajo. El creador de este patrimonio podr¨¢ confiar su administraci¨®n a instituciones sin ¨¢nimo de lucro.
El proyecto de ley tambi¨¦n incluye la regulaci¨®n, por primera vez en el C¨®digo Civil, del contrato de alimentos. Orientado a las personas con dependencia o discapacidad, ampl¨ªa las posibilidades de la renta vitalicia.
Por este contrato, "una de las partes se obliga a proporcionar vivienda, manutenci¨®n y asistencia de todo tipo a una persona durante su vida, a cambio de la transmisi¨®n de un capital en bienes muebles o inmuebles", seg¨²n el proyecto. La extensi¨®n y la calidad de la prestaci¨®n "no depender¨¢ de las vicisitudes del caudal" de la persona obligada ni de las del beneficiario.
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