El tribunal econ¨®mico anula tres actas que abri¨® Hacienda a N¨²?ez y Navarro
El Estado reclamaba 285 millones de pesetas por diversos impuestos
El Tribunal Econ¨®mico Administrativo Regional (TEAR) de Catalu?a ha dictado tres sentencias que anulan otras tantas actas levantadas desde 1998 por la inspecci¨®n de Hacienda al grupo inmobiliario N¨²?ez y Navarro por impuesto de sociedades e IVA. Las actas reclamaban 285 millones de pesetas (1,71 millones de euros) por discrepancias en los criterios aplicados para lograr exenciones tributarias por reinversiones realizadas entre empresas de ese grupo constructor. Dos de las sentencias ya son firmes y otra ha sido recurrida por Hacienda.
Adem¨¢s de estas tres actas ya resueltas, el TEAR, un tribunal administrativo que depende de Hacienda, tiene pendientes de sentencia otras dos actas levantadas por impuesto de sociedades que, como en los casos anteriores, fueron recurridas por el grupo N¨²?ez y Navarro. Este proceso administrativo es independiente de la causa penal que tramita el Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 33 de Barcelona por la supuesta trama de corrupci¨®n entre los responsables de la Inspecci¨®n de Hacienda en Catalu?a cuando los m¨¢ximos responsables eran Josep Maria Huguet y Ernesto de Aguiar. En ese proceso penal est¨¢n imputadas m¨¢s de una veintena de personas, entre ellas el constructor Josep Llu¨ªs N¨²?ez Clemente, su hijo Josep Llu¨ªs y Salvador S¨¢nchez Guiu, considerado el responsable econ¨®mico del grupo.
Pese a que la v¨ªa penal est¨¢ desvinculada del proceso administrativo, un portavoz del grupo N¨²?ez consider¨® que las tres sentencias dictadas por el TEAR contradicen y desvirt¨²an el informe sobre la contabilidad del grupo que presentaron los peritos a instancias de la juez que investiga aquel caso. Ese informe (v¨¦ase EL PA?S del pasado 14 de diciembre) elevaba a 2.200 millones de pesetas (13,4 millones de euros) la deuda tributaria descubierta en las empresas del grupo entre 1988 y 1995 a partir de considerar que no concurr¨ªan los requisitos para que se aplicasen las exenciones fiscales por reinversi¨®n obtenidas entre sociedades de ese holding inmobiliario.
El mismo portavoz de N¨²?ez y Navarro insisti¨® en que las sentencias del TEAR avalan su tesis de que el proceso penal no tiene fundamento y no se les puede acusar de un delito fiscal. Las mismas fuentes recordaron, adem¨¢s, que los peritos judiciales designados por el juzgado, que son inspectores de Hacienda, aplicaron unos criterios tributarios contrarios a los que aplica el propio TEAR, pese a que ambos est¨¢n dentro de Hacienda. Otras fuentes judiciales recordaron, sin embargo, que el delito fiscal es s¨®lo una parte de la causa penal, y a varios de los imputados se les investiga tambi¨¦n por los presuntos delitos de cohecho, soborno, prevaricaci¨®n y falsedad documental.
Las dos sentencias firmes dictadas por el TEAR corresponden a actas levantadas por Hacienda el 1 de diciembre de 1999 por 41.741.521 pesetas en concepto de impuesto de sociedades y 31.144.745 pesetas por IVA. El TEAR anul¨® esas actas en noviembre y Hacienda no las recurri¨®.
El mismo tribunal, en concreto la Sala Primera, tambi¨¦n dict¨® el pasado 10 de octubre otra sentencia que anulaba una reclamaci¨®n de 213.102.525 pesetas de Hacienda al grupo en concepto de impuesto de sociedades del a?o 1993, pero levantada en el a?o 1998. Como en los casos anteriores se trata de exenciones por reinversi¨®n en la venta de una finca del barrio de Can Caralleu de la firma Sentsar a Edificio C¨®rcega, SA. En este caso Hacienda s¨ª ha recurrido contra la anulaci¨®n ante el Tribunal Econ¨®mico Administrativo Central. Quedan, adem¨¢s, otras dos actas pendientes de sentencia, tambi¨¦n por exenciones por reinversi¨®n a la hora de tributar el impuesto de sociedades, abiertass contra las empresas Promoinver y Josel, SA, por 85.823.905 y 91.869.190 pesetas.
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