Batasuna sostiene que el silencio ante los atentados de ETA no es causa de ilegalizaci¨®n
El Tribunal Supremo comienza ma?ana las deliberaciones sobre la sentencia
Batasuna entreg¨® ayer en el Tribunal Supremo 150 folios de alegaciones contra su disoluci¨®n en los que sostiene que no condenar los atentados de ETA "no es una conducta il¨ªcita a los efectos de ilegalizaci¨®n de un partido pol¨ªtico". En su ¨²ltima actuaci¨®n procesal antes de la sentencia, el representante legal de Batasuna, I?igo Iruin, condens¨® en siete alegaciones su oposici¨®n a las demandas del fiscal y del abogado del Estado, que considera "irrelevantes" a efectos penales o amparadas por el derecho a la libertad ideol¨®gica y a la libertad de expresi¨®n.
La ¨²nica "conducta reiterada" que Batasuna considera que ha quedado acreditada en las demandas de ilegalizaci¨®n se refiere a "la no adhesi¨®n, mediante el silencio o la abstenci¨®n, a los comunicados o documentos de condena de atentados de ETA".
"Este silencio", seg¨²n el escrito de I?igo Iruin, "no es una conducta il¨ªcita a los efectos de ilegalizaci¨®n de un partido pol¨ªtico". El defensor de Batasuna agrega que se vulnerar¨ªa el art¨ªculo 11 del Convenio Europeo de Derechos Humanos si la disoluci¨®n del partido pol¨ªtico "no se sustenta en un apoyo o invitaci¨®n expresa a la violencia y el terrorismo".
El ministro del Interior, ?ngel Acebes, dijo que las alegaciones de Batasuna de que no es suficiente para ilegalizar una formaci¨®n pol¨ªtica el no condenar atentados es "intentar simplificar las cosas", y a?adi¨® que la coalici¨®n "no s¨®lo ha hecho eso, sino muchas otras actividades de apoyo a ETA".
Acebes insisti¨® en que Batasuna "tiene toda una trayectoria en la que a trav¨¦s de sus actividades se ha prestado apoyo y colaboraci¨®n a los mismos fines de una organizaci¨®n terrorista como ETA", destac¨® la "enorme gravedad de no condenar un atentado" y a?adi¨® que esta actitud es "grave e intolerable en democracia".
En el resumen de un folio de extensi¨®n entregado por el representante de Batasuna a los medios informativos -Iruin se neg¨® a facilitar el escrito ¨ªntegro-, la formaci¨®n expone que "numerosos hechos" de los rese?ados por el ministerio fiscal y el abogado del Estado "han quedado hu¨¦rfanos de prueba", en especial "aquellos que se han pretendido sustentar en informaciones de prensa, en boletines internos de la organizaci¨®n ETA (Zutabe, Zutik) o en referencias documentales contenidas en resoluciones del juzgado de instrucci¨®n central n¨²mero 5 de la Audiencia Nacional", es decir, el juzgado de Baltasar Garz¨®n.
"Conflicto pol¨ªtico"
Otras conductas como las "declaraciones pol¨ªticas", apelaciones al "conflicto pol¨ªtico" consideraci¨®n de "presos pol¨ªticos" y "no condena de atentados de ETA" est¨¢n protegidas, seg¨²n Batasuna, "por el ejercicio del derecho a la libertad ideol¨®gica, libertad de expresi¨®n y libertad de discurso pol¨ªtico como manifestaci¨®n espec¨ªfica de la anterior".
En otro apartado, la formaci¨®n alega que portar una pancarta con un s¨ªmbolo legal o el chupinazo alternativo de Vitoria son hechos "absolutamente irrelevantes".
Batasuna tambi¨¦n aduce que en las demandas se han incluido conductas que no est¨¢n acreditadas y son anteriores a la entrada en vigor de la Ley de Partidos Pol¨ªticos, entre las que cita la "supuesta cesi¨®n" de censos electorales por parte de Batasuna a ETA.
La Sala especial del Tribunal Supremo encargada del proceso de ilegalizaci¨®n tiene a partir de ahora un plazo de 20 d¨ªas para dictar sentencia, que finaliza el pr¨®ximo 4 de abril. El tribunal se reunir¨¢ ma?ana para comenzar las deliberaciones sobre la sentencia.
Entretanto, se espera que el el Tribunal Constitucional se pronuncie hoy sobre el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno vasco contra la Ley de Partidos.
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