Un juez condena a un empresario a indemnizar a una de sus empleadas por someterla a "trato vejatorio"
El propietario de una asesor¨ªa guipuzcoana ha sido condenado a indemnizar con 35.999 euros a una de sus empleadas por haberle sometido a "trato vejatorio" y a acoso moral en el trabajo (tambi¨¦n conocido como mobbing). El Juzgado de lo Social n¨²mero 1de San Sebasti¨¢n constata en la sentencia, difundida por la agencia Efe, el "progresivo ninguneo" al que el empresario someti¨® a la empleada, quien adem¨¢s padeci¨® un "progresivo hostigamiento" por parte de una de sus compa?eras, una actitud de la que tambi¨¦n "participaron voluntaria o involuntariamente" el resto de los trabajadores de la asesor¨ªa.
La sentencia considera probado que el "trato vejatorio" del jefe hacia esta empleada en concreto comenz¨® durante el verano de 2000, precisamente cuando la hermana de la v¨ªctima abandon¨® voluntariamente su trabajo en la asesor¨ªa por motivos salariales. La salida de su hermana ya supuso "un cambio" en la actitud del empresario hacia la mujer.
Esta circunstancia se vio agravada poco despu¨¦s con la llegada de una nueva empleada que empez¨® a "controlar el trabajo de los dem¨¢s, especialmente el de la demandante", seg¨²n indica el fallo del juzgado donostiarra. La reci¨¦n contratada "mediatiz¨® la comunicaci¨®n con el empresario" e incluso "lleg¨® a intervenir" el correo electr¨®nico de la v¨ªctima.
La sentencia aclara que el empresario "era plenamente consciente de esta situaci¨®n" que llev¨® a la v¨ªctima a obtener una baja laboral "a causa de un trastorno depresivo" motivado por "un estado vital dif¨ªcil, en el contexto de unas relaciones laborales desfavorables". Un informe m¨¦dico solicitado por el empresario sobre su "imposibilidad de prestar servicio" concluy¨® que que la mujer padec¨ªa "trastorno por simulaci¨®n".
Esta sentencia es la segunda sobre mobbing conocida esta semana en Euskadi. El Juzgado de lo Social n¨²mero 3 de Vitoria ha condenado a la empresa Guardian, de Llodio, por haber presionado psicol¨®gicamente a un empleado durante siete a?os. El fallo condena a la empresa a pagar la multa de 30.500 euros que le hab¨ªa impuesto el Gobierno vasco y se hab¨ªa negado a abonar.
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