Inmigrantes ante el juzgado
Un estudio realizado para el Poder Judicial revela un trato discriminatorio hacia los extranjeros en los tribunales
?C¨®mo se comporta la justicia espa?ola ante el inmigrante? ?Tiene una tendencia xen¨®foba? ?Trata igual al inmigrante cuando es demandante que cuando es demandado? Un trabajo de la Universidad de Zaragoza por encargo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) analiza 8.182 casos y revela algunos datos "preocupantes" a juicio del Ministerio de Justicia, "que deben en todo caso someterse a confirmaci¨®n de investigaciones posteriores". Seg¨²n el estudio, se producen ciertos desequilibrios: cuando el inmigrante es el demandado, se produce una sentencia en el 76,1% de los expedientes y una condena en el 60% de los casos. Pero cuando el inmigrante es quien denuncia, el n¨²mero de sentencias baja al 23% y el n¨²mero de condenas al 25%. El estudio advierte de un "tratamiento m¨¢s ben¨¦volo a las personas condenadas cuando el inmigrante es el denunciante o la v¨ªctima".
El estudio fue elaborado por el laboratorio de sociolog¨ªa jur¨ªdica de la Facultad de Derecho de Zaragoza y se entreg¨® al CGPJ a finales de a?o. Se estudiaron un total de 8.182 casos en seis comunidades aut¨®nomas con fuerte implantaci¨®n de inmigrantes (Andaluc¨ªa, Arag¨®n, Catalu?a, Ceuta, Comunidad Valenciana, Madrid y Murcia). De los casos estudiados, un 50% correspond¨ªan a la justicia penal, un 33% a la civil, un 10% a la laboral y un 7% al contencioso-administrativo. El estudio determinaba que un 67,5 % de los inmigrantes que tienen relaci¨®n con la justicia son hombres y un 55% del total est¨¢ entre los 21 y 40 a?os. Un 31% son magreb¨ªes, un 16% latinoamericanos y un 12% comunitarios.
Inmigrante-v¨ªctima
Una primera conclusi¨®n importante del estudio, "ya que rompe claramente con el estereotipo del inmigrante delincuente", es que el inmigrante es tambi¨¦n y en proporciones similares usuario de la justicia como v¨ªctima. "El papel del inmigrante en los procesos penales muestra un equilibrio entre el 54% de los expedientes, en los que asume el papel de denunciado-detenido y el 45% en el que su posici¨®n es de denunciante-v¨ªctima".
Sin embargo, es a partir de las sentencias y las condenas donde se producen los desequilibrios. Cuando el inmigrante es el denunciado, se producen un 76,1% de sentencias y un 60% de condenas. Cuando es el denunciante, las sentencias bajan al 23,1% y las condenas al 25%. En el caso de los juzgados de instrucci¨®n, las diferencias son igualmente visibles: cuando el inmigrante es el denunciado, las absoluciones alcanzan el 59%, pero cuando el inmigrante es el denunciante las absoluciones llegan al 82%.
"Las penas de prisi¨®n se imponen en el 50% de los casos en que el inmigrante es el denunciado, porque cuando es la v¨ªctima el porcentaje baja al 27%", dice el estudio. "Las cifras hacen pensar", concluye un documento del Ministerio de Justicia, "en un tratamiento penal m¨¢s ben¨¦volo a las personas condenadas cuando el inmigrante es denunciante o v¨ªctima". Sin embargo, este mismo documento expresa que los datos "deben ser contemplados con prudencia por no constituir m¨¢s que meras aproximaciones a la problem¨¢tica". Aunque Justicia se refiere a los datos como "preocupantes", recomienda que sus conclusiones "deben en todo caso someterse a confirmaci¨®n de investigaciones posteriores".
Enrique L¨®pez, miembro del CGPJ que act¨²a de portavoz de dicho organismo, reconoci¨® la existencia de dicho estudio, pero matiz¨® que "no ha pasado a fase de calificaci¨®n definitiva. Son conclusiones de la propia universidad que el Consejo no ha hecho suyas. No se ha iniciado el debate ni el m¨¦todo del mismo. En ese sentido, e? Consejo no hace valoraci¨®n alguna al respecto. El Consejo no est¨¢ en condiciones de elevar a categor¨ªas que signifiquen una evaluaci¨®n del comportamiento del sistema judicial lo que son ahora mismo meros datos emp¨ªricos". Enrique L¨®pez a?ade que "como reflexi¨®n personal dir¨ªa que en el tema de extranjer¨ªa no se deber¨ªa olvidar que el factor pobreza es ya un factor de desigualdad que limita su vida".
Otro miembro del Consejo, Jos¨¦ Antonio Alonso, s¨ª se atreve a hacer una reflexi¨®n m¨¢s completa. "Del estudio se puede deducir que el inmigrante recibe de la justicia el mismo trato discriminatorio que en la sociedad. La justicia no corrige la desigualdad y la discriminaci¨®n que sufre el inmigrante en origen. Y eso no deja de ser un fracaso de la justicia". "Se aprecia", aclara Jos¨¦ Antonio Alonso, "que el inmigrante es un sujeto frecuente de la justicia penal que es donde se produce el conflicto no querido y no es tan frecuente en la laboral, donde puede recibir beneficios. Es decir, el inmigrante va donde le llevan y no donde puede mejorar su nivel de vida. Se advierte falta de tutela real y falta de capacidad de estar bien asesorado".
Jos¨¦ Antonio Alonso critica al propio CGPJ por no haber abordado a¨²n el debate de este estudio: "Este Consejo tiene globalmente poca sensibilidad a la hora de afrontar este tema, que refleja unos datos claramente xen¨®fobos. Hay que tener en cuenta que este estudio lo encarg¨® el Consejo anterior".
El 'irregular' indefenso
El inmigrante irregular apenas acude a la jurisdicci¨®n social para reclamar sus derechos como trabajador. ?se es otro de los aspectos m¨¢s destacables del estudio elaborado por la facultad de Derecho de la Universidad de Zaragoza. S¨ª lo hace el inmigrante regular, que en un 97% de los expedientes estudiados act¨²a como demandante, "siendo una cifra insignificante la de los registros en los que nos consta que son irregulares", dice el estudio. "Los inmigrantes irregulares ni tan siquiera acuden a la jurisdicci¨®n en reclamaciones de cantidad de salarios adecuados, ni en procedimientos de despidos", prosigue el estudio, que concluye: "La irregularidad administrativa es causa clara de una mayor desprotecci¨®n laboral, ello a pesar de que la situaci¨®n administrativa irregular no supone en ning¨²n caso causa de inadmisibilidad de la demanda presentada". El Ministerio de Justicia, en sus comentarios sobre el estudio, da a entender que el asunto merecer¨ªa "un an¨¢lisis m¨¢s profundo de las causas". "Ello facilitar¨ªa", prosigue, "la adopci¨®n de medidas encaminadas a informar adecuadamente a la poblaci¨®n inmigrante sobre sus derechos en el ¨¢mbito laboral de acuerdo con la legislaci¨®n espa?ola".
En cuanto a los motivos principales por los cuales los inmigrantes (regulares en su mayor¨ªa) acuden a los juzgados laborales destacan las reclamaciones de cantidad (45%) y los despidos (33%). Las cuestiones disciplinarias ocupan apenas un 2% de los casos.
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